III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-17012)
Resolución de 3 de julio de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la Propiedad de Hellín, por la que se deniega la rectificación de una inscripción de determinada finca registral, solicitada mediante instancia privada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 24 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 107616

Igualmente di cuenta al Registro de la Propiedad por escrito de 23 de Septiembre
de 2022 del que también adjunto copia.
En ambos escritos solicitaba la no inscripción de la escritura citada en tanto no se
corrigiera el error detectado (…)
A la vista de lo expuesto, el pretender satisfacer la exigencia del Registrador de la
Propiedad de Hellín de que yo acuda con autorización en representación de la empresa
Moorstyle España para que él corrija los errores introducidos en la finca registral 14.551,
resulta imposible de satisfacer.
Quinto. Quiero dejar constancia expresa de que existe un error grave cometido por
el Registro de la Propiedad de Hellín en la finca 14.551 que precisa rectificación
inmediata, y que se describe detalladamente en mi instancia de corrección de errores al
Registro citado y que él ha denegado. Y ese error se ha producido al no inscribir en la
inscripción 16 de la finca Registral 14.551 lo realmente vendido por la empresa Agramón
Agrícola y Cinegética a la empresa Sociedad Agraria de Transformación Número 5751
(…) ante el notario de Orihuela don Blas Jaime Jiménez Ballesta el 26 de Septiembre de
del año 2019 en lo referente a trozo 1.º de terreno de la Hacienda denominada (…),
sustituyéndolo por la falsa definición introducida en esta finca registral. Esta solicitud de
rectificación ya la he hecho por escrito en dos ocasiones al Registro de la Propiedad de
Hellín, sin haber obtenido respuesta y sin que se haya producido su rectificación. Adjunto
copia de los dos escritos remitidos.
Sexto. Reitero mi disconformidad con la resolución recurrida.
Como ha quedado expuesto, el Registrador califica negativamente la instancia
presentada porque afirma que, para solicitar cambios que afecten a la finca registral
número 14.551 de Hellín es necesario el consentimiento de la mercantil Moorstyle
España S. L., sin que el ahora recurrente acredite la representación de la citada
mercantil.
La calificación consiste en el control de la legalidad de los documentos inscribibles,
de la capacidad de los otorgantes, y de la validez de los actos dispositivos contenidos en
las escrituras públicas. La función calificadora corresponde al Registrador, siendo esta
función obligatoria y quedando sometida a responsabilidad por incumplimiento de esta
obligación.
El Registrador tenía la obligación de comprobar los '“cambios” injustificados
realizados en la descripción de esta finca y no haberlos inscrito por ser contradictorios
con los que obraban en Registro. Se ha infringido de esta manera el contenido del
artículo 199 de la Ley Hipotecaria.
Por todo lo expuesto solicito a esa Dirección General que se proceda a rectificar en
el Registro de la Propiedad de Hellín todas aquellas inscripciones sobre las
transacciones de la finca registral 14.551 en las que aparezca como transmitida la finca 1
de rústica de la Hacienda Cerrones como integrada simultáneamente por la parcela 41
del polígono 44 y por la parte norte de la parcela 13 del polígono 44, dejándolas
integradas exclusivamente por la parcela 41 del polígono 44.»
IV
El registrador de la Propiedad emitió informe confirmando su calificación y formó
expediente que elevó a esta Dirección General.
Fundamentos de Derecho
Vistos los artículos 24 de la Constitución; 1.3.º, 9, 18, 20, 38, 40,198.1, 199, 211
a 217 y 218 y siguientes de la Ley Hipotecaria; 51, 98 y 314 y siguientes del Reglamento
Hipotecario; las Resoluciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado
de 19 de diciembre de 2006, 10 de junio y 13 de julio de 2009, 19 de junio de 2010, 23
de agosto de 2011, 16 octubre de 2012 y 5 y 20 de febrero y 27 de marzo de 2015, y las

cve: BOE-A-2023-17012
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Núm. 175