III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Sector eléctrico. (BOE-A-2023-17054)
Resolución de 18 de julio de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se aprueba la cuantía definitiva de los costes de generación de liquidación y del extracoste de la actividad de producción en los territorios no peninsulares para los grupos titularidad del grupo Endesa correspondiente al ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175
Lunes 24 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 107909
algunos conceptos de costes de forma adicional a lo referido por dicha Comisión en su
propuesta:
a)
Coste de grupos pendientes de resolución de compatibilidad.
Como se ha indicado, mediante Resolución de la Dirección General de Política
Energética y Minas, del 22 de octubre de 2020, se otorgó resolución favorable de
compatibilidad y régimen retributivo adicional a los grupos Ibiza 25 (RO2-0209), Ibiza 26
(RO2-0210) y Punta Grande 19 (RO2-0212), ubicados en los sistemas eléctricos de los
territorios no peninsulares.
Estos grupos venían siendo despachados desde su puesta en servicio para
garantizar la seguridad de suministro en los sistemas eléctricos aislados en los que están
ubicados, percibiendo por la energía suministrada el precio del mercado en virtud de lo
establecido en el apartado 2 de la disposición transitoria primera de la Ley 17/2013,
de 29 de octubre.
Tal y como señala la Comisión en su informe, la fecha de las liquidaciones definitivas
del ejercicio 2018 realizadas por el operador del sistema fue anterior al reconocimiento
del régimen retributivo adicional a estos grupos, por lo que procede reconocer en esta
resolución los costes pendientes de retribución.
Con el fin de poder determinar la cuantía pendiente de reconocimiento se ha
solicitado al operador del sistema mediante oficio de 25 de septiembre de 2022 que
calcule las cuantías correspondientes, a excepción de la retribución por inversión, dentro
de los costes fijos que forman parte del régimen retributivo adicional, en tanto no se
establezca el valor de la inversión reconocida a estos grupos mediante resolución de la
Dirección General de Política Energética y Minas.
Los costes de generación, sin considerar la retribución por inversión, de los grupos
Ibiza 25, Ibiza 26 y Punta Grande 19 en el ejercicio 2018 calculados por el operador del
sistema ascienden a 31.009.360,28 euros, siendo 21.578.715,95 euros correspondientes
a los grupos Ibiza 25, Ibiza 26, y 9.430.644,33 euros al grupo Punta Grande 19.
Estos costes de generación de los grupos de Ibiza 25, Ibiza 26 y Punta Grande 19 se
corresponden con el régimen retributivo adicional otorgado, a excepción del coste de
inversión, tal y como se ha señalado. Por otra parte, el operador del sistema ha realizado
las liquidaciones de energía de estos grupos en el despacho, por lo que, para determinar
los costes de generación a añadir en la presente resolución de costes, se deben
descontar de las cuantías correspondientes al régimen retributivo adicional aquellos
importes percibidos por estos grupos en la liquidación del operador del sistema, que ya
habrían sido incluidos como costes en las liquidaciones efectuadas por dicho operador.
De esta forma, los costes de generación a añadir a los costes calculados por el
operador del sistema en concepto del régimen retributivo adicional otorgado a los
grupos Ibiza 25, Ibiza 26 y Punta Grande 19 serían de 14.716.882,08 euros,
siendo 9.075.762,75 euros correspondientes a los grupos Ibiza 25, Ibiza 26,
y 5.641.119,33 euros al grupo Punta Grande 19, quedando pendiente el reconocimiento
de la retribución por inversión a estos grupos posteriormente a la aprobación del valor
reconocido de inversión y los valores de la anualidad de la retribución por inversión por
resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas.
Coste de medidas extraordinarias.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia incluía en su propuesta una
cuantía de 2.513.257,00 euros por los costes en los que han incurrido los titulares de las
medidas de carácter temporal y extraordinario adoptadas en 2018 en la isla de
Formentera durante su explotación, tal y como había sido acordado en la Orden
ETU/451/2018, de 17 de abril.
