III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-16932)
Resolución de 17 de julio de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Fiscalía General del Estado, en materia de formación, investigación y publicaciones.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 174
Sábado 22 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 106820
dirección académica y programación de las acciones formativas, a cuyo efecto pondrán a
disposición de las mismas cuantos medios personales y materiales resulten necesarios.
Cada parte se compromete a informar a la otra con la suficiente antelación de los
programas y actividades de formación previstos por cada una de ellas, así como a dar la
máxima difusión a las convocatorias de actividades que se realicen, correspondiendo la
selección de los asistentes a cada parte conforme a sus normas internas.
Tercera.
Financiación.
Las actuaciones previstas en este convenio no darán lugar a contraprestación
económica entre las partes firmantes y no supondrán incremento del gasto público. No
podrán suponer incremento de dotaciones ni de retribuciones ni de otros gastos de
personal.
Cuarta.
Protección de datos personales.
a) En el tratamiento de los datos de carácter personal, cada parte será responsable
de los tratamientos necesarios para la aplicación del convenio, en aplicación del
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD), y la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
derechos digitales. En el caso de la Agencia Tributaria, el responsable del tratamiento a
efectos del RGPD es la persona titular de la Dirección General, y en el caso de la
Fiscalía General del Estado, el Ministerio Fiscal de conformidad con lo dispuesto en la
Instrucción FGE2/2019.
b) Cada una de las partes en su ámbito es responsable de los tratamientos
relativos a la gestión y tramitación de las actividades docentes, administrativas y
económicas derivadas del desarrollo de ciclos, cursos, seminarios, coloquios o mesas
redondas.
La determinación de la esfera de responsabilidad de las partes signatarias se
comunicará a los titulares de los datos al informarles de los derechos contemplados en la
letra f) de la presente cláusula.
c) Los datos derivados de este convenio serán de carácter identificativo y
financiero, estrictamente necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el objeto
establecido en el convenio.
d) En el caso de que se produzcan incidentes de seguridad que afecten a los
tratamientos derivados de este convenio, las partes se comprometen a informarse
mutuamente con la máxima celeridad posible con objeto de identificar si el incidente es
susceptible de comunicación a la Autoridad de Control (la Agencia Española de
Protección de Datos) y a las personas concernidas, sin sobrepasar el límite de setenta y
dos horas, según establece el RGPD en su artículo 33. A su vez, las partes se
comprometen a colaborar para resolver el incidente y poner los medios para que no se
vuelvan a producir incidentes similares.
e) Las partes fijarán interlocutores relativos a la seguridad de la información y a la
protección de datos personales, que se encargarán de comunicar y coordinar el
tratamiento de los posibles incidentes de seguridad que se produzcan.
f) Los titulares de los datos podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación,
supresión, cancelación, limitación de tratamiento y oposición en la dirección
correspondiente a sus respectivas sedes en cada momento. En el caso del Ministerio
Fiscal, cabrá ejercer los referidos derechos por medio de la dirección web https://
www.fiscal.es/ejercicio-de-los-derechos, ante la Unidad de Apoyo de la Fiscalía General
del Estado.
cve: BOE-A-2023-16932
Verificable en https://www.boe.es
En relación con la seguridad de la información y la protección de datos de carácter
personal, las partes asumen las siguientes actuaciones y compromisos:
Núm. 174
Sábado 22 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 106820
dirección académica y programación de las acciones formativas, a cuyo efecto pondrán a
disposición de las mismas cuantos medios personales y materiales resulten necesarios.
Cada parte se compromete a informar a la otra con la suficiente antelación de los
programas y actividades de formación previstos por cada una de ellas, así como a dar la
máxima difusión a las convocatorias de actividades que se realicen, correspondiendo la
selección de los asistentes a cada parte conforme a sus normas internas.
Tercera.
Financiación.
Las actuaciones previstas en este convenio no darán lugar a contraprestación
económica entre las partes firmantes y no supondrán incremento del gasto público. No
podrán suponer incremento de dotaciones ni de retribuciones ni de otros gastos de
personal.
Cuarta.
Protección de datos personales.
a) En el tratamiento de los datos de carácter personal, cada parte será responsable
de los tratamientos necesarios para la aplicación del convenio, en aplicación del
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD), y la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
derechos digitales. En el caso de la Agencia Tributaria, el responsable del tratamiento a
efectos del RGPD es la persona titular de la Dirección General, y en el caso de la
Fiscalía General del Estado, el Ministerio Fiscal de conformidad con lo dispuesto en la
Instrucción FGE2/2019.
b) Cada una de las partes en su ámbito es responsable de los tratamientos
relativos a la gestión y tramitación de las actividades docentes, administrativas y
económicas derivadas del desarrollo de ciclos, cursos, seminarios, coloquios o mesas
redondas.
La determinación de la esfera de responsabilidad de las partes signatarias se
comunicará a los titulares de los datos al informarles de los derechos contemplados en la
letra f) de la presente cláusula.
c) Los datos derivados de este convenio serán de carácter identificativo y
financiero, estrictamente necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el objeto
establecido en el convenio.
d) En el caso de que se produzcan incidentes de seguridad que afecten a los
tratamientos derivados de este convenio, las partes se comprometen a informarse
mutuamente con la máxima celeridad posible con objeto de identificar si el incidente es
susceptible de comunicación a la Autoridad de Control (la Agencia Española de
Protección de Datos) y a las personas concernidas, sin sobrepasar el límite de setenta y
dos horas, según establece el RGPD en su artículo 33. A su vez, las partes se
comprometen a colaborar para resolver el incidente y poner los medios para que no se
vuelvan a producir incidentes similares.
e) Las partes fijarán interlocutores relativos a la seguridad de la información y a la
protección de datos personales, que se encargarán de comunicar y coordinar el
tratamiento de los posibles incidentes de seguridad que se produzcan.
f) Los titulares de los datos podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación,
supresión, cancelación, limitación de tratamiento y oposición en la dirección
correspondiente a sus respectivas sedes en cada momento. En el caso del Ministerio
Fiscal, cabrá ejercer los referidos derechos por medio de la dirección web https://
www.fiscal.es/ejercicio-de-los-derechos, ante la Unidad de Apoyo de la Fiscalía General
del Estado.
cve: BOE-A-2023-16932
Verificable en https://www.boe.es
En relación con la seguridad de la información y la protección de datos de carácter
personal, las partes asumen las siguientes actuaciones y compromisos: