III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-18655)
Resolución de 11 de agosto de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica Campos de Zuloaga, de 62 MW de potencia nominal, y sus infraestructuras de evacuación, en Cizur, Cendea de Olza y Orcoyen (Navarra)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 203

Viernes 25 de agosto de 2023

Sec. III. Pág. 120563

proyecto, o el cambio de usos del suelo que provocará un aumento de la necesidad de
importar cereal para Navarra y, por tanto, de emisión de GEI y de huella de carbono.
El promotor propone para las afecciones producidas para la fase de construcción y
desmantelamiento unas medidas de buenas prácticas, como la limitación de velocidad
de circulación, riego de las zonas de rodadura, cumplimiento normativo en materia de
contaminación acústica y emisión de gases de efecto invernadero para toda la
maquinaria y vehículos involucrados en el proyecto, etc.
B.7

Agua.

El ámbito de implantación de la PSFV se localiza en la cuenca hidrográfica del río
Arga, que discurre al norte del área de estudio, perteneciente a la Demarcación
Hidrográfica del Ebro. Los principales cauces hidrográficos en la zona de actuación son,
además del río Arga, las regatas de Eriete y de Ibero (cauces artificiales, continuación
una de otra) y el río Juslapeña (afluente del Arga).
La línea de evacuación, en la alternativa aérea propuesta por el promotor, cruza el río
Arga, el río Juslapeña, la regata de Idiazábal y la regata Recaldeberri. La alternativa
soterrada condicionada en esta resolución para la línea de evacuación cruza los cauces
del río Arga y la regata de Idiazábal.
El promotor identifica el arrastre de tierras y materiales por fuertes lluvias, los
vertidos accidentales, y actuaciones indirectas de las obras sobre las riberas del río
Arga, como posibles afecciones. Para minimizar las afecciones propone las medidas
habituales de buenas prácticas, entre las que incluye el acopio de materiales en lugares
habilitados, siempre dentro del vallado de la planta, medidas para evitar vertidos
accidentales durante las fases de obra, funcionamiento y desmantelamiento, etc.
La Confederación Hidrográfica del Ebro y la Dirección General de Medio Ambiente
del Gobierno de Navarra añaden cumplimientos normativos que se han trasladado al
apartado 1.2.5 de la presente resolución.
Paisaje.

El emplazamiento de las instalaciones tiene lugar en la denominada «Cuenca de
Pamplona». Aunque esta área es una zona fuertemente transformada y con gran
influencia de la aglomeración urbana de Pamplona, el territorio se encuentra en la
periferia de la misma, lo que le otorga una fuerte ruralidad.
Paisajísticamente, el entorno agropecuario de la «Cuenca de Pamplona» ha
evolucionado poco en los últimos años. Actualmente, estos terrenos presentan los
rendimientos cerealistas en secano más elevados y regulares de Navarra. Los núcleos
rurales, aunque se han dado ciertos crecimientos residenciales, mantienen en buena
medida su estructura tradicional. Esta zona presenta, además de los paisajes agrarios,
otros enclaves de alto valor paisajístico como las riberas y ripas del Arga-Arakil
presentadas además frente a fondos escénicos importantes, como las Peñas de Etxauri
(Paisajes Singulares de la Comunidad Foral de Navarra) o los contornos de las sierras
que bordean la Cuenca de Pamplona, lo que ha llevado a una reciente actuación que ha
puesto en valor el paseo fluvial del río Arga. La fragilidad adquirida también es alta
debido al alto número de potenciales observadores y la baja capacidad de integración de
actividades en los llanos cerealistas. De este modo, dentro de los Objetivos de
Conservación del Paisaje planteados, se propone la conservación como espacio
productivo el enclave denominado ‘Occidente de los Valles de Iza, Cendea de Olza y
Cizur’, donde se instala el proyecto, como enclave a conservar de carácter agrario de
alto valor paisajístico. Además, las ripas de Ibero y Eriete se caracterizan como enclaves
a conservar de carácter natural de alto valor paisajístico, restringiendo la localización de
infraestructuras impactantes.
Por otro lado, el Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y
Proyectos Estratégicos del Gobierno de Navarra ha publicado en enero de 2022 el
trabajo «Infraestructura Verde del área de Pamplona y municipios del entorno», en el que

cve: BOE-A-2023-18655
Verificable en https://www.boe.es

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