III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Subvenciones. (BOE-A-2023-17048)
Orden PCM/854/2023, de 21 de julio, por la que se modifica la Orden PCM/725/2020, de 27 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a actividades relacionadas con la recuperación de la Memoria Democrática y las víctimas de la Guerra Civil y de la Dictadura.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175
Lunes 24 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 107863
se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante
la guerra civil y la dictadura, se prevé la posibilidad de hacer planes de trabajo de
actividades de indagación, localización e identificación de las personas desaparecidas
durante la Guerra o la represión política posterior y cuyo paradero se ignore, a través de
los mecanismos de financiación y ayuda que se establezcan, tanto en colaboración con
las administraciones públicas como con la participación de organizaciones de víctimas o
familiares, directamente.
Por todo lo anterior, resulta necesario modificar el artículo 1 de la Orden
PCM/725/2020, de 27 de julio, suprimiendo la cláusula de reparto del crédito, ya que, con
las dotaciones presupuestarias de estos años, esta limitación ha quedado obsoleta, y,
por el contrario, dado el nivel de implementación de dichas tareas de búsqueda e
identificación, resultan igualmente necesarias el resto de actividades previstas.
Así mismo, resulta conveniente modificar el preámbulo de la citada orden añadiendo
las referencias a la vigente Ley de Memoria Democrática y al actual Plan Estratégico de
Subvenciones (PES) del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y
Memoria Democrática 2021-2023, además de determinar explícitamente que las
subvenciones reguladas en la misma no constituyen ayudas de estado en los términos
previstos en los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
Esta norma se adecúa a los principios de buena regulación recogidos en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. Cumple con los principios de necesidad y eficacia,
puesto que existen razones de interés general que justifican su aprobación y por ser esta
orden el instrumento más adecuado para los fines perseguidos; resulta acorde con el
principio de proporcionalidad, al contener la regulación imprescindible para atender la
necesidad expuesta y ser el medio más adecuado para cumplir sus objetivos. Asimismo,
se garantiza el principio de seguridad jurídica ya que la orden es coherente con el marco
normativo general en materia de subvenciones. También es respetuosa con el principio
de transparencia, ya que tanto el objetivo que se persigue como su contenido se
encuentran claramente definidos. Por último, la norma es coherente con el principio de
eficiencia, ya que no supone incremento de las cargas administrativas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, esta orden ha sido sometida a informe de la
Abogacía del Estado y de la Intervención Delegada de la Intervención General de la
Administración del Estado en el Departamento.
En su virtud, dispongo:
Artículo único. Modificación de la Orden PCM/725/2020, de 27 de julio, por la que se
establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a
actividades relacionadas con la recuperación de la Memoria Democrática y las
víctimas de la Guerra Civil y de la Dictadura.
La Orden PCM/725/2020, de 27 de julio, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a actividades relacionadas
con la recuperación de la Memoria Democrática y las víctimas de la Guerra Civil y de la
Dictadura, queda modificada como sigue:
Se modifica el preámbulo, que pasa a tener la siguiente redacción:
«La Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían
derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o
violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura, sentó las bases para que los
poderes públicos lleven a cabo políticas públicas dirigidas al conocimiento de
nuestra historia y al fomento de la memoria democrática, reparando a las víctimas
y promoviendo el conocimiento y la reflexión sobre nuestro pasado, para evitar
que se repitan situaciones de intolerancia y violación de derechos humanos como
las vividas en ese periodo.
cve: BOE-A-2023-17048
Verificable en https://www.boe.es
Uno.
Núm. 175
Lunes 24 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 107863
se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante
la guerra civil y la dictadura, se prevé la posibilidad de hacer planes de trabajo de
actividades de indagación, localización e identificación de las personas desaparecidas
durante la Guerra o la represión política posterior y cuyo paradero se ignore, a través de
los mecanismos de financiación y ayuda que se establezcan, tanto en colaboración con
las administraciones públicas como con la participación de organizaciones de víctimas o
familiares, directamente.
Por todo lo anterior, resulta necesario modificar el artículo 1 de la Orden
PCM/725/2020, de 27 de julio, suprimiendo la cláusula de reparto del crédito, ya que, con
las dotaciones presupuestarias de estos años, esta limitación ha quedado obsoleta, y,
por el contrario, dado el nivel de implementación de dichas tareas de búsqueda e
identificación, resultan igualmente necesarias el resto de actividades previstas.
Así mismo, resulta conveniente modificar el preámbulo de la citada orden añadiendo
las referencias a la vigente Ley de Memoria Democrática y al actual Plan Estratégico de
Subvenciones (PES) del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y
Memoria Democrática 2021-2023, además de determinar explícitamente que las
subvenciones reguladas en la misma no constituyen ayudas de estado en los términos
previstos en los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
Esta norma se adecúa a los principios de buena regulación recogidos en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. Cumple con los principios de necesidad y eficacia,
puesto que existen razones de interés general que justifican su aprobación y por ser esta
orden el instrumento más adecuado para los fines perseguidos; resulta acorde con el
principio de proporcionalidad, al contener la regulación imprescindible para atender la
necesidad expuesta y ser el medio más adecuado para cumplir sus objetivos. Asimismo,
se garantiza el principio de seguridad jurídica ya que la orden es coherente con el marco
normativo general en materia de subvenciones. También es respetuosa con el principio
de transparencia, ya que tanto el objetivo que se persigue como su contenido se
encuentran claramente definidos. Por último, la norma es coherente con el principio de
eficiencia, ya que no supone incremento de las cargas administrativas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, esta orden ha sido sometida a informe de la
Abogacía del Estado y de la Intervención Delegada de la Intervención General de la
Administración del Estado en el Departamento.
En su virtud, dispongo:
Artículo único. Modificación de la Orden PCM/725/2020, de 27 de julio, por la que se
establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a
actividades relacionadas con la recuperación de la Memoria Democrática y las
víctimas de la Guerra Civil y de la Dictadura.
La Orden PCM/725/2020, de 27 de julio, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a actividades relacionadas
con la recuperación de la Memoria Democrática y las víctimas de la Guerra Civil y de la
Dictadura, queda modificada como sigue:
Se modifica el preámbulo, que pasa a tener la siguiente redacción:
«La Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían
derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o
violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura, sentó las bases para que los
poderes públicos lleven a cabo políticas públicas dirigidas al conocimiento de
nuestra historia y al fomento de la memoria democrática, reparando a las víctimas
y promoviendo el conocimiento y la reflexión sobre nuestro pasado, para evitar
que se repitan situaciones de intolerancia y violación de derechos humanos como
las vividas en ese periodo.
cve: BOE-A-2023-17048
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