III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Sector eléctrico. (BOE-A-2023-17051)
Resolución de 18 de julio de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se aprueba la cuantía definitiva de los costes de generación de liquidación y el extracoste de la actividad de producción de las instalaciones con régimen retributivo específico en los territorios no peninsulares correspondiente al ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175

Lunes 24 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 107884

resultante para estas instalaciones asciende a –8.767.470,01 euros, es decir, es una
cuantía que los generadores con régimen retributivo específico deben devolver.
Esta cantidad se corresponde, por un lado, como se ha señalado anteriormente, con
las diferencias de retribución con cargo a los Presupuestos Generales del Estado y el
sistema eléctrico sobre el 50 % del régimen retributivo específico que establece la
normativa, por una cuantía de 62,61 euros que Presupuestos habría financiado sobre
ese 50 % y que el sistema eléctrico habría financiado por debajo del 50 % del régimen
retributivo específico. Si bien el efecto conjunto de estas diferencias sería neutro para los
generadores, debe reconocerse la cuantía de estas diferencias en cada una de las
fuentes de financiación. Por otro lado, la liquidación-compensación definitiva
corresponde a la diferencia entre los ingresos percibidos en el despacho y los derechos
de cobro por la venta de la energía en los despachos o participación en servicios de
ajuste, de acuerdo a lo previsto en el Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, por una
cuantía de 8.767.470,01 euros que habrá de ser ajustada en un 50 % con cargo a los
Presupuestos Generales del Estado y en un 50 % al sistema eléctrico.
El detalle de la segunda cuantía, 8.767.470,01 euros, desagregada por sujeto de
despacho afectado de acuerdo a la información del operador del sistema se incluye en el
anexo a esta resolución.
En virtud de lo anterior, una vez realizado el preceptivo trámite de audiencia de la
propuesta, y la auditoría pública por parte de la Oficina Nacional de Auditoría de la
Intervención General de la Administración del Estado, esta Dirección General de Política
Energética y Minas, resuelve:
Primero.
Aprobar la cuantía definitiva de los costes de generación de liquidación definidos en
el Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, para las centrales de los territorios no
peninsulares que tienen reconocido un régimen retributivo específico, correspondientes
al ejercicio 2018, que asciende a 213.260.998,37 euros.
Euros

Costes de generación calculados por el OS.

Instalaciones con régimen
retributivo específico

66.704.919,74

Régimen retributivo específico calculado por CNMC.

146.556.078,63

Costes de generación definitivos.

213.260.998,37

Segundo.
Aprobar la cuantía definitiva del extracoste de la actividad de producción del
año 2018 correspondiente a las centrales de los territorios no peninsulares que tienen
reconocido un régimen retributivo específico, que asciende a:

Costes de generación definitivos a reconocer.
Ingresos por ventas de energía del despacho de generación.
Extracoste.

Instalaciones con régimen
retributivo específico

213.260.998,37
75.472.389,75
137.788.608,62

Extracoste con cargo al sistema eléctrico.

68.894.304,31

Extracoste con cargo al PGE.

68.894.304,31

cve: BOE-A-2023-17051
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