III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-17510)
Resolución de 20 de julio de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid, para la regulación del Centro de Biología Molecular Severo Ochoa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180

Sábado 29 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 112762

En razón de todo ello, las partes proceden a formalizar el presente convenio, de
acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

1. El objeto de este convenio es la regulación del Centro de Biología Molecular
Severo Ochoa (en adelante CBM), centro mixto de investigación de titularidad
compartida entre el CSIC y la UAM creado en 1984, estableciendo:
I. La misión, naturaleza y funciones del Centro.
II. Los medios materiales y personales que constituyen el Centro.
III. Las bases de la organización del Centro, definiendo sus órganos de gobierno,
directivos, de gestión y de asesoramiento.
IV. El régimen compartido del personal, las instalaciones y el equipamiento e
infraestructura científica del Centro.
V. El régimen de planificación, gestión y difusión de la actividad científica del
Centro, así como la imagen corporativa.
VI. El régimen aplicable a los resultados de la investigación producida en el Centro
y su transferencia y explotación, así como la confidencialidad y la protección de datos.
VII. Las bases del régimen de gestión económica y el presupuesto del Centro.
VIII. La vigencia, causas de extinción y liquidación del Centro, así como las normas
sobre desvinculación e incorporación de nuevas entidades.
2. El presente convenio se desarrollará, en sus aspectos organizativos, económicopresupuestarios y de funcionamiento operativo mediante un Reglamento de Régimen Interno
(en adelante, RRI) del Centro, que se aprobará por las instituciones cotitulares, sin perjuicio
de la capacidad de la Comisión Rectora para proponerles su modificación –siempre que no
se altere el contenido del convenio– y para la aprobación de normas internas específicas de
desarrollo del funcionamiento del Centro en aquellos aspectos que sea necesario y/o se
prevea expresamente en este convenio.
CAPÍTULO I
Misión, naturaleza y funciones
Segunda.

Misión y objetivos generales del Centro.

a) Contribuir al avance de la investigación y el desarrollo tecnológico en distintas
áreas de la biología molecular y a su proyección internacional.
b) Contribuir al progreso y aumento de la competitividad del sector productivo
mediante la difusión nacional e internacional del conocimiento generado y la
transferencia de sus resultados, mejorando las condiciones de vida de la sociedad y
dando respuesta a los retos que se le planteen.
c) Promover la cultura científica difundiendo sus actividades a la sociedad.
d) Promover la conexión e interacción entre la investigación y la docencia universitaria.
Tercera. Naturaleza y régimen jurídico del Centro.
1. El CBM se constituye como una estructura mixta de investigación de titularidad
compartida entre las partes firmantes, sin personalidad jurídica propia y con autonomía

cve: BOE-A-2023-17510
Verificable en https://www.boe.es

1. El CBM tiene la finalidad de llevar a cabo, en un marco de colaboración,
actividades de investigación, formación, transferencia y divulgación en el ámbito de la
biología molecular, promoviendo un enfoque interdisciplinar.
2. En cumplimiento de su misión, el CBM tendrá los siguientes objetivos generales: