III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-17607)
Resolución de 20 de julio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Fundación Telefónica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181

Lunes 31 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 113203

progenitor, adoptante, guardador o acogedor. No obstante, si dos personas trabajadoras
de la misma entidad ejercen este derecho por el mismo sujeto causante, la dirección de
Fundación podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones fundadas y objetivas de
funcionamiento, debidamente motivadas por escrito, debiendo en tal caso ofrecer un plan
alternativo que asegure el disfrute de ambas personas trabajadoras y que posibilite el
ejercicio de los derechos de conciliación.
4. Tanto el disfrute efectivo del permiso de lactancia, como su acumulación, deberá
solicitarse por escrito al Área de Recursos Humanos, con quince días de antelación al
inicio de su disfrute.
Artículo 26. Excedencias.
1.

Excedencia voluntaria.

La persona trabajadora con al menos una antigüedad en Fundación de un año tiene
derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un
plazo no menor a cuatro meses y no mayor a cinco años. Este derecho solo podrá ser
ejercitado otra vez por la misma persona trabajadora si han transcurrido cuatro años
desde el final de la anterior excedencia voluntaria.
La persona trabajadora en excedencia voluntaria conserva solo un derecho
preferente al reingreso en las vacantes de igual o similar grupo profesional al suyo que
hubiera o se produjeran en Fundación.
Si durante el periodo de excedencia voluntaria la persona trabajadora realizara
actividades, por cuenta propia o ajena, que supongan concurrencia con las desarrolladas
Fundación Telefónica, de su fundador (Telefónica S.A.) y/o de cualquier entidad de su
grupo consolidado, ésta perderá su derecho preferente al reingreso. Lo anterior no
resultará de aplicación si la realización de dichas actividades concurrentes está
autorizada previamente y por escrito por parte de Fundación Telefónica.
En el supuesto de que se produzca el reingreso, el periodo de tiempo en excedencia
voluntaria no computará a efectos de antigüedad.
Excedencia por cuidado de hijo o familiares.

Las personas trabajadoras tendrán derecho a un periodo de excedencia de duración
no superior a tres años para atender al cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por
naturaleza, como por adopción, o en los supuestos de guarda con fines de adopción o
acogimiento permanente, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la
resolución judicial o administrativa.
También tendrán derecho a un periodo de excedencia, de duración no superior a dos
años, para atender al cuidado del cónyuge o pareja de hecho, de un familiar hasta el
segundo grado de consanguinidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la
pareja de hecho, que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no
pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida.
La excedencia contemplada en el presente apartado, cuyo periodo de duración podrá
disfrutarse de forma fraccionada, constituye un derecho individual de las personas
trabajadoras. No obstante, si dos o más personas trabajadoras de la misma entidad
generasen este derecho por el mismo sujeto causante, la Fundación podrá limitar su
ejercicio simultáneo por razones fundadas y objetivas de funcionamiento debidamente
motivadas por escrito debiendo en tal caso Fundación ofrecer un plan alternativo que
asegure el disfrute de ambas personas trabajadoras y que posibilite el ejercicio de los
derechos de conciliación.
Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho a un nuevo periodo de excedencia,
el inicio de la misma dará fin al que, en su caso, se viniera disfrutando.
El periodo en que la persona trabajadora permanezca en situación de excedencia
conforme a lo establecido en este artículo será computable a efectos de antigüedad y la
persona trabajadora tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional, a

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