III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2023-17232)
Resolución de 19 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el Convenio con la Plataforma de Mayores y Pensionistas, para la identificación de cargas administrativas y su reducción en el bienio 2023-2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177
Miércoles 26 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 108909
Tercera. Actuaciones a desarrollar por el MINHFP.
a)
Asesoramiento:
Asesoramiento y asistencia sobre simplificación administrativa y reducción de cargas
administrativas para ciudadanos y empresas, así como sobre el Método Simplificado de
medición de cargas administrativas.
b)
Seguimiento:
Seguimiento de los trabajos realizados por la organización durante la vigencia del
convenio, a través de reuniones periódicas concertadas por las partes, y que podrán
celebrarse, de manera conjunta, con otras organizaciones con las que el MINHFP firma
convenios de análogo contenido.
c)
Comisión de Seguimiento:
Convocatoria para la constitución de la Comisión de Seguimiento a que se refiere la
cláusula sexta de este convenio.
d)
Análisis de las propuestas presentadas:
Remisión de las propuestas presentadas por la organización a los Departamentos
ministeriales competentes por razón de la materia objeto de las iniciativas. Se elaborará
un informe de seguimiento con las valoraciones de los departamentos, que será remitido
a la PMP.
e)
Difusión y comunicación:
El MINHFP dará difusión en sus espacios de comunicación, de la firma del convenio,
así como de los encuentros mantenidos y de los resultados obtenidos.
Cuarta. Titularidad de los trabajos realizados.
La titularidad de los trabajos realizados en virtud del presente convenio, así como
cualquier otro derecho que se pudiera derivar de los mismos, pertenecerán al MINHFP y
a la PMP y no podrán ser explotados por ningún tercero sin el consentimiento expreso de
todas las partes.
No obstante, la PMP podrá hacer difusión de su papel activo en los trabajos
desarrollados en relación con este convenio.
1. El coste total de la financiación de las actividades derivadas de la suscripción del
presente convenio es de treinta y dos mil cuatrocientos noventa euros (32.490 €). Dicho
importe será repartido en dos anualidades de idéntico importe, de dieciséis mil
doscientos cuarenta y cinco euros (16.245 €) para cada anualidad.
2. De conformidad con las previsiones del artículo 48 apartado cuarto de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el MINHFP se
compromete a aportar para la financiación del coste establecido en el apartado anterior,
con sujeción a la legislación presupuestaria, la cantidad de treinta mil euros (30.000 €).
Dicho importe será repartido en dos anualidades de idéntico importe, de quince mil
euros (15.000 €) cada una. La financiación correspondiente al segundo año de vigencia
del convenio queda supeditada a la existencia de asignación de crédito suficiente en el
presupuesto.
Asimismo, PMP aportará a dicha financiación la cantidad de dos mil cuatrocientos
noventa euros (2.490 €). Dicho importe será repartido en dos anualidades de idéntico
importe, de mil doscientos cuarenta y cinco euros (1.245 €) cada una.
cve: BOE-A-2023-17232
Verificable en https://www.boe.es
Quinta. Régimen económico.
Núm. 177
Miércoles 26 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 108909
Tercera. Actuaciones a desarrollar por el MINHFP.
a)
Asesoramiento:
Asesoramiento y asistencia sobre simplificación administrativa y reducción de cargas
administrativas para ciudadanos y empresas, así como sobre el Método Simplificado de
medición de cargas administrativas.
b)
Seguimiento:
Seguimiento de los trabajos realizados por la organización durante la vigencia del
convenio, a través de reuniones periódicas concertadas por las partes, y que podrán
celebrarse, de manera conjunta, con otras organizaciones con las que el MINHFP firma
convenios de análogo contenido.
c)
Comisión de Seguimiento:
Convocatoria para la constitución de la Comisión de Seguimiento a que se refiere la
cláusula sexta de este convenio.
d)
Análisis de las propuestas presentadas:
Remisión de las propuestas presentadas por la organización a los Departamentos
ministeriales competentes por razón de la materia objeto de las iniciativas. Se elaborará
un informe de seguimiento con las valoraciones de los departamentos, que será remitido
a la PMP.
e)
Difusión y comunicación:
El MINHFP dará difusión en sus espacios de comunicación, de la firma del convenio,
así como de los encuentros mantenidos y de los resultados obtenidos.
Cuarta. Titularidad de los trabajos realizados.
La titularidad de los trabajos realizados en virtud del presente convenio, así como
cualquier otro derecho que se pudiera derivar de los mismos, pertenecerán al MINHFP y
a la PMP y no podrán ser explotados por ningún tercero sin el consentimiento expreso de
todas las partes.
No obstante, la PMP podrá hacer difusión de su papel activo en los trabajos
desarrollados en relación con este convenio.
1. El coste total de la financiación de las actividades derivadas de la suscripción del
presente convenio es de treinta y dos mil cuatrocientos noventa euros (32.490 €). Dicho
importe será repartido en dos anualidades de idéntico importe, de dieciséis mil
doscientos cuarenta y cinco euros (16.245 €) para cada anualidad.
2. De conformidad con las previsiones del artículo 48 apartado cuarto de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el MINHFP se
compromete a aportar para la financiación del coste establecido en el apartado anterior,
con sujeción a la legislación presupuestaria, la cantidad de treinta mil euros (30.000 €).
Dicho importe será repartido en dos anualidades de idéntico importe, de quince mil
euros (15.000 €) cada una. La financiación correspondiente al segundo año de vigencia
del convenio queda supeditada a la existencia de asignación de crédito suficiente en el
presupuesto.
Asimismo, PMP aportará a dicha financiación la cantidad de dos mil cuatrocientos
noventa euros (2.490 €). Dicho importe será repartido en dos anualidades de idéntico
importe, de mil doscientos cuarenta y cinco euros (1.245 €) cada una.
cve: BOE-A-2023-17232
Verificable en https://www.boe.es
Quinta. Régimen económico.