III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-18770)
Resolución de 24 de agosto de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., y la Sociedad Mercantil Estatal Instituto Nacional de Ciberseguridad de España, M.P., SA, para la gestión de la iniciativa Desafía Nueva York.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 206
Martes 29 de agosto de 2023
Sec. III. Pág. 121100
igualdad, no discriminación y concurrencia, de acuerdo con las normas de contratación
aplicables a la Parte que vaya a ejecutar la actividad.
● La selección de las empresas españolas que participen de las actuaciones de
Desafía Nueva York se realizará siguiendo los principios de publicidad, transparencia,
igualdad, no discriminación y concurrencia. Las actividades podrán ser gratuitas o con
coste para las empresas participantes. Dicho posible coste abonado por las empresas
que participen en las actividades se referirá como «ingreso» en el marco del presente
convenio.
– Elaborará y presentará para su aprobación por la Comisión de Seguimiento las
memorias justificativas anuales de los servicios prestados por el adjudicatario que haya
sido contratado con cargo a los compromisos económicos previstos en este convenio.
– Ejecutará aquellas actividades que la Comisión de Seguimiento le asigne.
d)
Obligaciones de las Partes no ejecutantes:
– Prestar la colaboración necesaria a las otras Partes.
– Buscar la complementariedad en sus actuaciones de cara a explotar al máximo las
sinergias existentes.
– Apoyar la captación de empresas objetivo.
e)
Adicionalmente, Red.es se compromete a realizar las siguientes acciones:
– Reforzar la visibilidad de la iniciativa y de las empresas participantes a través de la
Plataforma ONE, una vez se encuentre operativa.
– Aportar los dominios y/o subdominios necesarios para la creación de la página
web de Desafía Nueva York.
f)
Adicionalmente, INCIBE se compromete a realizar las siguientes acciones:
– Apoyo en la captación de empresas objetivo del programa.
– Difusión de la convocatoria en los canales de comunicación de INCIBE. así como
inclusión del contenido del programa y sus convocatorias en su página web.
– Sugerencias de ponentes y mentores entre los expertos en ciberseguridad de
INCIBE, así como de otras empresas u organismos con los que tiene contacto INCIBE a
nivel internacional.
– Puesta a disposición de las instalaciones de INCIBE para realizar eventos y
presentaciones en el marco del programa.
Quinta. Comisión de Seguimiento.
Para velar por la adecuada realización del objeto del presente convenio se constituye
una Comisión de Seguimiento, que estará compuesta por seis (6) miembros, dos (2) en
representación de ICEX, dos (2) en representación de Red.es y dos (2) en
representación de INCIBE, que serán designados por estas instituciones.
Por parte de ICEX, formarán parte de la Comisión de Seguimiento:
Por parte de Red.es, formarán parte de la Comisión de Seguimiento:
– La persona titular de la dirección de Economía Digital; y
– La persona titular de la subdirección de Administración y Finanzas.
Por parte de INCIBE, formarán parte de la Comisión de Seguimiento:
– Los dos miembros de INICBE que sean nombrados por parte de la persona titular
de su Dirección General.
cve: BOE-A-2023-18770
Verificable en https://www.boe.es
– La persona titular de la dirección de Infraestructuras, Sanidad y TIC; y
– La persona titular del sector de ciberseguridad.
Núm. 206
Martes 29 de agosto de 2023
Sec. III. Pág. 121100
igualdad, no discriminación y concurrencia, de acuerdo con las normas de contratación
aplicables a la Parte que vaya a ejecutar la actividad.
● La selección de las empresas españolas que participen de las actuaciones de
Desafía Nueva York se realizará siguiendo los principios de publicidad, transparencia,
igualdad, no discriminación y concurrencia. Las actividades podrán ser gratuitas o con
coste para las empresas participantes. Dicho posible coste abonado por las empresas
que participen en las actividades se referirá como «ingreso» en el marco del presente
convenio.
– Elaborará y presentará para su aprobación por la Comisión de Seguimiento las
memorias justificativas anuales de los servicios prestados por el adjudicatario que haya
sido contratado con cargo a los compromisos económicos previstos en este convenio.
– Ejecutará aquellas actividades que la Comisión de Seguimiento le asigne.
d)
Obligaciones de las Partes no ejecutantes:
– Prestar la colaboración necesaria a las otras Partes.
– Buscar la complementariedad en sus actuaciones de cara a explotar al máximo las
sinergias existentes.
– Apoyar la captación de empresas objetivo.
e)
Adicionalmente, Red.es se compromete a realizar las siguientes acciones:
– Reforzar la visibilidad de la iniciativa y de las empresas participantes a través de la
Plataforma ONE, una vez se encuentre operativa.
– Aportar los dominios y/o subdominios necesarios para la creación de la página
web de Desafía Nueva York.
f)
Adicionalmente, INCIBE se compromete a realizar las siguientes acciones:
– Apoyo en la captación de empresas objetivo del programa.
– Difusión de la convocatoria en los canales de comunicación de INCIBE. así como
inclusión del contenido del programa y sus convocatorias en su página web.
– Sugerencias de ponentes y mentores entre los expertos en ciberseguridad de
INCIBE, así como de otras empresas u organismos con los que tiene contacto INCIBE a
nivel internacional.
– Puesta a disposición de las instalaciones de INCIBE para realizar eventos y
presentaciones en el marco del programa.
Quinta. Comisión de Seguimiento.
Para velar por la adecuada realización del objeto del presente convenio se constituye
una Comisión de Seguimiento, que estará compuesta por seis (6) miembros, dos (2) en
representación de ICEX, dos (2) en representación de Red.es y dos (2) en
representación de INCIBE, que serán designados por estas instituciones.
Por parte de ICEX, formarán parte de la Comisión de Seguimiento:
Por parte de Red.es, formarán parte de la Comisión de Seguimiento:
– La persona titular de la dirección de Economía Digital; y
– La persona titular de la subdirección de Administración y Finanzas.
Por parte de INCIBE, formarán parte de la Comisión de Seguimiento:
– Los dos miembros de INICBE que sean nombrados por parte de la persona titular
de su Dirección General.
cve: BOE-A-2023-18770
Verificable en https://www.boe.es
– La persona titular de la dirección de Infraestructuras, Sanidad y TIC; y
– La persona titular del sector de ciberseguridad.