III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-18655)
Resolución de 11 de agosto de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica Campos de Zuloaga, de 62 MW de potencia nominal, y sus infraestructuras de evacuación, en Cizur, Cendea de Olza y Orcoyen (Navarra)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 203

Viernes 25 de agosto de 2023

Sec. III. Pág. 120570

Eirete», pertenecientes a la Parcela 2, Polígono 13 de Cizur (Eriete), así como en el
norte, en los accesos y en el ámbito del mirador de la Peña/Aizgaña en la ripa de Ibero,
frente a la desembocadura del Arakil-Arga.
1.2.3.3 El proyecto de seguimiento de ejemplares radiomarcados de milano real
propuesto por el promotor deberá concretar su metodología, identificar a los
profesionales que lo llevarán a cabo, incluir un cronograma y presupuesto detallado. Se
redactará en coordinación con el Servicio de Biodiversidad de la Dirección General de
Medio Ambiente del Gobierno de Navarra.
1.2.3.4 La construcción de posaderos, bebederos y refugios de fauna debe contar
con un proyecto previo que detalle, al menos, la fauna objetivo para la que se diseñan, la
cantidad y ubicación de cada uno de ellos, el cronograma de implantación, así como un
presupuesto detallado que recoja tanto su construcción como el mantenimiento de los
mismos durante toda la vida útil de la PSFV. Dicho proyecto deberá contar con la
supervisión y autorización del Servicio de Biodiversidad de la Dirección General de
Medio Ambiente del Gobierno de Navarra.
1.2.3.5 El vallado perimetral, que no deberá estar anclado ni sujeto al suelo por la
parte inferior salvo por los postes, deberá permitir el paso de fauna, por lo que la parte
inferior del mismo deberá estar elevada y distar 15-20 cm de la superficie del suelo. El
vallado se diseñará para que mejore la permeabilidad para la fauna y evitará elementos
punzantes o cortantes. Se dispondrán medidas para su señalización, con el fin de evitar
colisiones de aves, prioritariamente mediante apantallado con vegetación natural o con la
colocación de placas, preferiblemente metálicas, de 15x30 o 20x20 cm, de color blanco,
con una separación horizontal entre ellas de 2 m, dispuestas en dos hileras a distinta
altura en el cierre y de forma alterna.
Suelo, subsuelo y geodiversidad.

1.2.4.1 Se minimizará la transformación del suelo. Tras un estudio geotécnico en
detalle, la estructura soporte de los módulos o seguidores fotovoltaicos se realizará
prioritariamente mediante hincado directo en el terreno, minimizando la utilización de
pilote o zapata de hormigón. Los módulos deberán adaptarse a la topografía natural del
terreno, de manera que durante la ejecución de las obras se afecte exclusivamente a las
zonas que sea absolutamente imprescindible y se minimicen los movimientos de tierra.
El desbroce y la nivelación del terreno que se realice en el área de implantación de las
placas se ejecutará de forma que afectará únicamente a las líneas formadas por los
postes de los módulos o seguidores, cuando sea estrictamente necesario para su
correcto accionamiento e implantación.
1.2.4.2 La topografía del terreno se respetará al máximo, evitando impactos a
vegetación, suelo y paisaje por remodelación de perfiles naturales. La ejecución de las
explanaciones del terreno no dará lugar a desmontes o terraplenes de altura superiores
a 2 m (excepcionalmente 3 m). Si se crean taludes, éstos serán tendidos, con una
pendiente inferior a 2H:1V, sus cabeceras serán redondeadas, y sobre los taludes de
terraplén se extenderá una capa de al menos 30 cm de tierra vegetal. También se evitará
afectar a superficies de pendiente superior a un 10 % y se minimizará la afección a zonas
húmedas, cauces y drenajes naturales de agua.
1.2.4.3 Según solicita la Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de
Navarra, el acceso a la subparcela 3E del Polígono 13 de Cizur se realizará por la
alternativa original, desde el sur, aprovechando un camino de tierra ya existente en la
Subparcela 168B del Polígono 6 de Cizur. En todo caso, el acceso deberá respetar una
anchura mínima de 20 m a cada lado del eje de la vía pecuaria «Traviesa núm. 8».
1.2.4.4 Las zanjas de cableado y los viales internos entre los seguidores y los
módulos no se podrán pavimentar, ni cubrir con grava o zahorra. Los caminos principales
que deban pavimentarse, se realizarán con zahorras de la misma tonalidad que el
entorno.
1.2.4.5 Deberán actualizarse previo a la autorización de construcción y contar con
el visto bueno de la Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra

cve: BOE-A-2023-18655
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