III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2023-17605)
Resolución de 27 de junio de 2023, del Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de La Rioja, para la obtención de una cobertura de imágenes aéreas y ortofotos de La Rioja, Vuelo 2023.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181
Lunes 31 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 113176
combinar de forma coherente datos geográficos de diversas fuentes para que puedan ser
compartidos entre los integrantes del Sistema Cartográfico Nacional, al cual se adhirió la
Comunidad Autónoma de La Rioja mediante convenio suscrito el nueve de abril de dos mil
veintiuno, teniendo este una vigencia de cuatro años.
Quinto.
Que es interés de las partes colaborar mutuamente en la obtención del vuelo
fotogramétrico y de varias coberturas de ortofotos de la totalidad del territorio de
comunidad de La Rioja, en el marco del Plan Nacional de Ortofotografía Aérea de
España (PNOA).
Sexto.
Que el IGN y el CNIG, en cumplimiento de los objetivos del Sistema Cartográfico
Nacional (Artículo 2, apartado 2.b) del RD 1545/2007) y, respetando los correspondientes
acuerdos establecidos con las AA. PP., en particular el Protocolo General de actuación
entre el Fondo Español de Garantía Agraria, O.A. del Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación, el Instituto Geográfico Nacional y el Centro Nacional de Información
Geográfica, O.A. del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, para el
intercambio de información geográfica, firmado el 13 de julio de 2022, puede disponer de
las coberturas fotogramétricas y productos nominales generados bajo el marco del
PNOA.
En este sentido, es de interés de las partes que las diversas coberturas objeto de
este convenio tengan además de las condiciones nominales a desarrollar por la
Administración General del Estado, también las mejoras técnicas especificadas y
financiadas por el Gobierno de La Rioja. Asimismo, el Gobierno de La Rioja está
interesado en unir fuerzas con la Administración General del Estado para, entre las dos
Administraciones, lograr productos mejores que los que podría disponer cada parte de
forma individual.
Concretamente, el Gobierno de La Rioja está interesado en mejorar los productos
nominales de la Administración General del Estado para que sean aplicables a las tareas
propias de su ámbito competencial, mediante las siguientes tareas:
Respecto a mejorar la resolución del vuelo PNOA y de las Ortofotos PNOA, el IGN y
el CNIG, en cumplimiento de los objetivos del Sistema Cartográfico Nacional (Artículo 2,
apartado 2.b) del RD 1545/2007) y, respetando los correspondientes acuerdos
establecidos con las AA. PP., puede disponer de las coberturas fotogramétricas y
productos nominales generados bajo el marco del PNOA.
En particular las condiciones nominales con las que la AGE debe realizar el Vuelo
Fotogramétrico (VF) es con un tamaño de pixel en el terreno (GSD) de 35 cm, mientras
que a la Comunidad de La Rioja dicho VF le interesa que sea realizado con un GSD
de 18 cm.
El VF o captura, tal y como se indica en la Clausula Tercera, se llevará a cabo por
parte del IGN y se realizará incorporado la mejora solicitada por la Comunidad de La
Rioja. En base a lo anterior, la Comunidad Autónoma de La Rioja asume el gasto
derivado de la diferencia entre el valor del VF con un GSD de 18cm y el valor de dicho
vuelo con un GSD de 35 cm. De la misma manera, la Comunidad de La Rioja asume el
gasto derivado de la diferencia entre el valor de la ortofoto rigurosa derivada del VF con
un GSD de 18 cm y el valor de dicha ortofoto básica derivada de un vuelo con un GSD
de 35 cm.
cve: BOE-A-2023-17605
Verificable en https://www.boe.es
– Mejorar la resolución del vuelo PNOA pasando de 35 cm/píxel a 18 cm/píxel.
– Mejora de la resolución de la ortofoto pasando de ortofoto básica de 25 cm/pixel a
ortofoto rigurosa de 15 cm/pixel.
Núm. 181
Lunes 31 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 113176
combinar de forma coherente datos geográficos de diversas fuentes para que puedan ser
compartidos entre los integrantes del Sistema Cartográfico Nacional, al cual se adhirió la
Comunidad Autónoma de La Rioja mediante convenio suscrito el nueve de abril de dos mil
veintiuno, teniendo este una vigencia de cuatro años.
Quinto.
Que es interés de las partes colaborar mutuamente en la obtención del vuelo
fotogramétrico y de varias coberturas de ortofotos de la totalidad del territorio de
comunidad de La Rioja, en el marco del Plan Nacional de Ortofotografía Aérea de
España (PNOA).
Sexto.
Que el IGN y el CNIG, en cumplimiento de los objetivos del Sistema Cartográfico
Nacional (Artículo 2, apartado 2.b) del RD 1545/2007) y, respetando los correspondientes
acuerdos establecidos con las AA. PP., en particular el Protocolo General de actuación
entre el Fondo Español de Garantía Agraria, O.A. del Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación, el Instituto Geográfico Nacional y el Centro Nacional de Información
Geográfica, O.A. del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, para el
intercambio de información geográfica, firmado el 13 de julio de 2022, puede disponer de
las coberturas fotogramétricas y productos nominales generados bajo el marco del
PNOA.
En este sentido, es de interés de las partes que las diversas coberturas objeto de
este convenio tengan además de las condiciones nominales a desarrollar por la
Administración General del Estado, también las mejoras técnicas especificadas y
financiadas por el Gobierno de La Rioja. Asimismo, el Gobierno de La Rioja está
interesado en unir fuerzas con la Administración General del Estado para, entre las dos
Administraciones, lograr productos mejores que los que podría disponer cada parte de
forma individual.
Concretamente, el Gobierno de La Rioja está interesado en mejorar los productos
nominales de la Administración General del Estado para que sean aplicables a las tareas
propias de su ámbito competencial, mediante las siguientes tareas:
Respecto a mejorar la resolución del vuelo PNOA y de las Ortofotos PNOA, el IGN y
el CNIG, en cumplimiento de los objetivos del Sistema Cartográfico Nacional (Artículo 2,
apartado 2.b) del RD 1545/2007) y, respetando los correspondientes acuerdos
establecidos con las AA. PP., puede disponer de las coberturas fotogramétricas y
productos nominales generados bajo el marco del PNOA.
En particular las condiciones nominales con las que la AGE debe realizar el Vuelo
Fotogramétrico (VF) es con un tamaño de pixel en el terreno (GSD) de 35 cm, mientras
que a la Comunidad de La Rioja dicho VF le interesa que sea realizado con un GSD
de 18 cm.
El VF o captura, tal y como se indica en la Clausula Tercera, se llevará a cabo por
parte del IGN y se realizará incorporado la mejora solicitada por la Comunidad de La
Rioja. En base a lo anterior, la Comunidad Autónoma de La Rioja asume el gasto
derivado de la diferencia entre el valor del VF con un GSD de 18cm y el valor de dicho
vuelo con un GSD de 35 cm. De la misma manera, la Comunidad de La Rioja asume el
gasto derivado de la diferencia entre el valor de la ortofoto rigurosa derivada del VF con
un GSD de 18 cm y el valor de dicha ortofoto básica derivada de un vuelo con un GSD
de 35 cm.
cve: BOE-A-2023-17605
Verificable en https://www.boe.es
– Mejorar la resolución del vuelo PNOA pasando de 35 cm/píxel a 18 cm/píxel.
– Mejora de la resolución de la ortofoto pasando de ortofoto básica de 25 cm/pixel a
ortofoto rigurosa de 15 cm/pixel.