III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2023-18661)
Resolución de 21 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Convenio con la Plataforma de Organizaciones de Infancia y Unicef Comité Español, para la promoción de la participación de la infancia y la adolescencia en la Unión Europea.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 203

Viernes 25 de agosto de 2023

Sec. III. Pág. 120648

El abono se efectuará a la Plataforma de Infancia y a Unicef España mediante
transferencia a la cuenta bancaria en España que las entidades indiquen.
La cantidad total a transferir será la siguiente: treinta mil quinientos euros (30.500,00 €)
a Unicef España y treinta y nueve mil quinientos (39.500,00 €) a la Plataforma de Infancia.
Cuarta.

Cumplimiento de las estipulaciones. Justificación.

La Plataforma de Infancia y Unicef España se comprometen a acreditar, en tiempo y
forma, la correcta aplicación de los fondos recibidos de acuerdo a lo pactado en el
presente convenio, antes del 30 de noviembre de 2023, debiendo aportar una relación
certificada de los gastos realizados, de las actividades previstas de colaboración objeto
del convenio, reflejados en el anexo I, tanto de la aportación de la Plataforma de
Infancia, como de Unicef España como la de la SEDS.
La Plataforma de Infancia y Unicef España presentarán una memoria técnica de las
actuaciones realizadas y una memoria financiera donde, al menos, se especificará:
1. La ejecución del presupuesto total del convenio, en el que se indique el importe
total de los gastos y, en su caso, de los ingresos.
2. Una relación certificada y detallada de las facturas con indicación de acreedor,
concepto de la factura, su importe, fecha de emisión y fecha de pago de los gastos
totales realizados, de las actividades previstas de colaboración objeto del convenio, con
cargo a las aportaciones indicadas en la cláusula tercera.
Asimismo, deberán presentar las facturas abonadas con cargo a la aportación de la
SEDS, con el concepto del gasto, importe y fecha de emisión.
Los justificantes de todos los gastos, tanto de los financiados por las entidades como
por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, se mantendrán a disposición de
la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) y del Tribunal de
Cuentas.
Quinta.

Comisión de seguimiento.

Sexta.

Publicidad.

En todo el material impreso, así como en la difusión que se haga de las actividades
derivadas de este convenio, deberán constar los logos establecidos para la Presidencia
Española 2023 del Consejo de la Unión Europea, así como los de las entidades
firmantes de este convenio.
Para el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, se aplicará lo establecido en
la disposición adicional segunda del Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, por

cve: BOE-A-2023-18661
Verificable en https://www.boe.es

Para conseguir una mayor eficacia y operatividad en las relaciones entre las partes,
se constituirá una Comisión Mixta, presidida por una persona designada por el Secretario
de Estado de Derechos Sociales, una persona representante de la DGDIA, una persona
representante de la Plataforma de Infancia y una persona representante de Unicef
España.
La Comisión en su funcionamiento se regirá por lo previsto en el presente convenio y
supletoriamente por lo estipulado en la sección tercera, del capítulo II, del título
preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Esta Comisión tendrá a su cargo el seguimiento y la valoración de las acciones
derivadas del mismo, así como la resolución de los problemas de interpretación y
cumplimiento que pudieran plantearse. Las reuniones que se celebren de dicha
Comisión se reflejarán en un acta con los temas tratados y los acuerdos alcanzados en
su caso.
La Comisión Mixta se reunirá con la periodicidad necesaria para cumplir su función,
así como cuando lo solicite una de las partes.