III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2023-17594)
Resolución 420/38318/2023, de 24 de julio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Zaragoza, para la adscripción a dicha Universidad del Centro Universitario de la Defensa de la Academia General Militar de Zaragoza.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181

Lunes 31 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 113097

3. Asimismo, el Director del CUD-AGM, previa aprobación del Patronato y conforme
a lo dispuesto en la Orden Ministerial 169/2003, de 11 de diciembre, por la que se regula
el procedimiento de celebración de convenios en el ámbito del Ministerio de Defensa,
podrá suscribir convenios con otros organismos públicos y privados al objeto, entre otros,
de promover el estudio, la creación y la investigación universitaria que sea de interés en
el ámbito de las Fuerzas Armadas y de la paz, la seguridad y la defensa.
4. De la gestión económico-financiera del CUD-AGM deberá rendirse cuentas, con
carácter anual, al Patronato, al que, en todo caso, le corresponde aprobar las referidas
cuentas.
5. El CUD-AGM está sometido a las actuaciones de Control Financiero Permanente
previstas en los artículos 157 y siguientes de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre,
General Presupuestaria, así como a Auditoría de Cuentas Anuales de conformidad con
lo establecido en los artículos 167 y 168 de dicha ley.
Decimoquinta.

Coordinación de actividades.

La coexistencia de dos planes de estudios en un solo currículo, impartidos
respectivamente en el CUD-AGM y en la AGM, requiere de la necesaria coordinación, de
la que será responsable el Director de la AGM. A tal fin se constituirá una Junta de
Coordinación cuya composición y cometidos establece la «Instrucción 36/2009, de 16 de
junio, de la Subsecretaria de Defensa, para la coordinación de actividades entre los
centros docentes militares de formación de Oficiales y los centros universitarios de la
defensa ubicados en los mismos».
Decimosexta.

Normas de Organización y Funcionamiento del CUD-AGM.

1. Las Normas de Organización y Funcionamiento del CUD-AGM tendrán como
objetivo facilitar el desarrollo de los planes de estudios y las actividades de investigación
y transferencia del centro. Fijarán la estructura académica del centro y las funciones y
composición de los órganos de gobierno del centro, así como el régimen de los
profesores, alumnos y del personal técnico, de gestión y de administración y servicios, y
de la actividad académica y de investigación y transferencia del centro.
2. Su contenido y disposiciones se atendrán a los principios constitucionales, las
leyes y normas que regulan la profesión militar y respetarán y garantizarán el principio de
libertad académica, que se manifiesta en las libertades de cátedra, de investigación y de
estudio.
Decimoséptima.

Seguridad y gobierno interior.

Atendiendo a la ubicación del centro en el interior de una instalación militar, todo el
personal no militar del CUD-AGM, tanto del equipo de dirección, como el personal
docente y el personal técnico, de gestión y de administración y servicios, estará sujeto a
las disposiciones que rigen en la misma en todo lo relacionado con la seguridad, régimen
de vida de los alumnos y gobierno interior.
Titulaciones.

En el centro se impartirán las siguientes enseñanzas universitarias oficiales, que
figurarán en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT) que establece el
artículo 8 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, pudiendo por acuerdo de las
partes en el seno del Patronato implantarse estudios conducentes a la obtención de
otros títulos oficiales universitarios:
1. Grado en Ingeniería de Organización Industrial.
2. Máster Universitario en Dirección y Gestión de Adquisiciones de Sistemas para
la Defensa.

cve: BOE-A-2023-17594
Verificable en https://www.boe.es

Decimoctava.