III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2023-16941)
Resolución de 12 de julio de 2023, del Organismo Autónomo Parques Nacionales, por la que se publica el Convenio con la Junta de Castilla y León y el Ayuntamiento de El Espinar, para la creación de un centro de información del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama y su área de influencia socioeconómica, en la casa forestal de Los Cerrillos Redondos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 174
Sábado 22 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 107196
La entrega efectiva del Centro de Información a la Consejería de Medio Ambiente,
Vivienda y Ordenación del Territorio de la Junta de Castilla y León deberá producirse
dentro de los tres meses siguientes a la fecha en que pueda considerarse cumplido el
requisito mencionado en el párrafo primero de esta estipulación, sin que ninguna de las
Partes pueda oponerse a ello.
La entrega se materializará en el acta correspondiente y se limitará a las obras y
actuaciones desarrolladas en el edificio y su parcela, no originando ningún tipo de
transferencia de gasto corriente de la Administración General del Estado a la Junta de
Castilla y León.
Asimismo, la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de
la Junta de Castilla y León se hará cargo de todos los suministros del centro desde el
momento de su entrega, para lo que, de común acuerdo con el OAPN, que en su caso le
suministrará la documentación necesaria, procederá a suscribir los correspondientes
contratos o a subrogarse en ellos con la debida antelación.
Corresponderá a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del
Territorio de la Junta de Castilla y León la obtención de la licencia de actividad, cuya
tramitación deberá iniciar dentro de los diez días siguientes al momento en que el OAPN
le notifique que el centro reúne condiciones para que pueda ser expedida y le
proporcione la información y documentos técnicos necesarios.
Una vez obtenida la licencia de actividad, la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda
y Ordenación del Territorio de la Junta de Castilla y León procederá a fijar fecha para la
inauguración del centro, a la que asistirán aquellas autoridades que por el OAPN, la
citada Consejería y el Ayuntamiento de El Espinar respectivamente se determinen, así
como a la apertura de las instalaciones al público.
Recursos económicos.
El importe global de los compromisos que en virtud de este convenio contraen tanto
el OAPN como la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de
la Junta de Castilla y León asciende a dos millones seiscientos ochenta y siete mil euros
(2.687.000,00 €) para el período 2023-2026. De ellos, 2.420.000,00 euros corresponden
al OAPN y 267.000,00 euros a la citada Consejería. Su detalle figura en el Anexo I del
presente documento (Memoria de actuaciones). Su distribución por anualidades figura en
el Anexo II (Distribución de anualidades).
El coste de la ejecución material de los proyectos relativos al edificio, así como de la
realización de aquellos ensayos, dictámenes y estudios técnicos previos que, en su
caso, con posterioridad a la firma del presente documento se acrediten como necesarios
para la redacción del proyecto o proyectos de rehabilitación, acondicionamiento y
dotación de la casa forestal para los fines previstos, corresponde al OAPN. Dichas
actuaciones se realizarán por gestión directa de dicho Organismo, que las financiará
como inversiones reales imputables al capítulo VI del presupuesto del Organismo.
El coste de la ejecución material de los proyectos relativos al acondicionamiento y
adecuación interpretativa de la parcela que rodea al edificio, así como de la realización
de aquellos ensayos, dictámenes y estudios técnicos previos y, en su caso, de la
redacción del proyecto o proyectos necesarios, corresponderá a la Consejería. Dichas
actuaciones se realizarán por gestión directa de dicha Consejería, que las financiará
como inversiones reales imputables al capítulo VI de su presupuesto de acuerdo con la
distribución recogida en los anexos de este documento.
El OAPN y la Junta de Castilla y León financiarán las actuaciones que se describen
en el Anexo del presente convenio con los fondos procedentes del MRR hasta el importe
máximo estimado (2.687.000 €), con sujeción a la normativa que resulte de aplicación y
con especial observancia de las exigencias derivadas del Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y las Órdenes Ministeriales HFP/1030/2021 y
HFP/1031/2021, de 29 de septiembre.
cve: BOE-A-2023-16941
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.
