III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-17616)
Resolución de 18 de julio de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques eólicos Nembus, Osa menor, Sextans y Lyra, de 49,50 MW cada uno, y sus infraestructuras de evacuación, en Lanaja, Lalueza y Poleñino (Huesca, Zaragoza, Tarragona y Barcelona)."
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181
Lunes 31 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 113275
previa al inicio de las obras, los trámites correspondientes a la ocupación de las vías
pecuarias catalogadas afectadas (coladas, veredas, cañadas, etc.).
Adicionalmente, con el objetivo de minimizar afecciones a elementos del patrimonio
cultural, se deberán seguir las medidas recogidas en la presente resolución en el
apartado ii) Condiciones relativas a medidas preventivas, correctoras y compensatorias
para los impactos más significativos.
b.10)
Acumulación y sinergias.
De acuerdo al EsIA, el promotor considera, que, con respecto al medio atmosférico,
los proyectos no supondrían impactos sinérgicos, no obstante, indican que, si podrían
tener lugar impactos acumulativos en relación con la contaminación acústica y lumínica,
debido a la cercanía con los aerogeneradores de los parques eólicos de Norma, Osa
Mayor, Lacerta, Marfik, Segin, Rasalas, Meak, Lich, Mensa, Menkar, Leonis, Rastaban,
Regulus y Ogma.
Para el caso del medio biótico, el promotor indica que los proyectos del entorno
podrían suponer un impacto acumulativo, sobre las poblaciones de aves presentes en el
entorno, especialmente de las especies protegidas y/o con poblaciones reducidas,
resultado, principalmente del potencial incremento del riesgo de colisión de este grupo
faunístico con los aerogeneradores y demás elementos del proyecto. Dicho esto, en el
EsIA señala que los impactos sobre la avifauna serían proporcionales al número de
aerogeneradores, afectando principalmente a especies como el alimoche y el buitre
leonado, además de las aves esteparias como el cernícalo primilla, la alondra ricotí, la
ganga ortega, la ganga ibérica, el sisón, la avutarda, la grulla, la cigüeña blanca y la
cigüeña negra, sin embargo, consideran que dadas las características del proyecto y la
aplicación de las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, el impacto global
sería de carácter moderado.
En relación con el medio antrópico, el promotor señala que le impacto sobre el
paisaje sería de carácter severo, teniendo en cuenta la artificialización que supondría la
instalación de los aerogeneradores y sus infraestructuras de evacuación, tanto del
proyecto objeto de estudio como del resto de infraestructuras proyectadas por Forestalia,
particularmente de los parques eólicos Norma, Osa Mayor, Lacerta, Marfik, Segin,
Rasalas, Meak, Lich, Mensa, Menkar, Leonis, Rastaban, Regulus y Ogma, impacto
especialmente relevante en las poblaciones de Lanaja, La Cartuja de Monegros y
Cantalobos, desde donde se verían aerogeneradores prácticamente desde todos los
puntos de vista.
Este órgano ambiental considera que para reducir los impactos sinérgicos se
deberán adoptar las medidas descritas en el apartado e. Valoración del órgano
ambiental, así como en el condicionado de esta resolución.
Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto:
El promotor, en relación a los riesgos naturales, durante la fase construcción,
considera relevantes los riesgos de incendios forestales en el tramo de LAAT del «Sector
Caspe» que discurre parcialmente por zonas montañosas y/o recubiertas de masas
arbóreas y los riesgos geológicos asociados a desprendimientos y/o deslizamientos
resultado de los movimientos de tierra previstos. Por su parte, los riesgos tecnológicos
se consideran compatibles, puesto que la ejecución del proyecto no supondría ningún
proceso químico o transporte de mercancías peligrosas.
Con respecto a los riesgos en el transporte, el promotor considera que son
compatibles con la ejecución del proyecto, pues no se prevé afección alguna sobre las
infraestructuras ya existentes y que se encuentran más próximas al área de estudio.
