III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2023-17232)
Resolución de 19 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el Convenio con la Plataforma de Mayores y Pensionistas, para la identificación de cargas administrativas y su reducción en el bienio 2023-2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177
Miércoles 26 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 108908
Para la identificación de trabas y la concreción de las propuestas, la PMP
desarrollará las siguientes actuaciones:
a) Por parte de la PMP se diseñarán propuestas de simplificación administrativa y
de mejora en la regulación que afecta a las personas mayores, orientadas a eliminar las
barreras burocráticas existentes. Dichas propuestas serán concretas y contrastadas e
irán destinadas a contribuir en el impulso y mejora de la relación de las personas
mayores con la Administración, con una traslación práctica y directa.
b) Para la elaboración de las propuestas se realizará una revisión documental y un
análisis de fuentes secundarias, así como una consulta a personas mayores y a
entidades de la red de la PMP con el fin de identificar medidas que permitan reducir
cargas administrativas relacionadas o especialmente gravosas para dicho colectivo.
A partir de la citada información, se elaborarán fichas identificativas y descriptivas sobre
las cargas.
c) Durante la vigencia del convenio, y con el fin de dar cumplimiento a su objeto,
la PMP podrá, si lo estima oportuno, disponer de un consultor externo y, en su caso, un
equipo multidisciplinar. El consultor desarrollará el trabajo encomendado por la PMP con
los medios humanos y materiales de los que disponga.
d) La PMP podrá organizar, durante la duración del convenio, encuentros y
jornadas con su colectivo y entidades asociadas, para permitir a la Administración un
conocimiento directo de sus necesidades, impresiones y valoraciones.
La PMP hará entrega al MINHFP, a través de la Dirección General de Gobernanza
Pública, del informe en el que se relacionarán los trámites identificados y las propuestas
de reducción de cargas. El documento se entregará, en todo caso, antes del 20 de
noviembre de 2023 para el primer año de vigencia del convenio, y en idéntica fecha en el
año 2024.
Asimismo, la PMP aportará la información y documentación en el formato que la
Administración le indique, en aras al establecimiento y nutrición de una base de datos de
propuestas de reducción de cargas y simplificación que facilite el seguimiento de las
mismas.
2.
Difusión y comunicación:
Con carácter general, se llevarán a cabo iniciativas de difusión sobre las actividades
realizadas en el ámbito del convenio, estudio e intercambio de información entre las
partes firmantes, diseño y recopilación de información, contraste de iniciativas e
implantación de actuaciones de la Administración General del Estado sobre mejora de la
regulación y reducción de trámites administrativos, así como a la consolidación de la
comunicación e intercambio de información entre el MINHFP y la PMP.
En cualquier tipo de actividad de difusión y comunicación, la PMP dará publicidad de la
participación del MINHFP en la financiación de este convenio con inclusión del logo de los
firmantes del mismo, de acuerdo con los criterios de imagen institucional del ministerio.
En particular, la PMP garantizará la presencia del MINHFP y sus actuaciones en materia
de reducción de cargas y simplificación, en un lugar destacado de su página web.
Otras actividades:
Cuantas otras actividades o servicios se consideren necesarios o convenientes para
el buen desarrollo del convenio, previo acuerdo en la Comisión de Seguimiento.
Entre estas actividades pueden encuadrarse: i) la participación de la PMP en
cuantos planes y proyectos impulse la Dirección General de Gobernanza Pública en
materia de atención integral a personas mayores; y ii) el desarrollo de foros de estudio
para la reducción de cargas administrativas y simplificación de procedimientos que
el MINHFP podría promover, con el fin de fomentar la implicación de los órganos
gestores y expertos de los sectores afectados. En este contexto, la PMP podría
participar, directamente o a través de la designación de representantes con experiencia
en la materia de que se trate.
cve: BOE-A-2023-17232
Verificable en https://www.boe.es
a)
Núm. 177
Miércoles 26 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 108908
Para la identificación de trabas y la concreción de las propuestas, la PMP
desarrollará las siguientes actuaciones:
a) Por parte de la PMP se diseñarán propuestas de simplificación administrativa y
de mejora en la regulación que afecta a las personas mayores, orientadas a eliminar las
barreras burocráticas existentes. Dichas propuestas serán concretas y contrastadas e
irán destinadas a contribuir en el impulso y mejora de la relación de las personas
mayores con la Administración, con una traslación práctica y directa.
b) Para la elaboración de las propuestas se realizará una revisión documental y un
análisis de fuentes secundarias, así como una consulta a personas mayores y a
entidades de la red de la PMP con el fin de identificar medidas que permitan reducir
cargas administrativas relacionadas o especialmente gravosas para dicho colectivo.
A partir de la citada información, se elaborarán fichas identificativas y descriptivas sobre
las cargas.
c) Durante la vigencia del convenio, y con el fin de dar cumplimiento a su objeto,
la PMP podrá, si lo estima oportuno, disponer de un consultor externo y, en su caso, un
equipo multidisciplinar. El consultor desarrollará el trabajo encomendado por la PMP con
los medios humanos y materiales de los que disponga.
d) La PMP podrá organizar, durante la duración del convenio, encuentros y
jornadas con su colectivo y entidades asociadas, para permitir a la Administración un
conocimiento directo de sus necesidades, impresiones y valoraciones.
La PMP hará entrega al MINHFP, a través de la Dirección General de Gobernanza
Pública, del informe en el que se relacionarán los trámites identificados y las propuestas
de reducción de cargas. El documento se entregará, en todo caso, antes del 20 de
noviembre de 2023 para el primer año de vigencia del convenio, y en idéntica fecha en el
año 2024.
Asimismo, la PMP aportará la información y documentación en el formato que la
Administración le indique, en aras al establecimiento y nutrición de una base de datos de
propuestas de reducción de cargas y simplificación que facilite el seguimiento de las
mismas.
2.
Difusión y comunicación:
Con carácter general, se llevarán a cabo iniciativas de difusión sobre las actividades
realizadas en el ámbito del convenio, estudio e intercambio de información entre las
partes firmantes, diseño y recopilación de información, contraste de iniciativas e
implantación de actuaciones de la Administración General del Estado sobre mejora de la
regulación y reducción de trámites administrativos, así como a la consolidación de la
comunicación e intercambio de información entre el MINHFP y la PMP.
En cualquier tipo de actividad de difusión y comunicación, la PMP dará publicidad de la
participación del MINHFP en la financiación de este convenio con inclusión del logo de los
firmantes del mismo, de acuerdo con los criterios de imagen institucional del ministerio.
En particular, la PMP garantizará la presencia del MINHFP y sus actuaciones en materia
de reducción de cargas y simplificación, en un lugar destacado de su página web.
Otras actividades:
Cuantas otras actividades o servicios se consideren necesarios o convenientes para
el buen desarrollo del convenio, previo acuerdo en la Comisión de Seguimiento.
Entre estas actividades pueden encuadrarse: i) la participación de la PMP en
cuantos planes y proyectos impulse la Dirección General de Gobernanza Pública en
materia de atención integral a personas mayores; y ii) el desarrollo de foros de estudio
para la reducción de cargas administrativas y simplificación de procedimientos que
el MINHFP podría promover, con el fin de fomentar la implicación de los órganos
gestores y expertos de los sectores afectados. En este contexto, la PMP podría
participar, directamente o a través de la designación de representantes con experiencia
en la materia de que se trate.
cve: BOE-A-2023-17232
Verificable en https://www.boe.es
a)