III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-17506)
Resolución de 17 de julio de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Rediseño de las maniobras de salida, llegada y aproximaciones instrumentales para el aeropuerto de Málaga-Costa del Sol. Proyecto Midas".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180
Sábado 29 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 112731
la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se formula declaración de
impacto ambiental sobre el proyecto de «Ampliación del campo de vuelos del aeropuerto de
Málaga, Torremolinos y Málaga (Málaga)», relativa a la protección Paraje Natural
«Desembocadura del Guadalhorce» durante las maniobras excepcionales que deban sobrevolar
el espacio protegido, que se recoge en el apartado «e» de la presente resolución
(prescripción 1).
Riesgos ambientales.
El promotor indica que las actuaciones que se definen y evalúan hacen referencia a la
modernización de maniobras en el espacio aéreo, por lo que el proyecto no es vulnerable a los
riesgos de accidentes o catástrofes que menciona Ley de evaluación ambiental, y el promotor no
considera de aplicación el análisis requerido en su artículo 45.f.
La Dirección General de Emergencias y Protección Civil de la Junta de Andalucía
informa de que la documentación ambiental aportada por el promotor es coherente con
los aspectos relacionados con las actuaciones y competencias de esta Dirección
General, no formulándose objeciones al proyecto.
La vulnerabilidad del proyecto frente accidentes graves y/o catástrofes naturales es
un factor a considerar en el procedimiento de su autorización. Respecto a ello, la
presente resolución recoge, resume y traslada los pronunciamientos de las autoridades
competentes en la materia, para su valoración por el órgano sustantivo previo a la
autorización del proyecto.
d. Programa de vigilancia ambiental (PVA)
– Ruido: Se comprobará que los niveles sonoros producidos por la implementación
del proyecto se ajustan a las previsiones realizadas en el documento ambiental; se
realizará el seguimiento de los niveles de inmisión producidos en puntos receptores del
entorno aeroportuario afectados por las nuevas maniobras RNAV a partir de los datos
registrados en el sistema de monitoreo de ruido del aeropuerto. Los parámetros de
control serán los definidos en la normativa vigente.
– Emisiones atmosféricas: Se realizará el seguimiento de las emisiones asociadas a
las nuevas maniobras; la monitorización de las esperas con las nuevas maniobras en
relación con el número de vuelos totales; el cálculo del consumo anual de combustible y
de emisiones anuales equivalentes de CO2, así como, la comparación con el escenario
actual (previo la ejecución del proyecto).
– Avifauna: Se realizará el seguimiento sobre las notificaciones de incidentes de
tráfico de aeronaves con avifauna para analizar la evolución de los impactos con aves
respecto a la situación anterior a la implementación de MIDAS. Se mantendrán contactos
con AENA, al objeto de solicitarles esta información y poder llevar a cabo el seguimiento
de la afección a la avifauna.
– Operativa del aeropuerto: se realizará la revisión de la operativa del tráfico aéreo
en el aeropuerto a partir de la entrada en vigor de los nuevos procedimientos RNAV
propuestos, al objeto de comprobar la adherencia de las operaciones reales a los
procedimientos de salida y llegada diseñados y publicados en el AIP-España, prestando
especial atención a los tramos de salidas con altitudes inferiores a los 10.000 pies y los
tramos de aproximación con altitudes desde los 5.000 pies.
El promotor propone llevar a cabo estos controles anuales, durante el año siguiente a
partir de la puesta en funcionamiento de los nuevos procedimientos y remitir los
cve: BOE-A-2023-17506
Verificable en https://www.boe.es
El EsIA incluye un PVA que tendrá como objetivos el seguimiento ambiental de los
impactos detectados, verificar su evolución y alcance, así como detectar la posible
aparición de efectos no previstos para incorporar, en su caso, medidas adicionales para
su corrección.
Las actuaciones de seguimiento previstas por el promotor en el documento ambiental son:
Núm. 180
Sábado 29 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 112731
la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se formula declaración de
impacto ambiental sobre el proyecto de «Ampliación del campo de vuelos del aeropuerto de
Málaga, Torremolinos y Málaga (Málaga)», relativa a la protección Paraje Natural
«Desembocadura del Guadalhorce» durante las maniobras excepcionales que deban sobrevolar
el espacio protegido, que se recoge en el apartado «e» de la presente resolución
(prescripción 1).
Riesgos ambientales.
El promotor indica que las actuaciones que se definen y evalúan hacen referencia a la
modernización de maniobras en el espacio aéreo, por lo que el proyecto no es vulnerable a los
riesgos de accidentes o catástrofes que menciona Ley de evaluación ambiental, y el promotor no
considera de aplicación el análisis requerido en su artículo 45.f.
La Dirección General de Emergencias y Protección Civil de la Junta de Andalucía
informa de que la documentación ambiental aportada por el promotor es coherente con
los aspectos relacionados con las actuaciones y competencias de esta Dirección
General, no formulándose objeciones al proyecto.
La vulnerabilidad del proyecto frente accidentes graves y/o catástrofes naturales es
un factor a considerar en el procedimiento de su autorización. Respecto a ello, la
presente resolución recoge, resume y traslada los pronunciamientos de las autoridades
competentes en la materia, para su valoración por el órgano sustantivo previo a la
autorización del proyecto.
d. Programa de vigilancia ambiental (PVA)
– Ruido: Se comprobará que los niveles sonoros producidos por la implementación
del proyecto se ajustan a las previsiones realizadas en el documento ambiental; se
realizará el seguimiento de los niveles de inmisión producidos en puntos receptores del
entorno aeroportuario afectados por las nuevas maniobras RNAV a partir de los datos
registrados en el sistema de monitoreo de ruido del aeropuerto. Los parámetros de
control serán los definidos en la normativa vigente.
– Emisiones atmosféricas: Se realizará el seguimiento de las emisiones asociadas a
las nuevas maniobras; la monitorización de las esperas con las nuevas maniobras en
relación con el número de vuelos totales; el cálculo del consumo anual de combustible y
de emisiones anuales equivalentes de CO2, así como, la comparación con el escenario
actual (previo la ejecución del proyecto).
– Avifauna: Se realizará el seguimiento sobre las notificaciones de incidentes de
tráfico de aeronaves con avifauna para analizar la evolución de los impactos con aves
respecto a la situación anterior a la implementación de MIDAS. Se mantendrán contactos
con AENA, al objeto de solicitarles esta información y poder llevar a cabo el seguimiento
de la afección a la avifauna.
– Operativa del aeropuerto: se realizará la revisión de la operativa del tráfico aéreo
en el aeropuerto a partir de la entrada en vigor de los nuevos procedimientos RNAV
propuestos, al objeto de comprobar la adherencia de las operaciones reales a los
procedimientos de salida y llegada diseñados y publicados en el AIP-España, prestando
especial atención a los tramos de salidas con altitudes inferiores a los 10.000 pies y los
tramos de aproximación con altitudes desde los 5.000 pies.
El promotor propone llevar a cabo estos controles anuales, durante el año siguiente a
partir de la puesta en funcionamiento de los nuevos procedimientos y remitir los
cve: BOE-A-2023-17506
Verificable en https://www.boe.es
El EsIA incluye un PVA que tendrá como objetivos el seguimiento ambiental de los
impactos detectados, verificar su evolución y alcance, así como detectar la posible
aparición de efectos no previstos para incorporar, en su caso, medidas adicionales para
su corrección.
Las actuaciones de seguimiento previstas por el promotor en el documento ambiental son: