III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2023-17594)
Resolución 420/38318/2023, de 24 de julio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Zaragoza, para la adscripción a dicha Universidad del Centro Universitario de la Defensa de la Academia General Militar de Zaragoza.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181
Lunes 31 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 113094
2. La persona titular de la Subsecretaría de Defensa tendrá la consideración de
miembro nato del Patronato, con voz y voto. Cuando asista a las reuniones las presidirá.
3. El Rector de la UNIZAR tendrá la consideración de miembro nato del Patronato,
con voz y voto.
4. Además, se podrán nombrar vocales accidentales en caso de que, por la
naturaleza del tema a tratar, sea aconsejable. Tendrán voz, pero no voto.
Octava.
Funciones del Patronato.
1. Ostentar la representación institucional del CUD-AGM, que podrá delegar en el
Director del mismo.
2. Aprobar las Normas de Organización y Funcionamiento del CUD-AGM.
3. Proponer a la persona titular de la Subsecretaría de Defensa el nombramiento
del Director del CUD-AGM.
4. Nombrar al Secretario, Gerente y al Subdirector del CUD-AGM, a propuesta del
Director del CUD-AGM.
5. Dar su aprobación a los convenios a celebrar en nombre del CUD-AGM, a
propuesta de su Director.
6. Aprobar la Propuesta de Plantilla del centro, elaborada por el Director del CUDAGM, de forma previa a su elevación a la Comisión Ejecutiva de la Comisión
Interministerial de Retribuciones (CECIR).
7. Aprobar las solicitudes de colaboración de profesorado de la UNIZAR y la
modalidad en que estas sean prestadas.
8. Aprobar la propuesta del Calendario Anual de Actividades, de forma previa a su
elevación a la persona titular de la Subsecretaría de Defensa por la Dirección General de
Reclutamiento y Enseñanza Militar.
9. Aprobar, a propuesta del Director del CUD-AGM, las áreas estratégicas de
investigación, de las cuales deberán derivarse las líneas de investigación del Centro.
10. Aprobar las Cuentas Anuales del ejercicio económico del año anterior, el
Presupuesto de gastos e ingresos y la Programación Plurianual de Gastos.
11. Conocer y evaluar la memoria anual de actividades, presentada por el Director
del CUD-AGM e informada por el Delegado de la Universidad.
12. Velar por la correcta ejecución del presente convenio.
13. Impartir instrucciones al Director del CUD-AGM en las materias propias de las
competencias del Patronato.
14. Aprobar sus normas de funcionamiento, que incluirán las normas de suplencia
de sus miembros.
15. Cualquier otra función recogida en la normativa vigente aplicable y en el
presente convenio.
En todo aquello que no se haya regulado expresamente por sus normas de
funcionamiento y por el presente convenio, el Patronato ajustará su funcionamiento a las
prescripciones contenidas en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Director del CUD-AGM.
1. El Director del CUD-AGM, será propuesto por el Patronato, y nombrado por la
persona titular de la Subsecretaría de Defensa, una vez oído el Rector de la UNIZAR,
entre profesionales de reconocido prestigio y experiencia en el ámbito académico
universitario, con el título de Doctor. Siguiendo el mismo proceso, podrá ser renovado
por sucesivos periodos de cuatro años. El nombramiento, cese y renovación serán a
través de Resolución de la persona titular de la Subsecretaría de Defensa. Para el
desempeño del cargo de Director será requisito indispensable la dedicación a tiempo
completo.
cve: BOE-A-2023-17594
Verificable en https://www.boe.es
Novena.
Núm. 181
Lunes 31 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 113094
2. La persona titular de la Subsecretaría de Defensa tendrá la consideración de
miembro nato del Patronato, con voz y voto. Cuando asista a las reuniones las presidirá.
3. El Rector de la UNIZAR tendrá la consideración de miembro nato del Patronato,
con voz y voto.
4. Además, se podrán nombrar vocales accidentales en caso de que, por la
naturaleza del tema a tratar, sea aconsejable. Tendrán voz, pero no voto.
Octava.
Funciones del Patronato.
1. Ostentar la representación institucional del CUD-AGM, que podrá delegar en el
Director del mismo.
2. Aprobar las Normas de Organización y Funcionamiento del CUD-AGM.
3. Proponer a la persona titular de la Subsecretaría de Defensa el nombramiento
del Director del CUD-AGM.
4. Nombrar al Secretario, Gerente y al Subdirector del CUD-AGM, a propuesta del
Director del CUD-AGM.
5. Dar su aprobación a los convenios a celebrar en nombre del CUD-AGM, a
propuesta de su Director.
6. Aprobar la Propuesta de Plantilla del centro, elaborada por el Director del CUDAGM, de forma previa a su elevación a la Comisión Ejecutiva de la Comisión
Interministerial de Retribuciones (CECIR).
7. Aprobar las solicitudes de colaboración de profesorado de la UNIZAR y la
modalidad en que estas sean prestadas.
8. Aprobar la propuesta del Calendario Anual de Actividades, de forma previa a su
elevación a la persona titular de la Subsecretaría de Defensa por la Dirección General de
Reclutamiento y Enseñanza Militar.
9. Aprobar, a propuesta del Director del CUD-AGM, las áreas estratégicas de
investigación, de las cuales deberán derivarse las líneas de investigación del Centro.
10. Aprobar las Cuentas Anuales del ejercicio económico del año anterior, el
Presupuesto de gastos e ingresos y la Programación Plurianual de Gastos.
11. Conocer y evaluar la memoria anual de actividades, presentada por el Director
del CUD-AGM e informada por el Delegado de la Universidad.
12. Velar por la correcta ejecución del presente convenio.
13. Impartir instrucciones al Director del CUD-AGM en las materias propias de las
competencias del Patronato.
14. Aprobar sus normas de funcionamiento, que incluirán las normas de suplencia
de sus miembros.
15. Cualquier otra función recogida en la normativa vigente aplicable y en el
presente convenio.
En todo aquello que no se haya regulado expresamente por sus normas de
funcionamiento y por el presente convenio, el Patronato ajustará su funcionamiento a las
prescripciones contenidas en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Director del CUD-AGM.
1. El Director del CUD-AGM, será propuesto por el Patronato, y nombrado por la
persona titular de la Subsecretaría de Defensa, una vez oído el Rector de la UNIZAR,
entre profesionales de reconocido prestigio y experiencia en el ámbito académico
universitario, con el título de Doctor. Siguiendo el mismo proceso, podrá ser renovado
por sucesivos periodos de cuatro años. El nombramiento, cese y renovación serán a
través de Resolución de la persona titular de la Subsecretaría de Defensa. Para el
desempeño del cargo de Director será requisito indispensable la dedicación a tiempo
completo.
cve: BOE-A-2023-17594
Verificable en https://www.boe.es
Novena.