III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Seguridad Social. (BOE-A-2023-17065)
Orden ISM/858/2023, de 21 de julio, por la que se determina el contenido y la periodicidad del plan de optimización del patrimonio de la Seguridad Social.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175
Lunes 24 de julio de 2023
b)
Sec. III. Pág. 107994
Línea estratégica 2. Mejora y mantenimiento del patrimonio.
Programa 2.1: Previsión de las inversiones necesarias para la mejora y el
mantenimiento del patrimonio inmobiliario, con especial atención a las dirigidas a la
eficiencia energética.
Programa 2.2: Fomento de las actuaciones de mejora de la eficiencia energética.
c)
Línea estratégica 3. Control del gasto.
Programa 3.1: Elaboración de la relación de gastos que generan los inmuebles.
Programa 3.2: Medidas para el control y reducción de los gastos generados por los
inmuebles.
Programa 3.3: Digitalización de la información relativa a gastos.
d)
Línea estratégica 4. Actuaciones en el ámbito de los negocios jurídicos.
Programa 4.1: Relación de bienes inmuebles que no son necesarios para atender las
necesidades presentes y futuras, diferenciando aquellos inmuebles que son susceptibles
de explotación económica de aquellos que no.
Programa 4.2: Elaboración de los catálogos de enajenaciones, arrendamientos y cesiones.
Programa 4.3: Publicación de los catálogos de enajenaciones, arrendamientos y cesiones.
Programa 4.4: Iniciación de los procesos de enajenación o explotación económica.
Programa 4.5: Publicidad de los procesos de enajenación y arrendamiento.
Programa 4.6: Seguimiento de los procesos de enajenación o explotación económica.
Programa 4.7: Potenciación de la figura de la adscripción como negocio jurídico
idóneo en el supuesto de administraciones públicas.
e) Línea estratégica 5. Actuaciones de supervisión e inspección de los inmuebles,
prestando especial atención a la depuración de la situación jurídica y legal de estos.
Programa 5.1: Supervisión e inspección sobre el cumplimiento de los fines y
condiciones a que estén sujetos los inmuebles adscritos a entidades del sistema de la
Seguridad Social.
Programa 5.2: Supervisión e inspección sobre el cumplimiento de los fines y
condiciones a que estén sujetos los inmuebles adscritos a entidades ajenas al sistema
de la Seguridad Social.
Programa 5.3: Supervisión e inspección sobre el cumplimiento de los fines y
condiciones a que estén sujetos los inmuebles cedidos en uso.
Programa 5.4: Depuración de la situación jurídica y legal de los bienes, priorizando
aquellos que sean susceptibles de explotación económica.
Programa 5.5: Fomento de las actuaciones de supervisión e inspección de la
situación jurídica y legal de los bienes adscritos a otras entidades.
f)
Línea estratégica 6. Digitalización.
Programa 6.1: Adaptación del aplicativo inventario de bienes inmuebles y derechos (IBID).
Programa 6.2: Digitalización de expedientes en papel.
Línea estratégica 7. Dotación de los necesarios recursos humanos.
Artículo 3. Periodicidad y revisión.
El plan de optimización del patrimonio de la Seguridad Social tendrá una vigencia de
cuatro años desde su aprobación y será revisado a los dos años de esta.
Disposición adicional única.
Revisión especial.
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 3, el plan de optimización del patrimonio
de la Seguridad Social será revisado una vez concluida la elaboración del estudio sobre
cve: BOE-A-2023-17065
Verificable en https://www.boe.es
g)
Núm. 175
Lunes 24 de julio de 2023
b)
Sec. III. Pág. 107994
Línea estratégica 2. Mejora y mantenimiento del patrimonio.
Programa 2.1: Previsión de las inversiones necesarias para la mejora y el
mantenimiento del patrimonio inmobiliario, con especial atención a las dirigidas a la
eficiencia energética.
Programa 2.2: Fomento de las actuaciones de mejora de la eficiencia energética.
c)
Línea estratégica 3. Control del gasto.
Programa 3.1: Elaboración de la relación de gastos que generan los inmuebles.
Programa 3.2: Medidas para el control y reducción de los gastos generados por los
inmuebles.
Programa 3.3: Digitalización de la información relativa a gastos.
d)
Línea estratégica 4. Actuaciones en el ámbito de los negocios jurídicos.
Programa 4.1: Relación de bienes inmuebles que no son necesarios para atender las
necesidades presentes y futuras, diferenciando aquellos inmuebles que son susceptibles
de explotación económica de aquellos que no.
Programa 4.2: Elaboración de los catálogos de enajenaciones, arrendamientos y cesiones.
Programa 4.3: Publicación de los catálogos de enajenaciones, arrendamientos y cesiones.
Programa 4.4: Iniciación de los procesos de enajenación o explotación económica.
Programa 4.5: Publicidad de los procesos de enajenación y arrendamiento.
Programa 4.6: Seguimiento de los procesos de enajenación o explotación económica.
Programa 4.7: Potenciación de la figura de la adscripción como negocio jurídico
idóneo en el supuesto de administraciones públicas.
e) Línea estratégica 5. Actuaciones de supervisión e inspección de los inmuebles,
prestando especial atención a la depuración de la situación jurídica y legal de estos.
Programa 5.1: Supervisión e inspección sobre el cumplimiento de los fines y
condiciones a que estén sujetos los inmuebles adscritos a entidades del sistema de la
Seguridad Social.
Programa 5.2: Supervisión e inspección sobre el cumplimiento de los fines y
condiciones a que estén sujetos los inmuebles adscritos a entidades ajenas al sistema
de la Seguridad Social.
Programa 5.3: Supervisión e inspección sobre el cumplimiento de los fines y
condiciones a que estén sujetos los inmuebles cedidos en uso.
Programa 5.4: Depuración de la situación jurídica y legal de los bienes, priorizando
aquellos que sean susceptibles de explotación económica.
Programa 5.5: Fomento de las actuaciones de supervisión e inspección de la
situación jurídica y legal de los bienes adscritos a otras entidades.
f)
Línea estratégica 6. Digitalización.
Programa 6.1: Adaptación del aplicativo inventario de bienes inmuebles y derechos (IBID).
Programa 6.2: Digitalización de expedientes en papel.
Línea estratégica 7. Dotación de los necesarios recursos humanos.
Artículo 3. Periodicidad y revisión.
El plan de optimización del patrimonio de la Seguridad Social tendrá una vigencia de
cuatro años desde su aprobación y será revisado a los dos años de esta.
Disposición adicional única.
Revisión especial.
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 3, el plan de optimización del patrimonio
de la Seguridad Social será revisado una vez concluida la elaboración del estudio sobre
cve: BOE-A-2023-17065
Verificable en https://www.boe.es
g)