I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. (BOE-A-2023-17167)
Real Decreto 570/2023, de 4 de julio, por el que se establece el título de Formación Profesional de Grado Medio de Técnico en Seguridad y se fijan los aspectos básicos del currículo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177

Miércoles 26 de julio de 2023

Sec. I. Pág. 108623

En el proceso de elaboración de este real decreto han sido consultadas las
comunidades autónomas, ha emitido dictamen el Consejo Escolar del Estado y han
informado el Consejo General de la Formación Profesional y el Ministerio de Política
Territorial.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación y Formación Profesional, y
previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de julio de 2023,
DISPONGO:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto.
Este real decreto tiene por objeto el establecimiento del título de Formación Profesional
de Grado Medio de Técnico en Seguridad, con carácter oficial y validez en todo el territorio
nacional, así como de los aspectos básicos de su currículo.
CAPÍTULO II
Identificación del título, perfil profesional, entorno profesional y prospectiva
del título en el sector o sectores
Artículo 2. Identificación del título.
El título de Formación Profesional de Grado Medio de Técnico en Seguridad queda
identificado por los siguientes elementos:
Denominación: Seguridad.
Nivel: Formación Profesional de Grado Medio.
Duración: 2000 horas.
Familia Profesional: Seguridad y Medio Ambiente.
Referente en la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación: P-3.5.4.
Referencia del Marco Español de Cualificaciones para el aprendizaje permanente: 4 A.
Artículo 3. Perfil profesional del título.
El perfil profesional del título de Formación Profesional de Grado Medio de Técnico en
Seguridad queda determinado por su competencia general, sus competencias
profesionales, personales y sociales, y por la relación de cualificaciones y, en su caso,
unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas
en el título.

La competencia general de este título consiste en efectuar la vigilancia y protección de
bienes y personas en espacios públicos y privados, tanto en entornos urbanos como
naturales, cumpliendo con la normativa aplicable.
Artículo 5. Competencias profesionales, personales y sociales.
Las competencias profesionales, personales y sociales de este título son las que se
relacionan a continuación:
a) Vigilar y proteger bienes, establecimientos, lugares y eventos, tanto privados como
públicos, y las personas que se encuentren en los mismos, siguiendo los protocolos
establecidos.

cve: BOE-A-2023-17167
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 4. Competencia general.