III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-17361)
Resolución de 14 de julio de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del "7.º Plan General de Residuos Radioactivos".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178
Jueves 27 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 109677
Medidas
Criterio ambiental
17. Garantizar el acceso a la
información, a la participación pública
y a la justicia en materia de medio
ambiente.
Población.
Objetivo de protección ambiental
Para garantizar el cumplimiento de
los objetivos de protección
ambiental
Preventivas y
correctoras de impacto
17.1. Vigilar que se organicen la
información y participación públicas
necesarias en lo que respecta a las
medidas a desarrollar por el 7 Plan
General de Residuos Radioactivos.
17.A. Mantenimiento y vigilancia del
cumplimiento de la política de
transparencia y de responsabilidad
social de Enresa prevista en el 7.º
Plan General de Residuos
Radioactivos.
17.2. Vigilar que se cumple el
Acuerdo sobre cooperación en
materia de seguridad de las
instalaciones nucleares fronterizas.
17.B. Elaboración de la
documentación, que en caso de que
No necesarias.
lo exija la normativa, permita al
Ministerio de Asuntos Exteriores,
realizar la consulta transfronteriza
prevista en la Ley de EIA y
Convenio de Espoo.
18.A. Elaboración de los estudios
18.1. Conocer el impacto generado
18. Dinamizar la transición ecológica a sobre la socioeconomía del entorno. socioeconómicos del entorno de
cada proyecto.
través de la creación de nuevos
tejidos productivos en las zonas
afectadas por los convenios de
transición justa.
18.2. Minimizar el impacto generado
18.B. Participación en la elaboración de los Protocolos de
sobre la socioeconomía del entorno
actuación que se desarrollen en el marco de los convenios de
por los desmantelamientos de las
transición justa de los desmantelamientos de IINN.
IINN.
Para promover mejoras en el
medio ambiente
Indicadores de seguimiento
N.º de visitas a la web de Enresa.
N.º de noticias sobre Enresa publicadas en los medios de
comunicación españoles.
N.º de peticiones documentales atendidas.
N.º de peticiones de información a través del portal de
transparencia, atendidas en plazo.
N.º de proyectos de cofinanciación atendidos.
Cantidad en € empleados en municipios afectados por la
orden IET/458/2015 al año.
Las mismas que se han
descrito para garantizar el
cumplimiento de los objetivos
de protección ambiental.
Elaboración de la documentación: SI/NO.
N.º de documentos para consulta transfronteriza
elaborados.
N.º de personas del entorno que trabajan en actividades
vinculadas a Enresa.
Incremento de puestos de trabajo indirectos en el entorno
SI/NO.
N.º de Estudios elaborados con el contenido descrito en el
EsAE.
N.º de colaboraciones de Enresa en los Protocolos de
actuación que se desarrollen en el marco de los convenios
de transición justa de los desmantelamientos de IINN.
cve: BOE-A-2023-17361
Verificable en https://www.boe.es
Factor ambiental
Núm. 178
Jueves 27 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 109677
Medidas
Criterio ambiental
17. Garantizar el acceso a la
información, a la participación pública
y a la justicia en materia de medio
ambiente.
Población.
Objetivo de protección ambiental
Para garantizar el cumplimiento de
los objetivos de protección
ambiental
Preventivas y
correctoras de impacto
17.1. Vigilar que se organicen la
información y participación públicas
necesarias en lo que respecta a las
medidas a desarrollar por el 7 Plan
General de Residuos Radioactivos.
17.A. Mantenimiento y vigilancia del
cumplimiento de la política de
transparencia y de responsabilidad
social de Enresa prevista en el 7.º
Plan General de Residuos
Radioactivos.
17.2. Vigilar que se cumple el
Acuerdo sobre cooperación en
materia de seguridad de las
instalaciones nucleares fronterizas.
17.B. Elaboración de la
documentación, que en caso de que
No necesarias.
lo exija la normativa, permita al
Ministerio de Asuntos Exteriores,
realizar la consulta transfronteriza
prevista en la Ley de EIA y
Convenio de Espoo.
18.A. Elaboración de los estudios
18.1. Conocer el impacto generado
18. Dinamizar la transición ecológica a sobre la socioeconomía del entorno. socioeconómicos del entorno de
cada proyecto.
través de la creación de nuevos
tejidos productivos en las zonas
afectadas por los convenios de
transición justa.
18.2. Minimizar el impacto generado
18.B. Participación en la elaboración de los Protocolos de
sobre la socioeconomía del entorno
actuación que se desarrollen en el marco de los convenios de
por los desmantelamientos de las
transición justa de los desmantelamientos de IINN.
IINN.
Para promover mejoras en el
medio ambiente
Indicadores de seguimiento
N.º de visitas a la web de Enresa.
N.º de noticias sobre Enresa publicadas en los medios de
comunicación españoles.
N.º de peticiones documentales atendidas.
N.º de peticiones de información a través del portal de
transparencia, atendidas en plazo.
N.º de proyectos de cofinanciación atendidos.
Cantidad en € empleados en municipios afectados por la
orden IET/458/2015 al año.
Las mismas que se han
descrito para garantizar el
cumplimiento de los objetivos
de protección ambiental.
Elaboración de la documentación: SI/NO.
N.º de documentos para consulta transfronteriza
elaborados.
N.º de personas del entorno que trabajan en actividades
vinculadas a Enresa.
Incremento de puestos de trabajo indirectos en el entorno
SI/NO.
N.º de Estudios elaborados con el contenido descrito en el
EsAE.
N.º de colaboraciones de Enresa en los Protocolos de
actuación que se desarrollen en el marco de los convenios
de transición justa de los desmantelamientos de IINN.
cve: BOE-A-2023-17361
Verificable en https://www.boe.es
Factor ambiental