III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-17617)
Resolución de 18 de julio de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques eólicos Alcione, Propus, Polaris y Ain, de 49,50 MW cada uno, y sus infraestructuras de evacuación en la provincia de Huesca".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181

Lunes 31 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 113299

La siguiente tabla muestra el resumen de movimientos de tierra en los parques
eólicos:
Parques eólicos Desmonte (m3) Terraplén (m3) Zahorras (m3) Tierra vegetal (m3)

Propus.

30.370,20

20.767,40

25.813,8

34.049

Polaris.

34.694,10

21.186,30

15.645,6

29.626

Ain.

11.508,80

21.238,80

11.126,3

31.503

Alcione.

20.830,40

27.918,40

9.087,7

31.879

El EsIA indica que buena parte del excedente de tierras se podría utilizar para
restaurar taludes, mejorar fincas agrícolas o superficies degradadas cercanas.
Entre la batería de medidas preventivas del EsIA, destacan: limitar las superficies de
ocupación a las mínimas estrictamente necesarias mediante la señalización de los
límites de las distintas zonas de obra; evitar el tránsito de vehículos fuera de las zonas
autorizadas; evitar la realización de movimientos de tierras durante momentos de fuertes
lluvias; utilizar acopios diferentes para las tierras vegetales y el material de excavación;
restaurar y recuperar al máximo las características fisiográficas originales de la totalidad
de las superficies afectadas; realizar los trabajos de restauración y revegetación de
manera simultánea al desarrollo de las obras; en caso de ser necesario aportar de tierras
del exterior, éstas procederán de canteras debidamente legalizadas.
Esta Dirección General añade una serie de medidas preventivas y correctoras en el
condicionado de la presente resolución.

El área de estudio se enmarca en la Cuenca Hidrográfica del Ebro, en la subcuenca
hidrográfica del río Alcanadre. La red hidrológica superficial está representada por
numerosos cauces y arroyos. El promotor, atendiendo a la cartografía disponible de la
Confederación Hidrográfica del Ebro, señala que las infraestructuras del parque eólico se
proyectan fuera de la red de drenaje natural del terreno y del dominio público hidráulico
(DPH), a excepción del trazado de la línea aérea de evacuación, que realiza
cruzamientos con los ríos Alcanadre (T7-T8, 15 m), Flumen (T13-T14, 40 m) y barranco
de Moncalver (T21-T2, 5 m), barranco de Viñas y así como otros barrancos innominados.
Asimismo, según la CHE en el ámbito de estudio no existen masas de agua
subterráneas, incluyendo la zona protegida de aguas subterráneas según la
Confederación Hidrográfica del Ebro (incluidos en el Decreto 328/1988). Tal y como se
indica en el EsIA, los cruzamientos se efectuarán tomando las medidas preventivas y de
seguridad necesarias a fin de no afectar a la integridad de los cauces ni a la calidad de
sus aguas tanto en fase de construcción como en fase de explotación.
Según el EsIA, las actuaciones proyectadas podrían suponer la pérdida de calidad de
las aguas superficiales y subterráneas debido al aumento de sólidos en suspensión y al
vertido accidental de aceites y combustibles. Además, se producirán alteraciones en el
régimen de escorrentía superficial, como consecuencia del movimiento de tierras. El
promotor considera que una vez adoptadas las medidas preventivas propuestas en el
EsIA, el impacto sobre la hidrología superficial y subterránea sería compatible.
La Confederación Hidrográfica del Ebro en el informe del 17 de noviembre de 2021
propone una serie de condiciones generales de protección del estado natural de los
cauces y del Dominio Público Hidráulico (DPH), las cuales se han incluido en el apartado
de condiciones de la presente resolución.
b.4) Flora, vegetación y hábitats de interés comunitario (HIC).
De acuerdo con el EsIA, la vegetación general del área de estudio se compone
fundamentalmente de cultivos herbáceos de secano y de regadío, pastizal-matorral

cve: BOE-A-2023-17617
Verificable en https://www.boe.es

b.3) Agua.