III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-18734)
Resolución de 24 de agosto de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, para el acceso a la base de datos del registro de matrículas de aeronaves civiles.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 205

Lunes 28 de agosto de 2023

Sec. III. Pág. 120878

produzcan y las cancelaciones de estas. Su ámbito se extiende a todo el territorio
nacional y su sede está ubicada en la de AESA, en Madrid.
Tercero.
Que la información incluida en el Registro de Matrícula de Aeronaves Civiles, en
especial los datos relativos a sus propietarios y operadores (nombres, direcciones y
teléfonos) y los datos técnicos de la propia aeronave (clase, marca, tipo-modelo y
número de serie), son considerados de gran interés para la Guardia Civil, para el
contacto y rápida localización del propietario o del operador de la aeronave.
Que, en aras al adecuado cumplimiento de las antedichas competencias, ambas
partes consideran necesario que la Guardia Civil pueda acceder a la mencionada Base
de Datos del Registro de Aeronaves titularidad y competencia de AESA, al objeto de
conocer determinada información de las aeronaves y de sus propietarios, poseedores y
operadores.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

1. El presente convenio tiene por objeto establecer un marco general de
colaboración sobre las condiciones y procedimientos bajo los cuales AESA concede a la
Guardia Civil el acceso telemático a la Base de Datos del Registro de Matrícula de
Aeronaves Civiles.
2. La autorización de acceso que conceda AESA, tendrá como finalidad exclusiva el
coadyuvar a las operaciones y actividades que desarrolla la Guardia Civil, en el
cumplimiento de sus específicas misiones, en las que esté implicada alguna aeronave,
cuyos datos son necesarios para su desarrollo, no pudiendo emplearse para ningún otro fin.

1. La Guardia Civil facilitará a AESA un listado (nombre y apellidos y el DNI o
número de identificación profesional) del personal que esté facultado para acceder a la
Base de Datos del Registro de Matrícula de Aeronaves Civiles. El listado se mantendrá
permanentemente actualizado, notificando con la mayor brevedad posible los cambios
que se produzcan.
2. Para poder acceder a la Base de Datos del Registro de Matrícula de Aeronaves
Civiles, el usuario facultado para ello deberá validarse con la contraseña
correspondiente, tras incluir el dato de su identificador.
3. La conexión telemática con la Base de Datos del Registro de Matrícula de
Aeronaves Civiles se realizará a través de la red SARA. Se establecerán las medidas de
auditoría, de modo que cada vez que se produzca un acceso, quedará registrado el día y
hora en que se ha producido el mismo, los datos consultados y el personal que ha
realizado la consulta, pudiendo informar a la otra entidad, en el seno de la Comisión
Mixta de Coordinación y Seguimiento que se establece en la cláusula quinta del presente
convenio, de los resultados obtenidos en este seguimiento.
Tercera.

Obligaciones de AESA.

1. Para el cumplimiento de las finalidades descritas en el presente convenio, AESA
habilitará un acceso telemático a la base de datos del Registro de Matrícula de
Aeronaves Civiles para el personal de la Guardia Civil que se determine.

cve: BOE-A-2023-18734
Verificable en https://www.boe.es

Segunda. Obligaciones de la Guardia Civil.