Núm. 174
Sábado 22 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 107196
La entrega efectiva del Centro de Información a la Consejería de Medio Ambiente,
Vivienda y Ordenación del Territorio de la Junta de Castilla y León deberá producirse
dentro de los tres meses siguientes a la fecha en que pueda considerarse cumplido el
requisito mencionado en el párrafo primero de esta estipulación, sin que ninguna de las
Partes pueda oponerse a ello.
La entrega se materializará en el acta correspondiente y se limitará a las obras y
actuaciones desarrolladas en el edificio y su parcela, no originando ningún tipo de
transferencia de gasto corriente de la Administración General del Estado a la Junta de
Castilla y León.
Asimismo, la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de
la Junta de Castilla y León se hará cargo de todos los suministros del centro desde el
momento de su entrega, para lo que, de común acuerdo con el OAPN, que en su caso le
suministrará la documentación necesaria, procederá a suscribir los correspondientes
contratos o a subrogarse en ellos con la debida antelación.
Corresponderá a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del
Territorio de la Junta de Castilla y León la obtención de la licencia de actividad, cuya
tramitación deberá iniciar dentro de los diez días siguientes al momento en que el OAPN
le notifique que el centro reúne condiciones para que pueda ser expedida y le
proporcione la información y documentos técnicos necesarios.
Una vez obtenida la licencia de actividad, la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda
y Ordenación del Territorio de la Junta de Castilla y León procederá a fijar fecha para la
inauguración del centro, a la que asistirán aquellas autoridades que por el OAPN, la
citada Consejería y el Ayuntamiento de El Espinar respectivamente se determinen, así
como a la apertura de las instalaciones al público.
Recursos económicos.
El importe global de los compromisos que en virtud de este convenio contraen tanto
el OAPN como la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de
la Junta de Castilla y León asciende a dos millones seiscientos ochenta y siete mil euros
(2.687.000,00 €) para el período 2023-2026. De ellos, 2.420.000,00 euros corresponden
al OAPN y 267.000,00 euros a la citada Consejería. Su detalle figura en el Anexo I del
presente documento (Memoria de actuaciones). Su distribución por anualidades figura en
el Anexo II (Distribución de anualidades).
El coste de la ejecución material de los proyectos relativos al edificio, así como de la
realización de aquellos ensayos, dictámenes y estudios técnicos previos que, en su
caso, con posterioridad a la firma del presente documento se acrediten como necesarios
para la redacción del proyecto o proyectos de rehabilitación, acondicionamiento y
dotación de la casa forestal para los fines previstos, corresponde al OAPN. Dichas
actuaciones se realizarán por gestión directa de dicho Organismo, que las financiará
como inversiones reales imputables al capítulo VI del presupuesto del Organismo.
El coste de la ejecución material de los proyectos relativos al acondicionamiento y
adecuación interpretativa de la parcela que rodea al edificio, así como de la realización
de aquellos ensayos, dictámenes y estudios técnicos previos y, en su caso, de la
redacción del proyecto o proyectos necesarios, corresponderá a la Consejería. Dichas
actuaciones se realizarán por gestión directa de dicha Consejería, que las financiará
como inversiones reales imputables al capítulo VI de su presupuesto de acuerdo con la
distribución recogida en los anexos de este documento.
El OAPN y la Junta de Castilla y León financiarán las actuaciones que se describen
en el Anexo del presente convenio con los fondos procedentes del MRR hasta el importe
máximo estimado (2.687.000 €), con sujeción a la normativa que resulte de aplicación y
con especial observancia de las exigencias derivadas del Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y las Órdenes Ministeriales HFP/1030/2021 y
HFP/1031/2021, de 29 de septiembre.
cve: BOE-A-2023-16941
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.