III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2023-17046)
Orden APA/852/2023, de 13 de julio, por la que se establece un plan de gestión para la pesca con artes de cerco en el subcaladero Mediterráneo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 24 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 107849
La Comisión Europea ha manifestado a España la necesidad de actualizar el vigente
plan, en aras de mejorar la gestión de los pequeños pelágicos del Mediterráneo
occidental, así como velar por el cumplimiento de los objetivos marcados por la Política
Pesquera Común, para que la explotación de los recursos pesqueros marinos mantenga
las poblaciones por encima de los niveles que puedan producir el rendimiento máximo
sostenible.
A pesar de que el número de especies que pueden ser capturadas con arte de cerco
es elevado, las especies objetivo fundamentales de esta pesquería son dos, la sardina y
el boquerón, siendo los niveles de explotación diferentes en función de la unidad
funcional de que se trate y, por consiguiente, requieren de medidas diferenciadas.
La Comisión General de Pesca del Mediterráneo consideró conveniente dividir el
Mediterráneo en subdivisiones geográficas por la necesidad de seguir y evaluar los
recursos pesqueros en una gestión georreferenciada. Estas subdivisiones geográficas
son conocidas habitualmente como GSAs, derivado de sus siglas inglesas (Geographical
Sub-Areas).
Recientemente se ha actualizado la evaluación científica de estas poblaciones por
parte de la Comisión General de Pesca del Mediterráneo. Así, en la subdivisión
geográfica de la Comisión General de Pesca del Mediterráneo GSA 6, el estado de la
sardina es crítico, presentando una tendencia negativa en su abundancia a la luz del
resultado de las campañas acústicas efectuadas, siendo la biomasa evaluada la más
baja, y en situación sobreexplotación. Por su parte, el boquerón se considera explotado
sosteniblemente, pero con una situación de desequilibrio.
Por lo que se refiere a la GSA 1, la situación del boquerón se considera en
sobreexplotación, con grandes oscilaciones de la captura y la biomasa a lo largo de la
serie histórica. En el caso de la sardina, en estos momentos su estado es crítico, con
una tendencia negativa en la abundancia mediante campañas de acústica, siendo la
biomasa muy baja.
La GSA 5 no cuenta con evaluaciones específicas para ambos stocks, si bien el
número de barcos que faenan en esta unidad es bajo, por lo que no se estima adecuado
cambiar significativamente los actuales patrones de explotación.
Por otro lado, entre las especies autorizadas por la Orden ARM/2529/2011, de 21 de
septiembre, a ser capturadas por barcos de la modalidad de cerco, se encuentra la lecha
o serviola (Seriola dumerili) entre el 15 de julio y el 15 de noviembre de cada año, ambos
inclusive. Esta especie es muy apreciada localmente en algunas zonas de Baleares y
parte del Levante peninsular. La costumbre de los reproductores de esta especie es
agruparse en grandes bancos, tanto durante la época de cría como después, y siempre
en lugares señalados como pecios o arrecifes, algo que hace que estos ejemplares sean
especialmente vulnerables a los artes de cerco. Por esta razón, se estima conveniente
mantener la gestión de esta especie como hasta ahora, dando así protección a los
reproductores, permitiendo únicamente la captura entre el 1 de agosto y el 15 de
noviembre de cada año. Ello es debido a que se carece de una evaluación analítica de la
biomasa de la población, por lo que no se recomienda científicamente autorizar sin
limitaciones la captura, sino seguir protegiendo las vulnerables agregaciones
reproductoras de la especie de manera suficiente, con el fin de garantizar la protección
de la ventana reproductora en el Mediterráneo Occidental, principalmente centrada en el
mes de junio, pero que atendiendo a diferentes variables ambientales (como la
temperatura del agua), podría tener lugar antes o extenderse en el tiempo.
Por todo ello, con esta orden se pretende dar un impulso a las medidas de gestión
que permita mejorar el estado de las poblaciones objetivo de esta pesquería, en especial
la sardina y el boquerón, así como conseguir que sus puntos de referencia biológicos se
mantengan dentro de unos límites seguros explotándose de manera sostenible de
acuerdo con la Política Pesquera Común y cumpliendo sus objetivos. Para ello, se
establece el incremento de la talla mínima, con ciertas flexibilidades, en aquellos stocks
donde se considera necesario para reforzar la estructura de la población, así como topes
de captura para modular la mortalidad por pesca, manteniendo al mismo tiempo la
cve: BOE-A-2023-17046
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 175
Lunes 24 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 107849
La Comisión Europea ha manifestado a España la necesidad de actualizar el vigente
plan, en aras de mejorar la gestión de los pequeños pelágicos del Mediterráneo
occidental, así como velar por el cumplimiento de los objetivos marcados por la Política
Pesquera Común, para que la explotación de los recursos pesqueros marinos mantenga
las poblaciones por encima de los niveles que puedan producir el rendimiento máximo
sostenible.