Recientemente se ha aprobado el Real Decreto 446/2023, de 13 de junio, por el que
se modifica el Real Decreto 216/2014, de 28 de marzo, por el que se establece la
metodología de cálculo de los precios voluntarios para el pequeño consumidor de
cve: BOE-A-2023-17054
Verificable en https://www.boe.es
b)
Núm. 175
Lunes 24 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 107909
algunos conceptos de costes de forma adicional a lo referido por dicha Comisión en su
propuesta:
a)
Coste de grupos pendientes de resolución de compatibilidad.
Como se ha indicado, mediante Resolución de la Dirección General de Política
Energética y Minas, del 22 de octubre de 2020, se otorgó resolución favorable de
compatibilidad y régimen retributivo adicional a los grupos Ibiza 25 (RO2-0209), Ibiza 26
(RO2-0210) y Punta Grande 19 (RO2-0212), ubicados en los sistemas eléctricos de los
territorios no peninsulares.
Estos grupos venían siendo despachados desde su puesta en servicio para
garantizar la seguridad de suministro en los sistemas eléctricos aislados en los que están
ubicados, percibiendo por la energía suministrada el precio del mercado en virtud de lo
establecido en el apartado 2 de la disposición transitoria primera de la Ley 17/2013,
de 29 de octubre.
Tal y como señala la Comisión en su informe, la fecha de las liquidaciones definitivas
del ejercicio 2018 realizadas por el operador del sistema fue anterior al reconocimiento
del régimen retributivo adicional a estos grupos, por lo que procede reconocer en esta
resolución los costes pendientes de retribución.
Con el fin de poder determinar la cuantía pendiente de reconocimiento se ha
solicitado al operador del sistema mediante oficio de 25 de septiembre de 2022 que
calcule las cuantías correspondientes, a excepción de la retribución por inversión, dentro
de los costes fijos que forman parte del régimen retributivo adicional, en tanto no se
establezca el valor de la inversión reconocida a estos grupos mediante resolución de la
Dirección General de Política Energética y Minas.
Los costes de generación, sin considerar la retribución por inversión, de los grupos
Ibiza 25, Ibiza 26 y Punta Grande 19 en el ejercicio 2018 calculados por el operador del
sistema ascienden a 31.009.360,28 euros, siendo 21.578.715,95 euros correspondientes
a los grupos Ibiza 25, Ibiza 26, y 9.430.644,33 euros al grupo Punta Grande 19.
Estos costes de generación de los grupos de Ibiza 25, Ibiza 26 y Punta Grande 19 se
corresponden con el régimen retributivo adicional otorgado, a excepción del coste de
inversión, tal y como se ha señalado. Por otra parte, el operador del sistema ha realizado
las liquidaciones de energía de estos grupos en el despacho, por lo que, para determinar
los costes de generación a añadir en la presente resolución de costes, se deben
descontar de las cuantías correspondientes al régimen retributivo adicional aquellos
importes percibidos por estos grupos en la liquidación del operador del sistema, que ya
habrían sido incluidos como costes en las liquidaciones efectuadas por dicho operador.
De esta forma, los costes de generación a añadir a los costes calculados por el
operador del sistema en concepto del régimen retributivo adicional otorgado a los
grupos Ibiza 25, Ibiza 26 y Punta Grande 19 serían de 14.716.882,08 euros,
siendo 9.075.762,75 euros correspondientes a los grupos Ibiza 25, Ibiza 26,
y 5.641.119,33 euros al grupo Punta Grande 19, quedando pendiente el reconocimiento
de la retribución por inversión a estos grupos posteriormente a la aprobación del valor
reconocido de inversión y los valores de la anualidad de la retribución por inversión por
resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas.
Coste de medidas extraordinarias.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia incluía en su propuesta una
cuantía de 2.513.257,00 euros por los costes en los que han incurrido los titulares de las
medidas de carácter temporal y extraordinario adoptadas en 2018 en la isla de
Formentera durante su explotación, tal y como había sido acordado en la Orden
ETU/451/2018, de 17 de abril.
Recientemente se ha aprobado el Real Decreto 446/2023, de 13 de junio, por el que
se modifica el Real Decreto 216/2014, de 28 de marzo, por el que se establece la
metodología de cálculo de los precios voluntarios para el pequeño consumidor de
cve: BOE-A-2023-17054
Verificable en https://www.boe.es
b)