III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2023-17272)
Resolución de 14 de julio de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Universitat de València, para la regulación del Instituto de Física Corpuscular.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177
Miércoles 26 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 109300
de gobierno y administración, en especial en lo que se refiere a materias de personal,
presupuestos y patrimonio. Las partes mantendrán la titularidad de los medios aportados
al instituto y los gestionarán conforme a la normativa que les resulte de aplicación en
conjunción con lo dispuesto en este convenio y su RRI.
Cuarta.
Funciones.
a) Generar conocimiento sobre Física Nuclear, de Partículas y de Astropartículas
(tanto teórica como experimental), mediante la sinergia de investigadores expertos y
personal técnico cualificado en las distintas áreas de conocimiento, pertenecientes a las
partes firmantes.
b) Desarrollar nuevos procesos, productos y estrategias de innovación en el ámbito
de la Física Nuclear, de Partículas y de Astropartículas.
c) Potenciar la competitividad de la sociedad y del sector productivo mediante la
transferencia de la tecnología y de los resultados de la investigación.
d) Proporcionar asesoramiento técnico y científico a entidades públicas y privadas
en su ámbito de especialización.
e) Realizar actividades docentes referidas a estudios de posgrado y otras
enseñanzas especializadas en el ámbito de la Física Nuclear, de Partículas y de
Astropartículas (tanto teórica como experimental), así como apoyar para dichas
disciplinas la formación, especialización, perfeccionamiento, colaboración docente y
realización de prácticas, especialmente en el ámbito universitario en sus distintas etapas
(grado y postgrado).
f) Realizar acciones específicas orientadas al desarrollo de la carrera profesional de
los técnicos e investigadores en formación del Instituto, contribuyendo a su
empleabilidad futura.
g) Captar los recursos económicos necesarios para el cumplimiento de los objetivos
del Instituto.
h) Desarrollar colaboraciones interinstitucionales en la investigación sobre Física
Nuclear, de Partículas y de Astropartículas (tanto teórica como experimental) y potenciar
las relaciones con otros centros nacionales e internacionales para la integración en el
Espacio Europeo de Investigación.
i) Difundir los resultados de las investigaciones a través de publicaciones
científicas.
j) Promover y apoyar la organización de reuniones científicas, congresos,
seminarios y otras actividades similares.
k) Realizar encuentros con la ciudadanía, medios de comunicación e instituciones
educativas a fin transmitir y concienciar a la sociedad de la importancia de la labor
científica y del avance en sus resultados.
l) Garantizar que la investigación que se lleve a cabo en el Instituto se desarrolle
bajo criterios de calidad y respeto a los principios éticos.
m) Cualesquiera otras actividades que contribuyan al cumplimiento de los objetivos
del Instituto y de sus entidades cotitulares, dentro del marco de actuación delimitado en
este convenio.
cve: BOE-A-2023-17272
Verificable en https://www.boe.es
Para el cumplimiento de sus objetivos generales, y dada la especialidad de las
disciplinas científicas en que desarrollará su actividad, el Instituto tendrá, entre otras, las
siguientes funciones:
Núm. 177
Miércoles 26 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 109300
de gobierno y administración, en especial en lo que se refiere a materias de personal,
presupuestos y patrimonio. Las partes mantendrán la titularidad de los medios aportados
al instituto y los gestionarán conforme a la normativa que les resulte de aplicación en
conjunción con lo dispuesto en este convenio y su RRI.
Cuarta.
Funciones.
a) Generar conocimiento sobre Física Nuclear, de Partículas y de Astropartículas
(tanto teórica como experimental), mediante la sinergia de investigadores expertos y
personal técnico cualificado en las distintas áreas de conocimiento, pertenecientes a las
partes firmantes.
b) Desarrollar nuevos procesos, productos y estrategias de innovación en el ámbito
de la Física Nuclear, de Partículas y de Astropartículas.
c) Potenciar la competitividad de la sociedad y del sector productivo mediante la
transferencia de la tecnología y de los resultados de la investigación.
d) Proporcionar asesoramiento técnico y científico a entidades públicas y privadas
en su ámbito de especialización.
e) Realizar actividades docentes referidas a estudios de posgrado y otras
enseñanzas especializadas en el ámbito de la Física Nuclear, de Partículas y de
Astropartículas (tanto teórica como experimental), así como apoyar para dichas
disciplinas la formación, especialización, perfeccionamiento, colaboración docente y
realización de prácticas, especialmente en el ámbito universitario en sus distintas etapas
(grado y postgrado).
f) Realizar acciones específicas orientadas al desarrollo de la carrera profesional de
los técnicos e investigadores en formación del Instituto, contribuyendo a su
empleabilidad futura.
g) Captar los recursos económicos necesarios para el cumplimiento de los objetivos
del Instituto.
h) Desarrollar colaboraciones interinstitucionales en la investigación sobre Física
Nuclear, de Partículas y de Astropartículas (tanto teórica como experimental) y potenciar
las relaciones con otros centros nacionales e internacionales para la integración en el
Espacio Europeo de Investigación.
i) Difundir los resultados de las investigaciones a través de publicaciones
científicas.
j) Promover y apoyar la organización de reuniones científicas, congresos,
seminarios y otras actividades similares.
k) Realizar encuentros con la ciudadanía, medios de comunicación e instituciones
educativas a fin transmitir y concienciar a la sociedad de la importancia de la labor
científica y del avance en sus resultados.
l) Garantizar que la investigación que se lleve a cabo en el Instituto se desarrolle
bajo criterios de calidad y respeto a los principios éticos.
m) Cualesquiera otras actividades que contribuyan al cumplimiento de los objetivos
del Instituto y de sus entidades cotitulares, dentro del marco de actuación delimitado en
este convenio.
cve: BOE-A-2023-17272
Verificable en https://www.boe.es
Para el cumplimiento de sus objetivos generales, y dada la especialidad de las
disciplinas científicas en que desarrollará su actividad, el Instituto tendrá, entre otras, las
siguientes funciones: