III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-16931)
Resolución de 17 de julio de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., y el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas», para la regulación del Centro de Astrobiología.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 174

Sábado 22 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 106797

VII. Las bases del régimen de gestión económica y el presupuesto del Centro.
VIII. La vigencia, causas de extinción y liquidación del Centro, así como las normas
sobre desvinculación e incorporación de nuevas entidades.
2. El presente convenio se desarrollará en sus aspectos organizativos y de
funcionamiento operativo mediante un Reglamento de Régimen Interno (en adelante,
RRI) del Centro, que se aprobará por las instituciones cotitulares, sin perjuicio de la
capacidad de la Comisión Rectora para proponerles su modificación -siempre que no se
altere el contenido del Convenio- y para la aprobación de normas internas específicas de
desarrollo del funcionamiento del Centro en aquellos aspectos que sea necesario y/o se
prevea expresamente en este convenio.
CAPÍTULO I
Misión, naturaleza y funciones
Segunda.

Misión y objetivos generales del Centro.

1. El CAB tiene la finalidad de llevar a cabo, en un marco de colaboración,
actividades de investigación, formación, transferencia y divulgación en el ámbito de la
astrobiología, promoviendo un enfoque transdisciplinar.
2. En cumplimiento de su misión, el CAB tendrá los siguientes objetivos generales:
a) Contribuir al avance de la investigación y el desarrollo tecnológico en materia de
astrobiología y a su proyección internacional.
b) Contribuir al progreso y aumento de la competitividad del sector productivo
mediante la difusión nacional e internacional del conocimiento generado y la
transferencia de sus resultados, mejorando las condiciones de vida de la sociedad y
dando respuesta a los retos que se le planteen.
c) Promover la cultura científica difundiendo sus actividades a la sociedad.
d) Promover la conexión e interacción entre la investigación y la docencia
universitaria.
Naturaleza y régimen jurídico del centro.

1. El CAB se constituye como una estructura mixta de investigación de titularidad
compartida entre las partes firmantes, sin personalidad jurídica propia y con autonomía
de gestión, conformada por los medios humanos, materiales y económicos que aporta
cada una de ellas, que se ponen en común en el marco de una misma estructura
organizativa y bajo una misma dirección científica para la consecución de unos objetivos
compartidos.
2. El CAB tiene la consideración a todos los efectos de instituto mixto del CSIC
como Organismo Público de Investigación de la Administración General del Estado
(OPI), de conformidad con su normativa reguladora de institutos, y de Centro mixto de
investigación del INTA como Organismo Público de Investigación de la Administración
General del Estado (OPI).
Asimismo, el CAB forma parte del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e
Innovación (SECTI), a través de CSIC e INTA como agentes de ejecución, de
conformidad con la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la
Innovación.
3. Las actividades científicas y tecnológicas y, en general, el funcionamiento del
Centro, se desarrollarán en régimen de cooperación y de actuación conjunta, mediante la
puesta en común de medios, en los términos previstos en el presente Convenio y su RRI
y sin perjuicio de la autonomía de cada parte y de las facultades de sus respectivos
órganos de gobierno y administración, en especial en lo que se refiere a materias de
personal, presupuestos y patrimonio. Las partes mantendrán la titularidad de los medios

cve: BOE-A-2023-16931
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.