A pesar de que el número de especies que pueden ser capturadas con arte de cerco
es elevado, las especies objetivo fundamentales de esta pesquería son dos, la sardina y
el boquerón, siendo los niveles de explotación diferentes en función de la unidad
funcional de que se trate y, por consiguiente, requieren de medidas diferenciadas.
La Comisión General de Pesca del Mediterráneo consideró conveniente dividir el
Mediterráneo en subdivisiones geográficas por la necesidad de seguir y evaluar los
recursos pesqueros en una gestión georreferenciada. Estas subdivisiones geográficas
son conocidas habitualmente como GSAs, derivado de sus siglas inglesas (Geographical
Sub-Areas).
Recientemente se ha actualizado la evaluación científica de estas poblaciones por
parte de la Comisión General de Pesca del Mediterráneo. Así, en la subdivisión
geográfica de la Comisión General de Pesca del Mediterráneo GSA 6, el estado de la
sardina es crítico, presentando una tendencia negativa en su abundancia a la luz del
resultado de las campañas acústicas efectuadas, siendo la biomasa evaluada la más
baja, y en situación sobreexplotación. Por su parte, el boquerón se considera explotado
sosteniblemente, pero con una situación de desequilibrio.
Por lo que se refiere a la GSA 1, la situación del boquerón se considera en
sobreexplotación, con grandes oscilaciones de la captura y la biomasa a lo largo de la
serie histórica. En el caso de la sardina, en estos momentos su estado es crítico, con
una tendencia negativa en la abundancia mediante campañas de acústica, siendo la
biomasa muy baja.
La GSA 5 no cuenta con evaluaciones específicas para ambos stocks, si bien el
número de barcos que faenan en esta unidad es bajo, por lo que no se estima adecuado
cambiar significativamente los actuales patrones de explotación.
Por otro lado, entre las especies autorizadas por la Orden ARM/2529/2011, de 21 de
septiembre, a ser capturadas por barcos de la modalidad de cerco, se encuentra la lecha
o serviola (Seriola dumerili) entre el 15 de julio y el 15 de noviembre de cada año, ambos
inclusive. Esta especie es muy apreciada localmente en algunas zonas de Baleares y
parte del Levante peninsular. La costumbre de los reproductores de esta especie es
agruparse en grandes bancos, tanto durante la época de cría como después, y siempre
en lugares señalados como pecios o arrecifes, algo que hace que estos ejemplares sean
especialmente vulnerables a los artes de cerco. Por esta razón, se estima conveniente
mantener la gestión de esta especie como hasta ahora, dando así protección a los
reproductores, permitiendo únicamente la captura entre el 1 de agosto y el 15 de
noviembre de cada año. Ello es debido a que se carece de una evaluación analítica de la
biomasa de la población, por lo que no se recomienda científicamente autorizar sin
limitaciones la captura, sino seguir protegiendo las vulnerables agregaciones
reproductoras de la especie de manera suficiente, con el fin de garantizar la protección
de la ventana reproductora en el Mediterráneo Occidental, principalmente centrada en el
mes de junio, pero que atendiendo a diferentes variables ambientales (como la
temperatura del agua), podría tener lugar antes o extenderse en el tiempo.
Por todo ello, con esta orden se pretende dar un impulso a las medidas de gestión
que permita mejorar el estado de las poblaciones objetivo de esta pesquería, en especial
la sardina y el boquerón, así como conseguir que sus puntos de referencia biológicos se
mantengan dentro de unos límites seguros explotándose de manera sostenible de
acuerdo con la Política Pesquera Común y cumpliendo sus objetivos. Para ello, se
establece el incremento de la talla mínima, con ciertas flexibilidades, en aquellos stocks
donde se considera necesario para reforzar la estructura de la población, así como topes
de captura para modular la mortalidad por pesca, manteniendo al mismo tiempo la
cve: BOE-A-2023-17046
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 175