III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-17607)
Resolución de 20 de julio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Fundación Telefónica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181

Lunes 31 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 113193

Las competencias profesionales requeridas para este puesto son: compromiso,
comunicación, eficiencia, innovación, liderazgo de proyectos, influencia… así como
conocimientos amplios de la función a desempeñar.
Definición:
Las personas trabajadoras pertenecientes a este Grupo llevan a cabo con autonomía
tareas y actividades heterogéneas de mayor complejidad que en el Grupo anterior,
enmarcadas dentro de la función de gestión de proyectos, programas o servicios
profesionales. Pueden además gestionar de inicio a fin proyectos o programas de poco
impacto.
Tienen un profundo conocimiento de su propia disciplina y un conocimiento general
de disciplinas relacionadas (amplitud).
Trabaja con directrices mínimas resolviendo problemas complejos, aportando nuevas
perspectivas utilizando soluciones existentes.
Pueden participar en proyectos o fases de un proyecto más amplio en donde su
especialización es fundamental para la consecución de los objetivos en curso.
Asesoran y apoyan a las diferentes áreas internas con las que se relacionan en los
temas de su competencia.
Pueden ser referente para colegas con menos experiencia.
Contribuyen a la mejora de los procesos, ejecutando las tareas con eficiencia
definiendo prioridades y gestionando los tiempos necesarios para cumplir con las
necesidades del proyecto, programa o servicio.
Pueden coordinar las tareas del Grupo profesional y niveles anteriores.
Líder de conocimiento.
Conocimientos/requisitos:
Requiere una Titulación Oficial tras superar un Grado Universitario o equivalente, además de
haber realizado estudios de postgrado que garanticen la especialización en una o varias
disciplinas relacionadas con la naturaleza de la actividad a desempeñar, y/o los conocimientos
prácticos y experiencias que se asimilen a haber realizado un posible postgrado, y que
demuestren ser adecuados para el desempeño de las responsabilidades que dicho Grupo tiene
encomendadas. El dominio de idiomas diferentes al nativo será altamente valorable para el
desempeño de las funciones de este Grupo.
Las competencias profesionales requeridas para este puesto son: Compromiso,
comunicación, eficiencia, innovación, capacidad de liderazgo de proyectos, influencia,
liderazgo y visión estratégica, presentaciones en público, así como amplios
conocimientos necesario para el desempeño de la función.

Las personas trabajadoras pertenecientes a este Grupo llevan a cabo con autonomía
tareas y actividades heterogéneas de mayor complejidad que en el Grupo anterior y que
requieren un alto grado de especialización en una o varias disciplinas de conocimiento,
enmarcadas dentro de la función de gestión de proyectos, programas o servicios
profesionales.
Pueden liderar proyectos o programas en los que su área/s de conocimiento sea
clave para la consecución exitosa de los objetivos marcados.
Resuelven problemas complejos que requieren alto grado de especialización.
Asesoran y apoyan a las diferentes áreas internas y externas con las que se
relacionan en los temas de su competencia.
Pueden participar como asesor en su materia de experiencia en la definición
estratégica del área.
Pueden liderar equipos o recursos necesarios para la consecución de proyectos o
programas con un alto nivel de especialización tanto a nivel nacional como internacional.

cve: BOE-A-2023-17607
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Definición: