I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. (BOE-A-2023-17167)
Real Decreto 570/2023, de 4 de julio, por el que se establece el título de Formación Profesional de Grado Medio de Técnico en Seguridad y se fijan los aspectos básicos del currículo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177

Miércoles 26 de julio de 2023

e)

Sec. I. Pág. 108675

Se ha informado de las anomalías detectadas y analizado las opciones de
colaboración, cuando proceda, con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad ante la
comisión de actos delictivos.

3. Analiza los procedimientos de identificación y control de pozos artesianos y tomas de
agua en fincas rústicas, utilizando medios técnicos y manuales.
Criterios de evaluación:
a)

Se han definido métodos de localización de pozos artesianos y acuíferos en fincas
rústicas.

b)

Se han descrito métodos de vigilancia de instalaciones y actividades de riego en
fincas rústicas.

c)

Se han localizado pozos artesianos en un plano de la finca rústica, en función de
las condiciones dadas.

d)

Se han adoptado las medidas marcadas en el procedimiento para evitar el acceso
a los pozos artesianos en caso de bajo nivel de las aguas.

e)

Se han supervisado los trabajos de conservación, limpieza y desinfección según
la operativa correspondiente.

4. Describe operaciones de vigilancia, seguimiento y control de las actividades cinegéticas
en fincas de caza y de especies cinegéticas atendiendo a la normativa aplicable.
Criterios de evaluación:
a)

Se han identificado especies cinegéticas autorizadas a partir de la normativa
aplicable.

b)

Se han descrito las actividades de caza autorizadas y las ilícitas a partir de la
normativa aplicable y plan cinegético.

c)

Se han elaborado informes de infracción.

d)

Se ha identificado el estado sanitario y carencias de las especies cinegéticas, en
función de sus características.

e)

Se han secuenciado las tareas de vigilancia y seguimiento de especies cinegéticas,
a partir de los planes técnicos de caza.

Criterios de evaluación:
a)

Se han indicado las actividades de pesca y gestión piscícola del espacio fluvial.

b)

Se han seleccionado los útiles, modalidades de pesca y tramos de río en función
de las actividades de pesca.

c)

Se han indicado especies autóctonas e introducidas en función de las condiciones
dadas.

cve: BOE-A-2023-17167
Verificable en https://www.boe.es

5. Identifica las operaciones de vigilancia, seguimiento y control de las actividades
de pesca en el espacio de pesca fluvial y de las especies piscícolas, en función de la
normativa aplicable.