III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-18770)
Resolución de 24 de agosto de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., y la Sociedad Mercantil Estatal Instituto Nacional de Ciberseguridad de España, M.P., SA, para la gestión de la iniciativa Desafía Nueva York.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 206
Martes 29 de agosto de 2023
Sec. III. Pág. 121099
2021/241, de 12 de febrero de 2021, sobre la financiación de la Unión Europea de las
medidas incluidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En
particular, en las medidas de información y comunicación de las actuaciones (carteles
informativos, placas, publicaciones impresas y electrónicas, material audiovisual, páginas
web, anuncios e inserciones en prensa, certificados, etc.), se deberán incluir los
siguientes logos:
● El emblema de la Unión.
● Junto con el emblema de la Unión, se incluirá el texto «Financiado por la Unión
Europea – NextGenerationEU»;
● Se recomienda emplear también el logo del PRTR español.
Se tendrán en cuenta las normas gráficas del emblema de la Unión y los colores
normalizados establecidos en el anexo II del Reglamento de Ejecución 821/2014. También se
puede consultar la siguiente página web: http://publications.europa.eu/code/es/
es-5000100.htm y descargar distintos ejemplos del emblema en: https://europa.eu/europeanunion/about-eu/symbols/flag_es#download.
Todos los carteles informativos y placas deberán colocarse en un lugar bien visible y
de acceso al público.
Obligaciones de la Parte ejecutante:
– ICEX será quien tenga la condición de ejecutante para las actividades previstas en
este convenio. No obstante, para determinadas acciones concretas de algunas de las
actividades previstas, Red.es o INCIBE podrán adquirir tal condición cuando así lo
acuerde la Comisión de Seguimiento.
– Recabará, a efectos de auditoría y control del uso de los fondos y en formato
electrónico, las categorías armonizadas de datos contempladas en el artículo 22.2.d) del
Reglamento (UE) n.º 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero
de 2021.
– Asume el mantenimiento de una adecuada pista de auditoría de las actuaciones
realizadas en el marco de este convenio y la obligación de mantenimiento de la
documentación soporte. El suministro de la información se realizará en los términos que
establezca el Ministerio de Hacienda y Función Pública de conformidad con la normativa
nacional y de la Unión Europea.
– Tiene la obligación de asegurar la regularidad del gasto subyacente y de la
adopción de medidas dirigidas a prevenir, detectar, comunicar y corregir el fraude y la
corrupción, prevenir el conflicto de interés y la doble financiación.
– Custodiará y conservará la documentación de la actividad financiada por el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de conformidad con el artículo 132 del
Reglamento (UE, Euratom) n.º 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18
de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la
Unión.
– En la ejecución de las actuaciones objeto del convenio no perjudicará
significativamente al medio ambiente, de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento (UE)
n.º 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al
establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se
modifica el Reglamento (UE) n.º 2019/2088.
– Presentará ante la Comisión de Seguimiento, para su aprobación, su propuesta de
requisitos de participación y los criterios de selección de las empresas que participarán
en Desafía Nueva York, tanto de las que vayan a ejecutar las actuaciones, como de las
empresas españolas que participen. Será la Comisión de Seguimiento la que acuerde los
citados requisitos y criterios, teniendo en cuenta en todo caso los siguientes aspectos:
● La selección de empresas que vayan a ejecutar las actuaciones objeto del
presente convenio se realizará siguiendo los principios de publicidad, transparencia,
cve: BOE-A-2023-18770
Verificable en https://www.boe.es
c)
Núm. 206
Martes 29 de agosto de 2023
Sec. III. Pág. 121099
2021/241, de 12 de febrero de 2021, sobre la financiación de la Unión Europea de las
medidas incluidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En
particular, en las medidas de información y comunicación de las actuaciones (carteles
informativos, placas, publicaciones impresas y electrónicas, material audiovisual, páginas
web, anuncios e inserciones en prensa, certificados, etc.), se deberán incluir los
siguientes logos:
● El emblema de la Unión.
● Junto con el emblema de la Unión, se incluirá el texto «Financiado por la Unión
Europea – NextGenerationEU»;
● Se recomienda emplear también el logo del PRTR español.
Se tendrán en cuenta las normas gráficas del emblema de la Unión y los colores
normalizados establecidos en el anexo II del Reglamento de Ejecución 821/2014. También se
puede consultar la siguiente página web: http://publications.europa.eu/code/es/
es-5000100.htm y descargar distintos ejemplos del emblema en: https://europa.eu/europeanunion/about-eu/symbols/flag_es#download.
Todos los carteles informativos y placas deberán colocarse en un lugar bien visible y
de acceso al público.
Obligaciones de la Parte ejecutante:
– ICEX será quien tenga la condición de ejecutante para las actividades previstas en
este convenio. No obstante, para determinadas acciones concretas de algunas de las
actividades previstas, Red.es o INCIBE podrán adquirir tal condición cuando así lo
acuerde la Comisión de Seguimiento.
– Recabará, a efectos de auditoría y control del uso de los fondos y en formato
electrónico, las categorías armonizadas de datos contempladas en el artículo 22.2.d) del
Reglamento (UE) n.º 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero
de 2021.
– Asume el mantenimiento de una adecuada pista de auditoría de las actuaciones
realizadas en el marco de este convenio y la obligación de mantenimiento de la
documentación soporte. El suministro de la información se realizará en los términos que
establezca el Ministerio de Hacienda y Función Pública de conformidad con la normativa
nacional y de la Unión Europea.
– Tiene la obligación de asegurar la regularidad del gasto subyacente y de la
adopción de medidas dirigidas a prevenir, detectar, comunicar y corregir el fraude y la
corrupción, prevenir el conflicto de interés y la doble financiación.
– Custodiará y conservará la documentación de la actividad financiada por el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de conformidad con el artículo 132 del
Reglamento (UE, Euratom) n.º 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18
de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la
Unión.
– En la ejecución de las actuaciones objeto del convenio no perjudicará
significativamente al medio ambiente, de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento (UE)
n.º 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al
establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se
modifica el Reglamento (UE) n.º 2019/2088.
– Presentará ante la Comisión de Seguimiento, para su aprobación, su propuesta de
requisitos de participación y los criterios de selección de las empresas que participarán
en Desafía Nueva York, tanto de las que vayan a ejecutar las actuaciones, como de las
empresas españolas que participen. Será la Comisión de Seguimiento la que acuerde los
citados requisitos y criterios, teniendo en cuenta en todo caso los siguientes aspectos:
● La selección de empresas que vayan a ejecutar las actuaciones objeto del
presente convenio se realizará siguiendo los principios de publicidad, transparencia,
cve: BOE-A-2023-18770
Verificable en https://www.boe.es
c)