III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-17008)
Resolución de 3 de julio de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad de Baza, por la que se suspende la cancelación de asientos ordenada en ejecución de sentencia anulatoria de un proyecto de reparcelación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175

Lunes 24 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 107553

III
Contra la anterior nota de calificación, don Manuel Gavilán García, AlcaldePresidente del Ayuntamiento de Baza, interpuso recurso el día 3 de abril de 2023 en
base a los siguientes hechos y fundamentos de Derecho:
«Hechos:
Primero.–Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Baza de 9
de diciembre de 2009 se aprobó el Proyecto de reparcelación de la Unidad de Ejecución
“Carretera de Murcia”.
Segundo.–En los autos del recurso de apelación n.º 90/2014 por el TSJA con sede
en Granada se dicta Sentencia n.º 2356/2015 de 21 de diciembre, por la que se anula el
acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Baza de 30 de octubre de 2008 que, en el marco
del procedimiento de revisión de Oficio, declaró nulo el Proyecto de reparcelación de la
Carretera de Murcia de las Normas Subsidiarias de Baza de 4 de febrero de 2002, por
caducidad de dicho procedimiento de revisión de oficio (…)
Igualmente, en los autos del recurso de apelación n.º 543/2017 se dicta por el TSJA
con sede en Granada la Sentencia n.º 1590/2017 de 13 de julio, en cuyo fallo se declara
la nulidad del acuerdo de 9 de diciembre de 2009 que aprueba el Proyecto de
Reparcelación de la Unidad de Ejecución Carretera de Murcia y los actos llevados a
cabo en su ejecución (…)
Tercero.–En proceso de ejecución de las anteriores sentencias se dicta por el
Juzgado de lo Contencioso Administrativo n.º 2 de Granada el Auto de 24 de febrero
de 2022 por el que se acuerda la cancelación de los asientos registrales que se han
practicado en el Registro de la Propiedad de Baza y que traen causa del Proyecto de
Reparcelación de la Unidad de Ejecución “Carretera de Murcia”, reponiendo las fincas a
su estado inicial anterior al proyecto anulado, si bien, en cuanto a la finca registral 3367
acuerda no proceder a la cancelación en tanto que el titular registral actual, Don S. Y. M.,
no es parte en el procedimiento ni se le ha dado la posibilidad de intervenir en el mismo.
Contra el citado Auto de 24 de febrero de 2022 se interpuso recurso de apelación
ante el TSJA, dictándose Sentencia n.º 3767 el 29 de septiembre de 2022 por la que se
estima el recurso de apelación y se determina también la cancelación del asiento
registral de la finca 33675 y de las fincas de resultado que dieron lugar a los viales
públicos como consecuencia del Proyecto de reparcelación de la Unidad de Ejecución
“Carretera de Murcia" (…)
Cuarto.–Con fecha 24 de febrero de 2023 este Ayuntamiento presenta en el Registro
de la Propiedad la documentación pertinente para dar cumplimiento a las resoluciones
judiciales que ordenaban la cancelación de los asientos registrales que traen causa del
Proyecto de reparcelación de la Unidad de Ejecución “Carretera de Murcia”, dando lugar
al número de entrada 872/2023, que originaron el asiento 1265 del Diario 87.
Con fecha 2 de marzo de 2023 se emite calificación negativa por el Sr. Registrador
de la Propiedad de Baza aduciendo que el titular de la finca registral 33675 no ha tenido
intervención en el procedimiento que anula el acto administrativo.

Primero.–El Ayuntamiento de Baza posee legitimación para interponer el presente
recurso en su condición de interesado de conformidad con lo establecido en el
artículo 325 a) de la Ley Hipotecaria, al ser la Administración Pública que aprobó en su
momento el Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución “Carretera de Murcia”
de 9 de diciembre de 2009, inscrito en su momento en el Registro de la Propiedad,
habiéndose dictado Auto y Sentencia judiciales acordando la cancelación de los asientos
registrales que derivan del mismo, por lo que es evidente el interés del Consistorio
bastetano en que se proceda a dicha cancelación registral.
Segundo.–La calificación desfavorable del Sr. Registrador de la Propiedad de Baza
se fundamenta en que el titular de la finca 33675, Don S. Y. M., quien adquirió la misma

cve: BOE-A-2023-17008
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