III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Subvenciones. (BOE-A-2023-17623)
Orden TED/898/2023, de 20 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo de actividades de interés general consideradas de interés social, en el ámbito de la investigación científica y técnica y protección al medio ambiente en materias de competencia estatal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 31 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 113370
De tal modo se cumpliría con lo manifestado en la reiterada doctrina constitucional,
establecida entre otras en la STC 49/2013, de 28 de febrero y en la STS 1100/2022,
de 27 de julio en la que se indica que para la «la gestión directa y centralizada de las
subvenciones (se efectuará por el Estado) para asegurar su plena efectividad, para
garantizar iguales posibilidades de obtención y disfrute por parte de sus potenciales
destinatarios en todo el territorio nacional o, por último, cuando dicha centralización sea
un medio necesario para evitar que se sobrepase la cuantía global de los fondos
destinados a la subvención.»
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, es necesario indicar que las presentes ayudas no
se contemplan en el Plan Estratégico de Subvenciones 2022-2024 del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico. En el momento de la revisión del citado plan
para la anualidad 2023 no existían unas líneas y objetivos establecidos, por lo que no era
posible introducir las subvenciones aquí reguladas en el Plan Estratégico de
Subvenciones.
Mediante la aprobación de las presentes bases reguladoras se potenciará la
consecución de los objetivos estratégicos «2. Potenciar una transición energética y
climática justa, inclusiva y sostenible», «3. Conservación y restauración de ecosistemas y
su biodiversidad» y «4. Preservación del espacio litoral y los recursos hídricos»
establecidos en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico. Todo ello será posible mediante el otorgamiento de
ayudas a las actividades de investigación que permitirán mejorar el conocimiento, la
sensibilización y aumentar el conocimiento relacionado con la pérdida de biodiversidad y
contribución a la transición ecológica, la conservación y restauración de ecosistemas
marinos y la biodiversidad marina y el estado de conservación y eliminación de
amenazas del Dominio Público Hidráulico (DPH) y del Dominio Público Marítimo
Terrestre (DPMT) competencia de la Administración General del Estado (AGE).
Por todo ello, y pese a no figurar en el Plan Estratégico de Subvenciones, estas
ayudas son necesarias para conseguir un adecuado cumplimiento del mismo y poder
cumplir con lo establecido en el Real Decreto-ley 7/2013, de 28 de junio, de medidas
urgentes de naturaleza tributaria, presupuestaria y de fomento de la investigación, el
desarrollo y la innovación establece los ámbitos a que debe destinarse la asignación
tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), entre los que se
encuentra la protección del medio ambiente.
Así, partiendo de los preceptos constitucionales, del Real Decreto-ley 7/2013, de 28
de junio, de la Ley 45/2005 de 14 de octubre, del voluntariado y de las competencias del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, se establecen las bases
para el otorgamiento de subvenciones para la realización de actividades de investigación
científica y técnica de carácter medioambiental.
La tipología de las actividades realizadas por las entidades beneficiarias de las
subvenciones será tanto operativa como relacionada con la promoción. Serán en todo
caso, actividades de investigación científica contribuyentes a fortalecer el conocimiento
de la sociedad civil en materias medioambientales y climáticas y para implementar de
modo inclusivo las políticas y legislaciones de la Unión Europea en el ámbito nacional.
Se centrarán en la mejora del conocimiento y así mismo en la sensibilización y
concienciación a nivel estatal.
Para todo ello, con base en las competencias del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, y de conformidad con lo dispuesto en el Real Decretoley 7/2013, de 28 de junio, que establece el sistema de participación del Tercer Sector
medio ambiental en los fondos recaudados con el Impuesto de la Renta de las Personas
Físicas (IRPF); y en la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado, se establecen las
bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia
competitiva, para el desarrollo de actividades de interés general consideradas de interés
social, en el ámbito de la investigación científica y técnica y protección al medio
ambiente.
cve: BOE-A-2023-17623
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 181
Lunes 31 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 113370
De tal modo se cumpliría con lo manifestado en la reiterada doctrina constitucional,
establecida entre otras en la STC 49/2013, de 28 de febrero y en la STS 1100/2022,
de 27 de julio en la que se indica que para la «la gestión directa y centralizada de las
subvenciones (se efectuará por el Estado) para asegurar su plena efectividad, para
garantizar iguales posibilidades de obtención y disfrute por parte de sus potenciales
destinatarios en todo el territorio nacional o, por último, cuando dicha centralización sea
un medio necesario para evitar que se sobrepase la cuantía global de los fondos
destinados a la subvención.»
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, es necesario indicar que las presentes ayudas no
se contemplan en el Plan Estratégico de Subvenciones 2022-2024 del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico. En el momento de la revisión del citado plan
para la anualidad 2023 no existían unas líneas y objetivos establecidos, por lo que no era
posible introducir las subvenciones aquí reguladas en el Plan Estratégico de
Subvenciones.
Mediante la aprobación de las presentes bases reguladoras se potenciará la
consecución de los objetivos estratégicos «2. Potenciar una transición energética y
climática justa, inclusiva y sostenible», «3. Conservación y restauración de ecosistemas y
su biodiversidad» y «4. Preservación del espacio litoral y los recursos hídricos»
establecidos en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico. Todo ello será posible mediante el otorgamiento de
ayudas a las actividades de investigación que permitirán mejorar el conocimiento, la
sensibilización y aumentar el conocimiento relacionado con la pérdida de biodiversidad y
contribución a la transición ecológica, la conservación y restauración de ecosistemas
marinos y la biodiversidad marina y el estado de conservación y eliminación de
amenazas del Dominio Público Hidráulico (DPH) y del Dominio Público Marítimo
Terrestre (DPMT) competencia de la Administración General del Estado (AGE).
Por todo ello, y pese a no figurar en el Plan Estratégico de Subvenciones, estas
ayudas son necesarias para conseguir un adecuado cumplimiento del mismo y poder
cumplir con lo establecido en el Real Decreto-ley 7/2013, de 28 de junio, de medidas
urgentes de naturaleza tributaria, presupuestaria y de fomento de la investigación, el
desarrollo y la innovación establece los ámbitos a que debe destinarse la asignación
tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), entre los que se
encuentra la protección del medio ambiente.
Así, partiendo de los preceptos constitucionales, del Real Decreto-ley 7/2013, de 28
de junio, de la Ley 45/2005 de 14 de octubre, del voluntariado y de las competencias del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, se establecen las bases
para el otorgamiento de subvenciones para la realización de actividades de investigación
científica y técnica de carácter medioambiental.
La tipología de las actividades realizadas por las entidades beneficiarias de las
subvenciones será tanto operativa como relacionada con la promoción. Serán en todo
caso, actividades de investigación científica contribuyentes a fortalecer el conocimiento
de la sociedad civil en materias medioambientales y climáticas y para implementar de
modo inclusivo las políticas y legislaciones de la Unión Europea en el ámbito nacional.
Se centrarán en la mejora del conocimiento y así mismo en la sensibilización y
concienciación a nivel estatal.
Para todo ello, con base en las competencias del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, y de conformidad con lo dispuesto en el Real Decretoley 7/2013, de 28 de junio, que establece el sistema de participación del Tercer Sector
medio ambiental en los fondos recaudados con el Impuesto de la Renta de las Personas
Físicas (IRPF); y en la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado, se establecen las
bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia
competitiva, para el desarrollo de actividades de interés general consideradas de interés
social, en el ámbito de la investigación científica y técnica y protección al medio
ambiente.
cve: BOE-A-2023-17623
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 181