III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Encomienda de gestión. (BOE-A-2023-17249)
Resolución de 21 de julio de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas M.P., para la realización por el Instituto de Investigación de Recursos Cinegéticos, de trabajos para la estimación de densidades poblacionales de jabalí («sus scrofa») en España.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177
Miércoles 26 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 109160
El CSIC, a través del IREC realizará las actividades técnicas citadas según el Plan
de Trabajo que se recoge en el anexo I, anexo II, anexo III y anexo IV del presente
Acuerdo de encomienda de gestión.
Estos trabajos no implicarán, en ningún caso, cesión de la titularidad de la
competencia, siendo responsabilidad del MAPA dictar cuantos actos o resoluciones sean
necesarios para la ejecución de las actividades encomendadas.
Tercera. Compromisos del CSIC.
El CSIC, a través del IREC, se compromete a:
– Realizar todos los trabajos de campo y gabinete, así como la recolección de toda
la información que resulte de los trabajos y el mantenimiento de las bases de datos
generadas con esta información, e interpretación y sistematización de la interpretación
de los datos.
– Elaborar los informes que resulten precisos, durante el período de duración del
Acuerdo, con los datos, resultados y conclusiones de las actividades y análisis
realizados, que serán remitidos a la Subdirección General de Producciones Ganaderas y
Cinegéticas del MAPA, en el plazo más breve posible tras su finalización, y siempre
dentro de los plazos establecidos en el anexo I.
– Recabar el visto bueno de la Subdirección General de Producciones Ganaderas y
Cinegéticas para las publicaciones relacionadas con los trabajos realizados en el marco
del presente Acuerdo de encomienda de gestión. Se hará constar en las mismas la
participación conjunta en los trabajos de dicha Subdirección General y el IREC.
– Prestar asistencia técnica, a requerimiento de la Subdirección General de
Producciones Ganaderas y Cinegéticas del MAPA y en colaboración con la misma, en
materias relacionadas con las actividades encomendadas.
Cuarta.
Compromisos del MAPA.
El MAPA, a través de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios,
realizará las siguientes operaciones:
– Seguimiento de los trabajos encomendados mediante la supervisión de informes
parciales que habrán sido realizados y enviados por el IREC con la regularidad
establecida en el presente Acuerdo.
– Propuestas de mejoras al desarrollo de los trabajos realizados en caso de
evidenciar deficiencias en la implementación de las medidas presentadas o en caso de
que los resultados parciales no sean los esperados.
– Controles presenciales, en su caso, sobre las actividades y trabajos que se
desarrollen en campo.
– Valoración y verificación de los informes entregados.
– Financiar al CSIC el coste que las actividades encomendadas le supongan, de
conformidad con lo señalado en la cláusula quinta.
Financiación y pago.
El coste de ejecución de estos trabajos encomendados al CSIC a través del IREC, que
comenzarán tras la entrada en vigor del presente Acuerdo, asciende a la cuantía máxima
de 379.911,10 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 21.05.412C.640.08 o
aquella que pueda sustituirle de acuerdo con la Ley de Presupuestos Generales del
Estado vigente.
cve: BOE-A-2023-17249
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.
Núm. 177
Miércoles 26 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 109160
El CSIC, a través del IREC realizará las actividades técnicas citadas según el Plan
de Trabajo que se recoge en el anexo I, anexo II, anexo III y anexo IV del presente
Acuerdo de encomienda de gestión.
Estos trabajos no implicarán, en ningún caso, cesión de la titularidad de la
competencia, siendo responsabilidad del MAPA dictar cuantos actos o resoluciones sean
necesarios para la ejecución de las actividades encomendadas.
Tercera. Compromisos del CSIC.
El CSIC, a través del IREC, se compromete a:
– Realizar todos los trabajos de campo y gabinete, así como la recolección de toda
la información que resulte de los trabajos y el mantenimiento de las bases de datos
generadas con esta información, e interpretación y sistematización de la interpretación
de los datos.
– Elaborar los informes que resulten precisos, durante el período de duración del
Acuerdo, con los datos, resultados y conclusiones de las actividades y análisis
realizados, que serán remitidos a la Subdirección General de Producciones Ganaderas y
Cinegéticas del MAPA, en el plazo más breve posible tras su finalización, y siempre
dentro de los plazos establecidos en el anexo I.
– Recabar el visto bueno de la Subdirección General de Producciones Ganaderas y
Cinegéticas para las publicaciones relacionadas con los trabajos realizados en el marco
del presente Acuerdo de encomienda de gestión. Se hará constar en las mismas la
participación conjunta en los trabajos de dicha Subdirección General y el IREC.
– Prestar asistencia técnica, a requerimiento de la Subdirección General de
Producciones Ganaderas y Cinegéticas del MAPA y en colaboración con la misma, en
materias relacionadas con las actividades encomendadas.
Cuarta.
Compromisos del MAPA.
El MAPA, a través de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios,
realizará las siguientes operaciones:
– Seguimiento de los trabajos encomendados mediante la supervisión de informes
parciales que habrán sido realizados y enviados por el IREC con la regularidad
establecida en el presente Acuerdo.
– Propuestas de mejoras al desarrollo de los trabajos realizados en caso de
evidenciar deficiencias en la implementación de las medidas presentadas o en caso de
que los resultados parciales no sean los esperados.
– Controles presenciales, en su caso, sobre las actividades y trabajos que se
desarrollen en campo.
– Valoración y verificación de los informes entregados.
– Financiar al CSIC el coste que las actividades encomendadas le supongan, de
conformidad con lo señalado en la cláusula quinta.
Financiación y pago.
El coste de ejecución de estos trabajos encomendados al CSIC a través del IREC, que
comenzarán tras la entrada en vigor del presente Acuerdo, asciende a la cuantía máxima
de 379.911,10 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 21.05.412C.640.08 o
aquella que pueda sustituirle de acuerdo con la Ley de Presupuestos Generales del
Estado vigente.
cve: BOE-A-2023-17249
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.