III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2023-17265)
Real Decreto 720/2023, de 25 de julio, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, el faro marítimo del puerto de la ciudad de Málaga, conocido como «La Farola».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177

Miércoles 26 de julio de 2023
Artículo 2.

Sec. III. Pág. 109254

Descripción.

El bien objeto de declaración se compone del volumen principal, una torre formada
por un cono que decrece su base suavemente de abajo a arriba y que constituye la base
de la linterna.
Dicha torre cuenta con 21,64 m de altura, y 9,80 m de diámetro máximo, según datos
consultados. Queda rematada en su parte superior por dos pequeños volúmenes
circunscritos, retranqueados respectivamente, que forman en ambos casos terrazas
accesibles y protegidas por barandillas de hierro forjado. La formación de dichas terrazas
conlleva la existencia, como elemento de transición, de dos cornisas de piedra moldurada
que siguen el recorrido perimetral. Una serie de aberturas rectangulares practicadas en
generatrices opuestas iluminan, por una parte, una escalera de caracol que accede a la
parte superior; por otra parte, una serie de espacios interiores destinados al
funcionamiento del faro que se distribuyen a distintos niveles. Las carpinterías son de
madera pintada, puntualmente sustituidas por aluminio lacado. El volumen más alto
cuenta con doble altura y queda rematado con estructura de hierro forjado y vidrio,
albergando la óptica del faro. El conjunto de la torre está revocado en blanco.
A la torre se añadió un volumen paralelepípedo de planta cuadrada de 15 m de lado,
que alberga las viviendas de los empleados y que presenta zócalo de sillería y acabado
de revoco blanco con entrecalles. Cuenta así mismo con sillares esquinados y chapado
de piedra en cabeza de forjado de entreplantas. La cubierta plana es transitable, con
acceso desde la torre del faro, protegida por un peto revocado de blanco, y piedra en
remate horizontal y en pilares de esquina terminados en bola. La cornisa también es
pétrea, y se resuelve la evacuación de aguas pluviales con gárgolas zoomorfas de hierro
fundido, posiblemente alusivas a animales mitológicos del mar. Los huecos de los vanos
son en este caso de arco de medio punto, con recercado de piedra y carpintería de
madera pintada.
Artículo 3. Delimitación del bien afectado y del entorno de protección.

Coordenada
X

Coordenada
Y

373674.43

4064102.12

373670.34

4064088.68

373670.16

4064088.08

373655.54

4064092.56

373660.08

4064107.12

373674.60

4064102.66

373674.43

4064102.12

En el Bien de Interés Cultural y en su entorno de protección, así como en el resto de
la zona de servicio portuaria, no se impedirá, en ningún caso que, por los organismos
portuarios competentes, puedan autorizarse las actividades y usos que admite el texto
refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real
Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, incluido el hotelero. Del mismo modo,

cve: BOE-A-2023-17265
Verificable en https://www.boe.es

La parcela afectada por la declaración como Bien de Interés Cultural de «La Farola», faro
marítimo del puerto de la ciudad de Málaga, así como su entorno de protección se
corresponde con la finca, con naturaleza urbana situada en paseo de la Farola, 19, titularidad
de la Administración General de Estado con referencia catastral 3742101UF7634S0001OG.
La superficie de la parcela es de 232 m2, en la que se levanta el inmueble con una
superficie total construida de 550 m2, afectando a la totalidad de esta cuya delimitación
viene definida por las siguientes coordenadas U.T.M. Huso: 30 ETRS89: