I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. (BOE-A-2023-17167)
Real Decreto 570/2023, de 4 de julio, por el que se establece el título de Formación Profesional de Grado Medio de Técnico en Seguridad y se fijan los aspectos básicos del currículo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177
Miércoles 26 de julio de 2023
Sec. I. Pág. 108666
Módulo Profesional: Vigilancia y protección.
Código: 1679.
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.
1. Realiza operaciones de vigilancia y protección de bienes, establecimientos, lugares y
eventos, así como la protección de las personas que puedan encontrarse en los mismos,
comprobando registros, prevenciones y controles acceso.
Criterios de evaluación:
a)
Se han identificado los elementos a utilizar en los controles de acceso a los
lugares, establecimientos y eventos, garantizando la integridad de los bienes y de
las personas que se encuentren en su interior.
b)
Se ha descrito el proceso y los elementos por los cuales las personas que se
encuentran en el interior de un recinto o instalación se consideran identificados.
c)
Se ha identificado el procedimiento de rondas interiores en consonancia con los
Planes de Seguridad de las instalaciones objeto de vigilancia y protección.
d)
Se ha explicado el procedimiento para realizar el seguimiento del buen estado y
funcionamiento de los bienes, medios de seguridad y equipos de protección.
e)
Se han visualizado y registrado imágenes de infracciones, daños a las personas
y bienes, obtenidas a través de cámaras, videocámaras o circuito cerrado de
televisión (CCTV) teniendo en cuenta los límites exigidos por la normativa de
protección de datos personales.
f)
Se han descrito los procesos y medios técnicos para el control de accesos.
2. Aplica operaciones de oposición, comprobación e intervención en la comisión de
actos delictivos o infracciones administrativas, impidiendo actuaciones que causen daño,
pérdida o deterioro en los bienes y personas.
a)
Se han descrito actuaciones a desarrollar para evitar la comisión de actos
delictivos o infracciones administrativas en relación con el objeto de la protección.
b)
Se han definido las intervenciones posibles para realizar la protección de las
personas, bienes y autoprotección, ante la comisión de actos delictivos atendiendo
a los principios de proporcionalidad, congruencia, oportunidad y cumpliendo la
normativa aplicable.
c)
Se han explicado técnicas que impiden las agresiones o intento de agresión
permitiendo la reconducción de la situación.
d)
Se han analizado las opciones de informes a realizar ante las posibles incidencias
u otras circunstancias que los requieran.
e)
Se han analizado las situaciones y procesos de comunicación y colaboración con
las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad ante la comisión de actos delictivos.
f)
Se ha valorado la importancia de la colaboración seguridad pública y seguridad
privada en la prevención de actos delictivos o infracciones administrativas.
cve: BOE-A-2023-17167
Verificable en https://www.boe.es
Criterios de evaluación:
Núm. 177
Miércoles 26 de julio de 2023
Sec. I. Pág. 108666
Módulo Profesional: Vigilancia y protección.
Código: 1679.
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.
1. Realiza operaciones de vigilancia y protección de bienes, establecimientos, lugares y
eventos, así como la protección de las personas que puedan encontrarse en los mismos,
comprobando registros, prevenciones y controles acceso.
Criterios de evaluación:
a)
Se han identificado los elementos a utilizar en los controles de acceso a los
lugares, establecimientos y eventos, garantizando la integridad de los bienes y de
las personas que se encuentren en su interior.
b)
Se ha descrito el proceso y los elementos por los cuales las personas que se
encuentran en el interior de un recinto o instalación se consideran identificados.
c)
Se ha identificado el procedimiento de rondas interiores en consonancia con los
Planes de Seguridad de las instalaciones objeto de vigilancia y protección.
d)
Se ha explicado el procedimiento para realizar el seguimiento del buen estado y
funcionamiento de los bienes, medios de seguridad y equipos de protección.
e)
Se han visualizado y registrado imágenes de infracciones, daños a las personas
y bienes, obtenidas a través de cámaras, videocámaras o circuito cerrado de
televisión (CCTV) teniendo en cuenta los límites exigidos por la normativa de
protección de datos personales.
f)
Se han descrito los procesos y medios técnicos para el control de accesos.
2. Aplica operaciones de oposición, comprobación e intervención en la comisión de
actos delictivos o infracciones administrativas, impidiendo actuaciones que causen daño,
pérdida o deterioro en los bienes y personas.
a)
Se han descrito actuaciones a desarrollar para evitar la comisión de actos
delictivos o infracciones administrativas en relación con el objeto de la protección.
b)
Se han definido las intervenciones posibles para realizar la protección de las
personas, bienes y autoprotección, ante la comisión de actos delictivos atendiendo
a los principios de proporcionalidad, congruencia, oportunidad y cumpliendo la
normativa aplicable.
c)
Se han explicado técnicas que impiden las agresiones o intento de agresión
permitiendo la reconducción de la situación.
d)
Se han analizado las opciones de informes a realizar ante las posibles incidencias
u otras circunstancias que los requieran.
e)
Se han analizado las situaciones y procesos de comunicación y colaboración con
las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad ante la comisión de actos delictivos.
f)
Se ha valorado la importancia de la colaboración seguridad pública y seguridad
privada en la prevención de actos delictivos o infracciones administrativas.
cve: BOE-A-2023-17167
Verificable en https://www.boe.es
Criterios de evaluación: