III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Encomienda de gestión. (BOE-A-2023-18799)
Resolución de 24 de agosto de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., para el análisis técnico, el seguimiento y coordinación de la evaluación externa científico-técnica de las convocatorias 2023 y 2025 de ayudas a la preparación y ejecución de proyectos de innovación por grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícola.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 30 de agosto de 2023
Sec. III. Pág. 121571
seguimiento. Los informes de valoración seguirán el formato establecido por el MAPA
y las puntuaciones propuestas para cada criterio estarán debidamente motivadas y
justificadas.
Las evaluaciones se realizarán utilizando la aplicación informática del MAPA de
acceso vía web:
https://servicio.mapama.gob.es/cas/logout?url=https://servicio.mapama.gob.es/ayudaaei/,
donde se grabarán las puntuaciones y los comentarios asociados.
El MAPA proporcionará a cada experto seleccionado un usuario y contraseña para el
acceso a la aplicación de evaluación de las ayudas.
El CSIC, a través del INIA deberá recabar al menos dos informes de evaluación
externa independientes por propuesta, realizados por dos expertos en la materia del
proyecto presentado, siempre y cuando el ámbito científico técnico de las propuestas lo
permita. En caso de que no fuera posible por la especificidad del proyecto, el CSIC-INIA
deberá emitir informe motivado para su consideración por el órgano colegiado.
Recabados los informes, el CSIC-INIA realizará su revisión técnica. En caso de
existir discrepancia patente entre las puntuaciones de dos valoraciones de un mismo
proyecto, y siempre a juicio del órgano instructor, el CSIC-INIA deberá volver a analizar
técnicamente las dos evaluaciones emitidas y realizar un informe adicional que resulte
dirimente.
Además, en la fase de alegaciones, el CSIC-INIA realizará el análisis de las mismas
cuando se refieran a aspectos técnicos de los proyectos evaluados por los expertos
externos, y recabará, si procede, el informe técnico de los evaluadores concernidos.
En su caso, elaborará un informe definitivo cuando existan discrepancias entre los dos
evaluadores.
El CSIC-INIA realizará el seguimiento y la coordinación técnica de dichas actuaciones
conforme a las instrucciones solicitadas por el órgano instructor.
La comisión de valoración de las ayudas podrá apoyarse para la toma de decisiones
en los informes de valoración y en los informes sobre las alegaciones, los cuales tendrán
carácter facultativo, siendo únicamente vinculantes los acuerdos tomados en el marco de
la comisión de valoración.
Para la correcta realización de las actividades descritas en este Acuerdo, el CSIC, a
través del INIA, pondrá a disposición de esta encomienda de gestión los medios
materiales y humanos con la estructura y organización capaz de realizar las mismas.
a) El CSIC-INIA dispondrá al menos de un equipo de trabajo integrado por el
siguiente personal:
– Un coordinador de equipo, que actuará como enlace entre el MAPA y el CSICINIA, siendo el interlocutor con la Administración. Será el encargado del flujo de
información y de la coordinación de la elaboración de los informes entregables por cada
actividad, participando así mismo en su redacción. Será responsable de coordinar las
actuaciones encomendadas.
A este respecto, finalizado el plazo de presentación de solicitudes establecido en
la convocatoria de ayudas, recibirá el listado de solicitudes válidas proporcionado por
el MAPA y realizará el análisis técnico de las mismas para su agrupación en áreas
temáticas, con el apoyo de los coordinadores científicos para la búsqueda de expertos y
su preselección. Asimismo, preparará y distribuirá entre los coordinadores científicos las
solicitudes clasificadas, proponiendo y actualizando la base de datos de expertos.
Una vez preseleccionados 2 expertos por propuesta, el coordinador de equipo
remitirá al MAPA el informe de preselección de expertos.
