T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2023-18742)
Sala Primera. Sentencia 86/2023, de 17 de julio de 2023. Recurso de amparo 4650-2021. Promovido por don Carlos Antonio Cordero Campos en relación con las resoluciones dictadas por las salas de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo y del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y un juzgado de la capital, que desestimaron su impugnación de la resolución administrativa sancionadora que acordó su expulsión del territorio nacional. Vulneración del derecho a la legalidad sancionadora: aplicación irrazonable de la norma sancionadora que, anteponiendo la expulsión a la multa, infringió la garantía material del derecho (STC 47/2023).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 205
Lunes 28 de agosto de 2023
Sec. TC. Pág. 120938
adecuado juicio de proporcionalidad que constituya soporte suficiente de la sanción de
expulsión impugnada, habrían vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva
(art. 24 CE), desde la perspectiva de la motivación, al no haber ponderado y apreciado
adecuadamente, conforme al principio de proporcionalidad, la concurrencia de aquellas
circunstancias que podían justificar la aplicación de la sanción de expulsión. Y ello
conlleva, a su parecer, el otorgamiento de amparo por vulneración del art. 24 CE. En
definitiva, el Ministerio Fiscal interesa el otorgamiento de amparo al recurrente por
vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE) respecto al principio de
proporcionalidad (art. 57.1 LOEx), por falta de motivación de la imposición de la sanción,
de acuerdo con la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
En cuanto al alcance del otorgamiento de amparo considera que procede la
anulación de todas las resoluciones objeto de este recurso, tanto la resolución
administrativa como las posteriores resoluciones judiciales, toda vez que descartada la
posibilidad de imposición de la sanción de expulsión, al no reflejarse circunstancias de
agravación, en aplicación del principio de proporcionalidad, no resulta posible otra
sanción alternativa como es la multa.
10. Por diligencia de ordenación de 27 de enero de 2023 de la Secretaría de
Justicia de la Sección Primera de la Sala Primera de este tribunal se puso en
conocimiento de las partes y del Ministerio Fiscal que, en virtud del acuerdo del Pleno del
Tribunal de 17 de enero de 2023, publicado en el «BOE» de 19 de enero de 2023, el
presente recurso de amparo fue turnado a la citada sección.
11. El secretario de Justicia de la Sección Primera, por diligencia de ordenación
de 26 de mayo de 2023, solicitó a la procuradora doña Virginia Camacho Villar aporte
copia del escrito presentado el día 24 de noviembre de 2020 promoviendo incidente de
nulidad de actuaciones en el recurso de casación núm. 4146-2020 de la Sección Primera
de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo. Dicho escrito se
presentó el 6 de junio de 2023, dándose traslado a las partes por diligencia de
ordenación de 8 de junio por un plazo de tres días para que pudieran alegar al respecto
lo que a su derecho conviniese. El día 13 de junio el abogado del Estado presentó
escrito poniendo de manifiesto que no tiene alegación complementaria que formular. El
Ministerio Fiscal, con fecha 30 de julio, se remitió a lo ya expuesto en su informe de 20
de enero, sin considerar necesario formular consideraciones adicionales.
12. Por providencia de 13 de julio de 2023, se señaló para deliberación y votación
de la presente sentencia el día 17 del mismo mes y año.
II. Fundamentos jurídicos
Objeto del recurso de amparo.
Se ha interpuesto recurso de amparo contra la resolución de 3 de diciembre de 2018
de la Delegación del Gobierno en Madrid, que decretó la expulsión del ahora recurrente
en amparo del territorio nacional con prohibición de entrada en España por un período de
tres años, y contra las siguientes resoluciones judiciales: sentencia núm. 223/2019,
de 31 de julio, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 18 de Madrid, dictada
en el procedimiento abreviado núm. 83-2019, que estimó parcialmente el recurso
contencioso-administrativo interpuesto contra la anterior resolución; sentencia núm.
