III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Subvenciones. (BOE-A-2023-17623)
Orden TED/898/2023, de 20 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo de actividades de interés general consideradas de interés social, en el ámbito de la investigación científica y técnica y protección al medio ambiente en materias de competencia estatal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 31 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 113385

En ningún caso el importe que se abonará será superior al concedido.
4. Los beneficiarios están obligados a acreditar la realización de los proyectos que
han sido objeto de la subvención, como máximo, en el plazo de un mes desde la
finalización del plazo para la realización de la actividad, mediante la presentación de la
correspondiente cuenta justificativa, teniendo en cuenta lo establecido en los apartados
quinto y sexto del presente artículo, que incluirá:
a) Una memoria, por cada actividad subvencionada, justificativa del cumplimiento
de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con el siguiente
contenido mínimo:
1.º) Entidad beneficiaria.
2.º) Denominación de la actividad o proyecto subvencionado.
3.º) Breve resumen del contenido del proyecto.
4.º) Período y lugares de ejecución.
5.º) Actividades realizadas y su cronograma valorado.
6.º) Resumen económico: Importe subvencionado, estado de liquidación del
proyecto, desglosado por conceptos de gasto y por origen de financiación.
7.º) Objetivos previstos, cuantificados en la medida de lo posible.
8.º) Resultados obtenidos y grado de cumplimiento de los objetivos previstos,
cuantificados y valorados.
9.º) Análisis de las desviaciones, en su caso, producidas entre los resultados
obtenidos y los objetivos de previstos.
10.º) Conclusiones tras la realización de la actividad.
11.º) En esta memoria se debe especificar explícitamente dónde y cómo se han
incorporado la publicidad de la financiación del Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico.
Una vez publicada la convocatoria se fijará un formato de memoria de actividades en
el Documento de Instrucciones para la Gestión, Seguimiento y Justificación de las
subvenciones.
Con la presentación de los proyectos de investigación, las personas autoras declaran
responsablemente que no infringen ni infringirán derechos de terceros, en general,
derechos de propiedad intelectual, morales ni de explotación de terceros, ni derechos de
propia imagen de terceros, en particular; y que han obtenido las preceptivas licencias y
autorizaciones necesarias.
b) Una memoria económica justificativa abreviada, que incorporará como mínimo
los siguientes documentos:
1.º) Certificación en la que expresen las subvenciones o ayudas percibidas para la
misma finalidad con indicación del importe y su procedencia.
2.º) Estado representativo de los gastos incurridos en la realización de cada uno de
los proyectos subvencionados, debidamente agrupados y, en su caso, las cantidades
inicialmente presupuestadas y las desviaciones acaecidas. ´
3.º) Una relación clasificada por cada concepto de gasto autorizado, con
identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso,
fecha de pago, conforme con la clasificación de gastos descrita.
4.º) En el caso de adquisición de bienes inmuebles, además de los justificantes
establecidos en el artículo 30.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, deberá aportarse
certificado de tasador independiente debidamente acreditado e inscrito en el
correspondiente registro oficial.
5.º) En el caso de adquisición de bienes inscribibles en un registro público se
aportará copia de la escritura pública y su inscripción en el registro público
correspondiente, de acuerdo con el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y
del artículo 4.6 a) de esta orden.

cve: BOE-A-2023-17623
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Núm. 181