III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-17264)
Resolución de 12 de julio de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Mowe Eólica 7, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para el parque eólico Santa María de las Fuentes I de 91,5 MW y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Astudillo, Amusco, Monzón de Campos, Fuentes de Valdepero, Villalobón, Palencia y Magaz de Pisuerga (Palencia), y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 26 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 109245

El expediente ha sido incoado en la Área de Industria y Energía de la Subdelegación
del Gobierno en Palencia y se ha tramitado de conformidad con lo previsto en los
artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, habiéndose
solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y
empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la
instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la Dirección
General de Carreteras e Infraestructuras de la Junta de Castilla y León, del Ayuntamiento
de Magaz de Pisuerga, de la Subdirección General de Planificación, Red Transeuropea y
Logística del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y de la Entidad
Pública Empresarial de Suelo del Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana
(SEPES). Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, que expresa su
conformidad con las mismas.
Se he recibido respuesta de la Dirección General de Energía y Minas de la Junta de
Castilla y León, que traslada informe del Servicio Territorial de Industria Comercio y
Economía de Palencia donde se indica la posible afección de la línea a 220 kV del
proyecto con la instalación eólica «PE Casa Vieja» y la fotovoltaica «El Conde». El
promotor responde manifestando acuerdo con «PE Casa Vieja» e indicando que no
observa afección sobre «FV El Conde». Se da traslado al organismo para que muestre
su conformidad o reparos, no habiéndose recibido contestación alguna en el plazo
reglamentario, por lo que se entiende la conformidad del mismo en virtud de lo dispuesto
en los artículos 127.4, 131.4 y 146.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
Se han recibido contestaciones de la Diputación de Palencia, de I-DE Redes
Eléctricas Inteligentes, SAU (Iberdrola), de Red Eléctrica de España, SA, de Cellnex
Telecom SA, de la Confederación Hidrográfica del Duero y del Administrador de
Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), en las que se establecen condicionados técnicos y,
en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos organismos por la
ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de sus
competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual
expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido informe de la Dirección General de Patrimonio Natural y Política
Forestal de la Junta de Castilla y León en la que aborda cuestiones medioambientales
que previamente ya habían sido consideradas y evaluadas en la citada DIA (Resolución
de 15 de septiembre de 2021 de la Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental).
Preguntados la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), la Dirección General de
Infraestructuras y Sostenibilidad Ambiental de la Junta de Castilla y León, el Servicio de
Patrimonio de la Junta de Castilla y León, el Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación, el Ayuntamiento de Astudillo, el Ayuntamiento de Amusco, el Ayuntamiento
de Monzón de Campos, el Ayuntamiento de Fuentes de Valdepero, el Ayuntamiento de
Villalobón, el Ayuntamiento de Palencia, la Compañía Logística de Hidrocarburos CLH,
SA y las mercantiles Eólica Mirasierra, SL y Parques Eólicos de Cerrato (Acciona Eólica
CESA), SL, no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la
conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en los artículos 127.2, 131.1
y 146.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el artículo 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la
publicación el 14 de octubre de 2022 en el «Boletín Oficial del Estado», el 17 de octubre
de 2022 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Palencia», el 14 de octubre de 2022 en
el diario «Diario Palentino» y con la exposición al público en los tablones de edictos de
los Ayuntamientos de Astudillo, de Amusco, de Monzón de Campos, de Fuentes de
Valdepero, de Villalobón, de Palencia y de Magaz de Pisuerga. No se han recibido
alegaciones.

cve: BOE-A-2023-17264
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Núm. 177