392/2020, de 18 de junio, de la Sección Décima de la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, dictada en el recurso de
apelación núm. 1189-2019, que desestimó el recurso de apelación; y providencias de 4
de noviembre de 2020 y de 20 de mayo de 2021 de la Sección Primera de la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, dictadas en el recurso de casación
núm. 4146-2020, de inadmisión del recurso de casación y del incidente de nulidad de
actuaciones.
cve: BOE-A-2023-18742
Verificable en https://www.boe.es
1.
Núm. 205
Lunes 28 de agosto de 2023
Sec. TC. Pág. 120938
adecuado juicio de proporcionalidad que constituya soporte suficiente de la sanción de
expulsión impugnada, habrían vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva
(art. 24 CE), desde la perspectiva de la motivación, al no haber ponderado y apreciado
adecuadamente, conforme al principio de proporcionalidad, la concurrencia de aquellas
circunstancias que podían justificar la aplicación de la sanción de expulsión. Y ello
conlleva, a su parecer, el otorgamiento de amparo por vulneración del art. 24 CE. En
definitiva, el Ministerio Fiscal interesa el otorgamiento de amparo al recurrente por
vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE) respecto al principio de
proporcionalidad (art. 57.1 LOEx), por falta de motivación de la imposición de la sanción,
de acuerdo con la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
En cuanto al alcance del otorgamiento de amparo considera que procede la
anulación de todas las resoluciones objeto de este recurso, tanto la resolución
administrativa como las posteriores resoluciones judiciales, toda vez que descartada la
posibilidad de imposición de la sanción de expulsión, al no reflejarse circunstancias de
agravación, en aplicación del principio de proporcionalidad, no resulta posible otra
sanción alternativa como es la multa.
10. Por diligencia de ordenación de 27 de enero de 2023 de la Secretaría de
Justicia de la Sección Primera de la Sala Primera de este tribunal se puso en
conocimiento de las partes y del Ministerio Fiscal que, en virtud del acuerdo del Pleno del
Tribunal de 17 de enero de 2023, publicado en el «BOE» de 19 de enero de 2023, el
presente recurso de amparo fue turnado a la citada sección.
11. El secretario de Justicia de la Sección Primera, por diligencia de ordenación
de 26 de mayo de 2023, solicitó a la procuradora doña Virginia Camacho Villar aporte
copia del escrito presentado el día 24 de noviembre de 2020 promoviendo incidente de
nulidad de actuaciones en el recurso de casación núm. 4146-2020 de la Sección Primera
de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo. Dicho escrito se
presentó el 6 de junio de 2023, dándose traslado a las partes por diligencia de
ordenación de 8 de junio por un plazo de tres días para que pudieran alegar al respecto
lo que a su derecho conviniese. El día 13 de junio el abogado del Estado presentó
escrito poniendo de manifiesto que no tiene alegación complementaria que formular. El
Ministerio Fiscal, con fecha 30 de julio, se remitió a lo ya expuesto en su informe de 20
de enero, sin considerar necesario formular consideraciones adicionales.
12. Por providencia de 13 de julio de 2023, se señaló para deliberación y votación
de la presente sentencia el día 17 del mismo mes y año.
II. Fundamentos jurídicos
Objeto del recurso de amparo.
Se ha interpuesto recurso de amparo contra la resolución de 3 de diciembre de 2018
de la Delegación del Gobierno en Madrid, que decretó la expulsión del ahora recurrente
en amparo del territorio nacional con prohibición de entrada en España por un período de
tres años, y contra las siguientes resoluciones judiciales: sentencia núm. 223/2019,
de 31 de julio, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 18 de Madrid, dictada
en el procedimiento abreviado núm. 83-2019, que estimó parcialmente el recurso
contencioso-administrativo interpuesto contra la anterior resolución; sentencia núm.
392/2020, de 18 de junio, de la Sección Décima de la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, dictada en el recurso de
apelación núm. 1189-2019, que desestimó el recurso de apelación; y providencias de 4
de noviembre de 2020 y de 20 de mayo de 2021 de la Sección Primera de la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, dictadas en el recurso de casación
núm. 4146-2020, de inadmisión del recurso de casación y del incidente de nulidad de
actuaciones.
cve: BOE-A-2023-18742
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