III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-17617)
Resolución de 18 de julio de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques eólicos Alcione, Propus, Polaris y Ain, de 49,50 MW cada uno, y sus infraestructuras de evacuación en la provincia de Huesca".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181

Lunes 31 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 113308

Asimismo, indica que una vez entraran en servicio las nuevas instalaciones previstas
los riesgos naturales identificados en el ámbito de estudio, serían siendo prácticamente
los mismos. El único riesgo natural que podría incrementarse sería el relativo a incendios
forestales en el cruce de los ríos Flumen y Alcanadre.
Para asegurar la minimización del riesgo por inundación, la Dirección General de
Interior y Protección Civil del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales
del Gobierno de Aragón, considera que, la ejecución de los viales, obras de fábrica y
edificaciones deben asegurar que no producen la alteración de los caudales circulantes
por los cauces y canales existentes. Además, será necesario el cumplimiento de los
condicionantes establecidos por la Confederación Hidrográfica del Ebro, las cuales se
especifican en el apartado ii) Condiciones relativas a medidas preventivas, correctoras y
compensatorias para los impactos más significativos, subapartado Agua en la presente
resolución.
En todo caso y al igual que los aspectos técnicos del proyecto, como el propio diseño
de este, la vulnerabilidad del proyecto (atendiendo al análisis realizado por el promotor)
es un factor más a considerar en la decisión de autorización del proyecto por parte del
órgano sustantivo. Respecto a la vulnerabilidad del proyecto frente accidentes graves y/o
catástrofes naturales la presente propuesta recoge, resume y traslada los
pronunciamientos de las autoridades competentes en la materia y las cuestiones
suscitadas en el procedimiento de participación pública para su valoración por el órgano
sustantivo, como órgano competente en esta materia, previo a la autorización del
proyecto.
Programa de Vigilancia Ambiental (PVA).

El objetivo del Programa de Vigilancia Ambiental (PVA) incluido en el EsIA es
garantizar la aplicación y comprobar la eficacia de las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias, así como detectar impactos no previstos y proponer las
correspondientes medidas para reducirlos eliminarlos y/o compensarlos. En cada una de
las fases del programa, se realizará un seguimiento de la eficacia de las medidas
adoptadas y sus criterios de aplicación, mediante inspecciones y la emisión de los
correspondientes informes de vigilancia.
Según la documentación que consta en el expediente, el PVA se aplicará como
mínimo durante los cinco primeros años de funcionamiento de las infraestructuras
proyectadas. El seguimiento y control comprende la totalidad de las superficies afectadas
por las obras del proyecto, evaluadas en el EsIA y en las adendas posteriores.
Durante la fase de construcción, se realizará un seguimiento con visitas quincenales
para comprobar que las obras se ejecutan conforme establece el proyecto y que las
medidas ambientales propuestas se aplican correctamente. En el PVA se indican los
controles a realizar sobre la calidad del aire, ruido, agua, suelos, residuos, vegetación,
fauna, infraestructuras y patrimonio cultural.
En la fase de explotación, el seguimiento contempla el control de los niveles de ruido,
contaminación lumínica, calidad del agua, procesos erosivos, restauración vegetal,
control de incendios, seguimiento de la siniestrabilidad de aves y quirópteros durante los
primeros cinco años de explotación, seguimiento del uso del espacio aéreo en los
parques eólicos y la LAAT por parte de la avifauna, control de la instalación de las cajas
nido, refugios para quirópteros y gestión de residuos.
En el EsIA se indica que el seguimiento en la fase de explotación incluye la redacción
y emisión de informes durante los cinco primeros años de funcionamiento, realizando
visitas semanales para el parque eólico y la línea de evacuación y mensuales para la
subestación.
El seguimiento específico de las aves y quirópteros, atendiendo al protocolo que
proponga el Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad del Gobierno de Aragón,
incluye realizar test de detectabilidad, test de permanencia de cadáveres y un estudio de
mortandad con objeto de realizar las estimas de mortalidad real con la mayor precisión
posible. Asimismo, se realizará un seguimiento de uso del espacio y de abundancia

cve: BOE-A-2023-17617
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