Durante la fase de explotación, los riesgos naturales identificados en el área de
estudio serían los mismos, a excepción del riesgo de incendio forestal, que se podría ver
incrementado nuevamente en el tramo de LAAT del «Sector Caspe» mencionado
anteriormente. Con respecto a los riesgos tecnológicos y en el transporte evaluados, el
cve: BOE-A-2023-17616
Verificable en https://www.boe.es
c)
Núm. 181
Lunes 31 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 113275
previa al inicio de las obras, los trámites correspondientes a la ocupación de las vías
pecuarias catalogadas afectadas (coladas, veredas, cañadas, etc.).
Adicionalmente, con el objetivo de minimizar afecciones a elementos del patrimonio
cultural, se deberán seguir las medidas recogidas en la presente resolución en el
apartado ii) Condiciones relativas a medidas preventivas, correctoras y compensatorias
para los impactos más significativos.
b.10)
Acumulación y sinergias.
De acuerdo al EsIA, el promotor considera, que, con respecto al medio atmosférico,
los proyectos no supondrían impactos sinérgicos, no obstante, indican que, si podrían
tener lugar impactos acumulativos en relación con la contaminación acústica y lumínica,
debido a la cercanía con los aerogeneradores de los parques eólicos de Norma, Osa
Mayor, Lacerta, Marfik, Segin, Rasalas, Meak, Lich, Mensa, Menkar, Leonis, Rastaban,
Regulus y Ogma.
Para el caso del medio biótico, el promotor indica que los proyectos del entorno
podrían suponer un impacto acumulativo, sobre las poblaciones de aves presentes en el
entorno, especialmente de las especies protegidas y/o con poblaciones reducidas,
resultado, principalmente del potencial incremento del riesgo de colisión de este grupo
faunístico con los aerogeneradores y demás elementos del proyecto. Dicho esto, en el
EsIA señala que los impactos sobre la avifauna serían proporcionales al número de
aerogeneradores, afectando principalmente a especies como el alimoche y el buitre
leonado, además de las aves esteparias como el cernícalo primilla, la alondra ricotí, la
ganga ortega, la ganga ibérica, el sisón, la avutarda, la grulla, la cigüeña blanca y la
cigüeña negra, sin embargo, consideran que dadas las características del proyecto y la
aplicación de las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, el impacto global
sería de carácter moderado.
En relación con el medio antrópico, el promotor señala que le impacto sobre el
paisaje sería de carácter severo, teniendo en cuenta la artificialización que supondría la
instalación de los aerogeneradores y sus infraestructuras de evacuación, tanto del
proyecto objeto de estudio como del resto de infraestructuras proyectadas por Forestalia,
particularmente de los parques eólicos Norma, Osa Mayor, Lacerta, Marfik, Segin,
Rasalas, Meak, Lich, Mensa, Menkar, Leonis, Rastaban, Regulus y Ogma, impacto
especialmente relevante en las poblaciones de Lanaja, La Cartuja de Monegros y
Cantalobos, desde donde se verían aerogeneradores prácticamente desde todos los
puntos de vista.
Este órgano ambiental considera que para reducir los impactos sinérgicos se
deberán adoptar las medidas descritas en el apartado e. Valoración del órgano
ambiental, así como en el condicionado de esta resolución.
Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto:
El promotor, en relación a los riesgos naturales, durante la fase construcción,
considera relevantes los riesgos de incendios forestales en el tramo de LAAT del «Sector
Caspe» que discurre parcialmente por zonas montañosas y/o recubiertas de masas
arbóreas y los riesgos geológicos asociados a desprendimientos y/o deslizamientos
resultado de los movimientos de tierra previstos. Por su parte, los riesgos tecnológicos
se consideran compatibles, puesto que la ejecución del proyecto no supondría ningún
proceso químico o transporte de mercancías peligrosas.
Con respecto a los riesgos en el transporte, el promotor considera que son
compatibles con la ejecución del proyecto, pues no se prevé afección alguna sobre las
infraestructuras ya existentes y que se encuentran más próximas al área de estudio.
Durante la fase de explotación, los riesgos naturales identificados en el área de
estudio serían los mismos, a excepción del riesgo de incendio forestal, que se podría ver
incrementado nuevamente en el tramo de LAAT del «Sector Caspe» mencionado
anteriormente. Con respecto a los riesgos tecnológicos y en el transporte evaluados, el
cve: BOE-A-2023-17616
Verificable en https://www.boe.es
c)