III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Subvenciones. (BOE-A-2023-17623)
Orden TED/898/2023, de 20 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo de actividades de interés general consideradas de interés social, en el ámbito de la investigación científica y técnica y protección al medio ambiente en materias de competencia estatal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181

Lunes 31 de julio de 2023

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días, indicándole que si no lo hiciere se le tendrá por desistido de su solicitud, previa
resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 68 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Artículo 15.

Ordenación e instrucción.

1. El órgano competente para la ordenación del procedimiento será la persona
titular de la Subsecretaría para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
2. La instrucción de procedimiento se realizará por la persona titular de la Dirección
General de Servicios de la Subsecretaría para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, en los términos previstos en los artículos 22 y 24 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre.
3. Tras el examen de las solicitudes por el órgano instructor, en aplicación del
artículo 24.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, la Comisión de valoración analizará
las propuestas y, tras deliberación, emitirá un informe en el que se concretará el
resultado de la evaluación efectuada, tal y como se establece en el artículo 24.4 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
4. El funcionamiento de la Comisión de valoración se ajustará a lo previsto en la
sección 3.º del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Esta
Comisión de valoración se conforma con los medios personales y materiales del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Los miembros de la
comisión de valoración, que pertenecerán a un órgano distinto al que tiene
encomendadas las funciones de instrucción, serán designados por la persona titular de
la Subsecretaría para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y estará constituida
de la siguiente forma:

El nombramiento de la Comisión de Valoración se llevará a cabo una vez publicado
el extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y con una antelación, de
al menos, quince días a la evaluación de las solicitudes. La composición de la Comisión
de Valoración, así como las personas suplentes, se publicará en la sede electrónica
asociada al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
5. El Órgano Instructor, a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado,
formulará propuesta de resolución provisional debidamente motivada que deberá
notificarse a los interesados en la forma que establezca la convocatoria, y se concederá
un plazo de diez días para presentar alegaciones y su aceptación o renuncia.
En caso de no recibirse la aceptación dentro del plazo señalado en el párrafo anterior
se presumirá la renuncia de la entidad.
6. Se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en procedimiento
ni sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas
por los interesados. En este caso, la propuesta de resolución formulada tendrá el
carácter de definitiva.
La propuesta de resolución definitiva será notificada por el órgano instructor a las
entidades propuestas como beneficiarias, para que comuniquen su aceptación o
renuncia, en el plazo máximo de 10 días hábiles, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 24.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

cve: BOE-A-2023-17623
Verificable en https://www.boe.es

a) Presidencia: Un funcionario de carrera con nivel 30 que preste servicios en la
Subsecretaría para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. En caso de ausencia
o de enfermedad u otra causa legal, la persona que ostente la presidencia será sustituida
por el miembro del órgano colegiado de mayor jerarquía, antigüedad y edad por este
orden.
b) Vocalías: Cinco funcionarios de carrera del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, con nivel 26 o superior. c) Secretaría: Un funcionario
de carrera de la Subsecretaría para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, con
voz, pero sin voto, con nivel 26 o superior.