III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-18803)
Resolución de 11 de agosto de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico Sierra de la Parada de 55 MW y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Zamora".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 207
Miércoles 30 de agosto de 2023
Sec. III. Pág. 121596
Castilla y León. Además, también se han identificado posibles accidentes graves
asociados a riesgos tecnológicos de origen industrial, como el riesgo de desprendimiento
de hielo desde los aerogeneradores.
Por ello, en el EsIA se indica que se considerará la estabilidad y capacidad del
terreno, mediante estudios geotécnicos y un correcto diseño de las cimentaciones,
movimientos de tierras y secciones de firme. También se desarrollarán medidas
específicas de autoprotección de incendios.
Ecologistas en Acción señala el incendio forestal ocurrido en Hermisende entre el 28
y 29 de enero de 2022 que afectó a 2.370 ha en total. Indican que según el artículo 50 de
la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, y el artículo 92 de la Ley 3/2009, de 6
de abril, de Montes de Castilla y León, quedando prohibido el cambio de uso forestal al
menos durante un plazo de 30 años y consideran que la instalación del proyecto supone
el cambio de uso forestal, y se comprometería la regeneración de la cubierta vegetal. Los
aerogeneradores SP11 (RES), SP05, SP 12(RES), y los aerogeneradores SP07 y SP08
inicialmente propuestos, quedan incluidos dentro del área afectada por el incendio.
También destaca la potencialidad de los movimientos en masa.
El promotor señala que en la Ley 43/2003 también señala que se podrá cambiar el
uso forestal cuando concurran razones imperiosas de interés público de primer orden,
siempre que se adopten las medidas compensatorias necesarias que permitan recuperar
una superficie forestal equivalente a la quemada. En todo caso, señalan que será
necesario solicitar una tramitación para el cambio de clasificación de uso del suelo.
d.
Programa de vigilancia ambiental.
En el EsIA se propone un programa de vigilancia dividido en distintas fases. Para
ello, y en cada una de ellas, se establecerán los objetivos, las actuaciones, el lugar de
inspección, los parámetros de control y umbrales, periodicidad de la inspección, las
medidas de prevención y corrección. También se definirán los impactos y medidas objeto
de seguimiento, se realizará el control documental y se establecerán los recursos
necesarios. En cada fase se realizará, además, seguimiento por factores ambientales.
La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla
y León indica que, si durante el Programa de Vigilancia Ambiental se detecta alta
mortandad de ejemplares de quirópteros, se propondrán medidas adicionales para
minimizar el impacto. Asimismo, propone un condicionado específico para perdiz pardilla
y quirópteros.
El promotor muestra su conformidad.
e.
Valoración del órgano ambiental.
Del análisis de la documentación presentada por el promotor se deriva que el
impacto de los aerogeneradores ha sido subestimado tanto en su localización como en
sus riesgos y efectos ambientales en construcción y durante la explotación.
Todos los aerogeneradores se ubican sobre zonas de alto riesgo de incendio y,
además, cinco de los aerogeneradores (SP06, SP07, SP08, SP11(RES) y SP12 (RES))
cve: BOE-A-2023-18803
Verificable en https://www.boe.es
– Fase previa a la obra. Se realizará la comprobación documental, y el control y
replanteo de las señalizaciones.
– Fase de construcción. La periodicidad será semanal o incluso de mayor
frecuencia. Se analizará la gestión de residuos, la protección frente a vertidos y/o
derrames, el control acústico, control de afección por emisiones y partículas, control
lumínico, control de la red de drenaje y calidad de las aguas, control de la afección sobre
la fauna, control de la integración paisajística, control de la afección a servicios y
servidumbres, y control de afección al patrimonio cultural.
– Fase de explotación. Se controlará la afección sobre la fauna.
– Fase de desmantelamiento. Se realizará el seguimiento del Plan de
desmantelamiento y restauración.
Núm. 207
Miércoles 30 de agosto de 2023
Sec. III. Pág. 121596
Castilla y León. Además, también se han identificado posibles accidentes graves
asociados a riesgos tecnológicos de origen industrial, como el riesgo de desprendimiento
de hielo desde los aerogeneradores.
Por ello, en el EsIA se indica que se considerará la estabilidad y capacidad del
terreno, mediante estudios geotécnicos y un correcto diseño de las cimentaciones,
movimientos de tierras y secciones de firme. También se desarrollarán medidas
específicas de autoprotección de incendios.
Ecologistas en Acción señala el incendio forestal ocurrido en Hermisende entre el 28
y 29 de enero de 2022 que afectó a 2.370 ha en total. Indican que según el artículo 50 de
la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, y el artículo 92 de la Ley 3/2009, de 6
de abril, de Montes de Castilla y León, quedando prohibido el cambio de uso forestal al
menos durante un plazo de 30 años y consideran que la instalación del proyecto supone
el cambio de uso forestal, y se comprometería la regeneración de la cubierta vegetal. Los
aerogeneradores SP11 (RES), SP05, SP 12(RES), y los aerogeneradores SP07 y SP08
inicialmente propuestos, quedan incluidos dentro del área afectada por el incendio.
También destaca la potencialidad de los movimientos en masa.
El promotor señala que en la Ley 43/2003 también señala que se podrá cambiar el
uso forestal cuando concurran razones imperiosas de interés público de primer orden,
siempre que se adopten las medidas compensatorias necesarias que permitan recuperar
una superficie forestal equivalente a la quemada. En todo caso, señalan que será
necesario solicitar una tramitación para el cambio de clasificación de uso del suelo.
d.
Programa de vigilancia ambiental.
En el EsIA se propone un programa de vigilancia dividido en distintas fases. Para
ello, y en cada una de ellas, se establecerán los objetivos, las actuaciones, el lugar de
inspección, los parámetros de control y umbrales, periodicidad de la inspección, las
medidas de prevención y corrección. También se definirán los impactos y medidas objeto
de seguimiento, se realizará el control documental y se establecerán los recursos
necesarios. En cada fase se realizará, además, seguimiento por factores ambientales.
La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla
y León indica que, si durante el Programa de Vigilancia Ambiental se detecta alta
mortandad de ejemplares de quirópteros, se propondrán medidas adicionales para
minimizar el impacto. Asimismo, propone un condicionado específico para perdiz pardilla
y quirópteros.
El promotor muestra su conformidad.
e.
Valoración del órgano ambiental.
Del análisis de la documentación presentada por el promotor se deriva que el
impacto de los aerogeneradores ha sido subestimado tanto en su localización como en
sus riesgos y efectos ambientales en construcción y durante la explotación.
Todos los aerogeneradores se ubican sobre zonas de alto riesgo de incendio y,
además, cinco de los aerogeneradores (SP06, SP07, SP08, SP11(RES) y SP12 (RES))
cve: BOE-A-2023-18803
Verificable en https://www.boe.es
– Fase previa a la obra. Se realizará la comprobación documental, y el control y
replanteo de las señalizaciones.
– Fase de construcción. La periodicidad será semanal o incluso de mayor
frecuencia. Se analizará la gestión de residuos, la protección frente a vertidos y/o
derrames, el control acústico, control de afección por emisiones y partículas, control
lumínico, control de la red de drenaje y calidad de las aguas, control de la afección sobre
la fauna, control de la integración paisajística, control de la afección a servicios y
servidumbres, y control de afección al patrimonio cultural.
– Fase de explotación. Se controlará la afección sobre la fauna.
– Fase de desmantelamiento. Se realizará el seguimiento del Plan de
desmantelamiento y restauración.