Recibido el listado definitivo de proyectos que pasan a valoración técnica, se lo
comunicará a los coordinadores científicos para que contacten con los evaluadores y les
confirmen su participación definitiva en el proceso de evaluación.
cve: BOE-A-2023-18799
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 207
Miércoles 30 de agosto de 2023
Sec. III. Pág. 121571
seguimiento. Los informes de valoración seguirán el formato establecido por el MAPA
y las puntuaciones propuestas para cada criterio estarán debidamente motivadas y
justificadas.
Las evaluaciones se realizarán utilizando la aplicación informática del MAPA de
acceso vía web:
https://servicio.mapama.gob.es/cas/logout?url=https://servicio.mapama.gob.es/ayudaaei/,
donde se grabarán las puntuaciones y los comentarios asociados.
El MAPA proporcionará a cada experto seleccionado un usuario y contraseña para el
acceso a la aplicación de evaluación de las ayudas.
El CSIC, a través del INIA deberá recabar al menos dos informes de evaluación
externa independientes por propuesta, realizados por dos expertos en la materia del
proyecto presentado, siempre y cuando el ámbito científico técnico de las propuestas lo
permita. En caso de que no fuera posible por la especificidad del proyecto, el CSIC-INIA
deberá emitir informe motivado para su consideración por el órgano colegiado.
Recabados los informes, el CSIC-INIA realizará su revisión técnica. En caso de
existir discrepancia patente entre las puntuaciones de dos valoraciones de un mismo
proyecto, y siempre a juicio del órgano instructor, el CSIC-INIA deberá volver a analizar
técnicamente las dos evaluaciones emitidas y realizar un informe adicional que resulte
dirimente.
Además, en la fase de alegaciones, el CSIC-INIA realizará el análisis de las mismas
cuando se refieran a aspectos técnicos de los proyectos evaluados por los expertos
externos, y recabará, si procede, el informe técnico de los evaluadores concernidos.
En su caso, elaborará un informe definitivo cuando existan discrepancias entre los dos
evaluadores.
El CSIC-INIA realizará el seguimiento y la coordinación técnica de dichas actuaciones
conforme a las instrucciones solicitadas por el órgano instructor.
La comisión de valoración de las ayudas podrá apoyarse para la toma de decisiones
en los informes de valoración y en los informes sobre las alegaciones, los cuales tendrán
carácter facultativo, siendo únicamente vinculantes los acuerdos tomados en el marco de
la comisión de valoración.
Para la correcta realización de las actividades descritas en este Acuerdo, el CSIC, a
través del INIA, pondrá a disposición de esta encomienda de gestión los medios
materiales y humanos con la estructura y organización capaz de realizar las mismas.
a) El CSIC-INIA dispondrá al menos de un equipo de trabajo integrado por el
siguiente personal:
– Un coordinador de equipo, que actuará como enlace entre el MAPA y el CSICINIA, siendo el interlocutor con la Administración. Será el encargado del flujo de
información y de la coordinación de la elaboración de los informes entregables por cada
actividad, participando así mismo en su redacción. Será responsable de coordinar las
actuaciones encomendadas.
A este respecto, finalizado el plazo de presentación de solicitudes establecido en
la convocatoria de ayudas, recibirá el listado de solicitudes válidas proporcionado por
el MAPA y realizará el análisis técnico de las mismas para su agrupación en áreas
temáticas, con el apoyo de los coordinadores científicos para la búsqueda de expertos y
su preselección. Asimismo, preparará y distribuirá entre los coordinadores científicos las
solicitudes clasificadas, proponiendo y actualizando la base de datos de expertos.
Una vez preseleccionados 2 expertos por propuesta, el coordinador de equipo
remitirá al MAPA el informe de preselección de expertos.
Recibido el listado definitivo de proyectos que pasan a valoración técnica, se lo
comunicará a los coordinadores científicos para que contacten con los evaluadores y les
confirmen su participación definitiva en el proceso de evaluación.
cve: BOE-A-2023-18799
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 207