III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2023-17605)
Resolución de 27 de junio de 2023, del Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de La Rioja, para la obtención de una cobertura de imágenes aéreas y ortofotos de La Rioja, Vuelo 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181
Lunes 31 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 113175
Ambas partes se reconocen mutuamente, en la calidad con que cada uno interviene,
la capacidad legal necesaria para suscribir este convenio, y a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
Que el Instituto Geográfico Nacional, órgano directivo adscrito al Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana a través de la Subsecretaria de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana, tiene como finalidad, entre otras, la dirección y el desarrollo
de planes nacionales de observación del territorio con aplicación geográfica y
cartográfica, así como el aprovechamiento de sistemas de fotogrametría y teledetección,
y la producción, actualización y explotación de modelos digitales del terreno, y la
producción, actualización y explotación de las bases de datos de los aspectos
topográficos de la Información Geográfica de Referencia.
Que el O.A. Centro Nacional de Información Geográfica (CNIG), adscrito al Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, a través de la Dirección General del Instituto
Geográfico Nacional, tiene por finalidad, entre otras, la de producir y desarrollar los trabajos de
carácter geográfico que demande la sociedad, con especial dedicación a la realización de
proyectos basados en tecnologías avanzadas, programas de investigación y desarrollo, y
prestación de asistencia técnica en el ámbito de las ciencias y técnicas geográficas, todo ello en
un marco estratégico común con la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional, tal y
como se establece en los artículos 122.2 de la Ley 37/1988 de Presupuestos Generales del
Estado para 1989, de 28 de diciembre (BOE de 29 de diciembre), por la que se crea el CNIG, así
como en los artículos 4 y 5 del Estatuto del CNIG, aprobado por Real Decreto 310/2021, de 4 de
mayo (BOE de 21 de mayo).
Segundo.
En este sentido, artículo 5.5.a del Estatuto del CNIG contempla que entre las
funciones a ejercer por este Organismo Autónomo se encuentra «Gestionar los
convenios, acuerdos y contratos necesarios con otras administraciones públicas e
instituciones nacionales e internacionales» y según lo establecido en el artículo 8.2.d, el
Consejo Rector ha aprobado la firma de este convenio en nombre del organismo del
CNIG con fecha de 17 de marzo de 2023.
Que, a la Comunidad Autónoma de La Rioja, a través de la Consejería con
competencias en materia de Política Territorial, tal como se recoge en el
Decreto 49/2020, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población y sus
funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector
Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, le corresponde la planificación y
desarrollo de la ordenación del territorio, política territorial y urbanismo, ejerciendo las
competencias relativas a la planificación, desarrollo y gestión de la política de datos
georreferenciados y cartografía de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y el desarrollo y
mantenimiento del Sistema de Información Territorial de La Rioja.
Cuarto.
Que es de interés de las partes, en el marco de la colaboración interadministrativa prevista
en el Real Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, por el que se regula el Sistema Cartográfico
Nacional, coordinar sus actuaciones en materia de información geográfica, de manera que se
satisfaga las necesidades de las Administraciones Públicas firmantes, se garantice la producción
de información cartográfica y geográfica en forma coordinada y eficiente y que sea posible
cve: BOE-A-2023-17605
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.
Núm. 181
Lunes 31 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 113175
Ambas partes se reconocen mutuamente, en la calidad con que cada uno interviene,
la capacidad legal necesaria para suscribir este convenio, y a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
Que el Instituto Geográfico Nacional, órgano directivo adscrito al Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana a través de la Subsecretaria de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana, tiene como finalidad, entre otras, la dirección y el desarrollo
de planes nacionales de observación del territorio con aplicación geográfica y
cartográfica, así como el aprovechamiento de sistemas de fotogrametría y teledetección,
y la producción, actualización y explotación de modelos digitales del terreno, y la
producción, actualización y explotación de las bases de datos de los aspectos
topográficos de la Información Geográfica de Referencia.
Que el O.A. Centro Nacional de Información Geográfica (CNIG), adscrito al Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, a través de la Dirección General del Instituto
Geográfico Nacional, tiene por finalidad, entre otras, la de producir y desarrollar los trabajos de
carácter geográfico que demande la sociedad, con especial dedicación a la realización de
proyectos basados en tecnologías avanzadas, programas de investigación y desarrollo, y
prestación de asistencia técnica en el ámbito de las ciencias y técnicas geográficas, todo ello en
un marco estratégico común con la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional, tal y
como se establece en los artículos 122.2 de la Ley 37/1988 de Presupuestos Generales del
Estado para 1989, de 28 de diciembre (BOE de 29 de diciembre), por la que se crea el CNIG, así
como en los artículos 4 y 5 del Estatuto del CNIG, aprobado por Real Decreto 310/2021, de 4 de
mayo (BOE de 21 de mayo).
Segundo.
En este sentido, artículo 5.5.a del Estatuto del CNIG contempla que entre las
funciones a ejercer por este Organismo Autónomo se encuentra «Gestionar los
convenios, acuerdos y contratos necesarios con otras administraciones públicas e
instituciones nacionales e internacionales» y según lo establecido en el artículo 8.2.d, el
Consejo Rector ha aprobado la firma de este convenio en nombre del organismo del
CNIG con fecha de 17 de marzo de 2023.
Que, a la Comunidad Autónoma de La Rioja, a través de la Consejería con
competencias en materia de Política Territorial, tal como se recoge en el
Decreto 49/2020, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población y sus
funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector
Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, le corresponde la planificación y
desarrollo de la ordenación del territorio, política territorial y urbanismo, ejerciendo las
competencias relativas a la planificación, desarrollo y gestión de la política de datos
georreferenciados y cartografía de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y el desarrollo y
mantenimiento del Sistema de Información Territorial de La Rioja.
Cuarto.
Que es de interés de las partes, en el marco de la colaboración interadministrativa prevista
en el Real Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, por el que se regula el Sistema Cartográfico
Nacional, coordinar sus actuaciones en materia de información geográfica, de manera que se
satisfaga las necesidades de las Administraciones Públicas firmantes, se garantice la producción
de información cartográfica y geográfica en forma coordinada y eficiente y que sea posible
cve: BOE-A-2023-17605
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.