III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2023-17482)
Resolución 420/38310/2023, de 20 de julio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para la realización del módulo profesional de formación en centros de trabajo y otras prácticas formativas, en el ámbito sanitario del Ministerio de Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180
Sábado 29 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 112585
Séptimo.
Que ambas partes consideran de interés general y mutuo acuerdo potenciar la
formación en centros de trabajo en Madrid, establecer una cooperación estrecha y fluida
entre la Administración educativa de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la
Inspección General de Sanidad de la Defensa, a través de sus Unidades en Madrid, con el
fin de alcanzar una Formación Profesional adaptada a las necesidades reales de su
entorno productivo, como forma de impulsar el desarrollo profesional de los ciudadanos.
Consecuentemente, fruto de la colaboración que se ha venido manteniendo desde la
firma del convenio antes citado, ambas instituciones desean seguir colaborando y
apoyándose mutuamente.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es mejorar la formación práctica de los alumnos que
cursan enseñanzas de la familia profesional de Sanidad en centros docentes con oferta
de Formación Profesional del sistema educativo de Castilla-La Mancha (centros
educativos), en el módulo profesional de formación en centros de trabajo y otras
prácticas formativas, a realizar en las Unidades, Centros y Organismos en Madrid de la
Inspección General de Sanidad de la Defensa (IGESANDEF), de tal forma que se
completen y amplíen los conocimientos y habilidades por ellos adquiridos y se facilite la
coparticipación, en todos los ámbitos, con objeto de extraer el máximo rendimiento a los
recursos disponibles. Asimismo, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
favorecerá la formación profesional de la familia profesional de Sanidad del personal
militar profesional de tropa y marinería de las Fuerzas Armadas con el objeto de su
inserción en el mercado laboral.
Aportaciones del Ministerio de Defensa.
1. La dirección de la IGESANDEF podrá ofertar un número máximo de plazas, en
sus unidades, centros y organismos en Madrid, por cada centro y especialidad en
enseñanzas de la familia profesional de Sanidad al comienzo de cada curso escolar, en
base a la petición realizada a tal efecto por los centros educativos. El periodo de
realización de las prácticas será preferentemente el tercer trimestre de cada curso
escolar, o, en su defecto, en cualquier otro periodo dentro del curso escolar.
El Ministerio de Defensa (MINISDEF), a través de la IGENSADEF, está de acuerdo
en fomentar la cooperación con la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
(CACM), en todos aquellos asuntos de responsabilidad e interés para ambas y, en
especial, en el campo de la salud pública y de las posibles sinergias de la actuación
coordinada, que puedan identificarse durante la vigencia del presente convenio.
2. La dirección de la IGESANDEF nombrará un coordinador de formación externa,
quien será el interlocutor con los centros educativos. Asimismo, nombrará como tutores,
en cada uno de los acuerdos que se concreten en la reunión convocada al efecto de la
Comisión de Seguimiento contemplada en la cláusula sexta, a profesionales que
desempeñen los trabajos más relacionados con los alumnos en prácticas. Éstos serán
quienes acordarán, junto con los profesores-tutores de los centros educativos, el
Programa Formativo que van a desarrollar los alumnos y se responsabilizarán de su
seguimiento y evaluación. También facilitará al profesor-tutor del centro educativo el
acceso a las unidades, centros y organismos de la IGESANDEF y las actuaciones de
valoración y supervisión del Programa Formativo.
cve: BOE-A-2023-17482
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 180
Sábado 29 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 112585
Séptimo.
Que ambas partes consideran de interés general y mutuo acuerdo potenciar la
formación en centros de trabajo en Madrid, establecer una cooperación estrecha y fluida
entre la Administración educativa de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la
Inspección General de Sanidad de la Defensa, a través de sus Unidades en Madrid, con el
fin de alcanzar una Formación Profesional adaptada a las necesidades reales de su
entorno productivo, como forma de impulsar el desarrollo profesional de los ciudadanos.
Consecuentemente, fruto de la colaboración que se ha venido manteniendo desde la
firma del convenio antes citado, ambas instituciones desean seguir colaborando y
apoyándose mutuamente.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es mejorar la formación práctica de los alumnos que
cursan enseñanzas de la familia profesional de Sanidad en centros docentes con oferta
de Formación Profesional del sistema educativo de Castilla-La Mancha (centros
educativos), en el módulo profesional de formación en centros de trabajo y otras
prácticas formativas, a realizar en las Unidades, Centros y Organismos en Madrid de la
Inspección General de Sanidad de la Defensa (IGESANDEF), de tal forma que se
completen y amplíen los conocimientos y habilidades por ellos adquiridos y se facilite la
coparticipación, en todos los ámbitos, con objeto de extraer el máximo rendimiento a los
recursos disponibles. Asimismo, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
favorecerá la formación profesional de la familia profesional de Sanidad del personal
militar profesional de tropa y marinería de las Fuerzas Armadas con el objeto de su
inserción en el mercado laboral.
Aportaciones del Ministerio de Defensa.
1. La dirección de la IGESANDEF podrá ofertar un número máximo de plazas, en
sus unidades, centros y organismos en Madrid, por cada centro y especialidad en
enseñanzas de la familia profesional de Sanidad al comienzo de cada curso escolar, en
base a la petición realizada a tal efecto por los centros educativos. El periodo de
realización de las prácticas será preferentemente el tercer trimestre de cada curso
escolar, o, en su defecto, en cualquier otro periodo dentro del curso escolar.
El Ministerio de Defensa (MINISDEF), a través de la IGENSADEF, está de acuerdo
en fomentar la cooperación con la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
(CACM), en todos aquellos asuntos de responsabilidad e interés para ambas y, en
especial, en el campo de la salud pública y de las posibles sinergias de la actuación
coordinada, que puedan identificarse durante la vigencia del presente convenio.
2. La dirección de la IGESANDEF nombrará un coordinador de formación externa,
quien será el interlocutor con los centros educativos. Asimismo, nombrará como tutores,
en cada uno de los acuerdos que se concreten en la reunión convocada al efecto de la
Comisión de Seguimiento contemplada en la cláusula sexta, a profesionales que
desempeñen los trabajos más relacionados con los alumnos en prácticas. Éstos serán
quienes acordarán, junto con los profesores-tutores de los centros educativos, el
Programa Formativo que van a desarrollar los alumnos y se responsabilizarán de su
seguimiento y evaluación. También facilitará al profesor-tutor del centro educativo el
acceso a las unidades, centros y organismos de la IGESANDEF y las actuaciones de
valoración y supervisión del Programa Formativo.
cve: BOE-A-2023-17482
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.