III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-16925)
Resolución de 11 de julio de 2023, de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Fundación Artemisan, para la implementación de medidas de seguimiento de las aves cinegéticas y la recuperación de las poblaciones de tórtola europea (Streptopelia turtur) y de la perdiz roja (Alectoris rufa).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 174

Sábado 22 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 106745

cuyo objeto es establecer un marco de colaboración entre las partes para adoptar
medidas de seguimiento de las aves cinegéticas y analizar las causas de la diminución
de las poblaciones de la tórtola europea y de la perdiz roja, así como su relación con la
actividad cinegética, en aras de procurar la recuperación y la gestión sostenible de
ambas especies.
Dicho instrumento fue inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación el 20 de abril de 2022, fecha de inicio de su eficacia; y fue
publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 10 de mayo de 2022.
Segundo.
De conformidad con la cláusula novena del convenio, éste podrá ser modificado, de
mutuo acuerdo entre las partes, mediante la suscripción del oportuno acuerdo
de modificación, debiendo este ser suscrito con anterioridad a la expiración del plazo de
duración del mismo.
Tercero.
A este respecto, se requiere corregir las discrepancias halladas entre las cuantías
reflejadas en las anualidades descritas en la cláusula quinta del convenio y las
detalladas en los cuadros de desglose de los costes de las actividades del anexo I en
relación con las anualidades 2023, 2024 y 2025. Debido a la corrección del presupuesto,
sin alterar las cuantías globales, es necesario llevar a cabo una reestructuración de las
actividades, modificando el anexo II, donde se detalla el cronograma de las actuaciones.
Además, las partes estiman necesario introducir modificaciones para adaptar la
realización de las actuaciones a circunstancias sobrevenidas, como el aumento de los
costes de determinados gastos (por ejemplo, en el seguro de vehículos o de lo
materiales para la suplementación de agua y alimento) o la posible falta de la
autorización de la administración autonómica correspondiente para llevar a cabo las
actividades de control de depredadores; y recoger nuevos desarrollos y mejoras
informáticas en la plataforma del Observatorio cinegético, ante necesidades y
oportunidades que se han detectado durante la ejecución de las actuaciones relativas al
seguimiento de especies durante 2022.
Finalmente, y como consecuencia de la modificación de los anexos I y II, es
necesario revisar los conceptos y las cuantías asociadas detalladas en el anexo III del
convenio, correspondiente a la descripción de los trabajos.
Por todo lo expuesto, ambas Partes acuerdan suscribir la presente adenda de
modificación del convenio referido, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto de la adenda.

Segunda.

Modificación de los anexos I, II y III.

Se modifican los anexos I, II y III del convenio para las anualidades 2023, 2024
y 2025 que quedan redactados como se indica respectivamente en los anexos I, II y III
de la presente adenda.
Dichas modificaciones no conllevan ninguna variación de los compromisos
económicos asumidos por las partes ni de su distribución por anualidades,
manteniéndose lo establecido en la cláusula quinta del convenio.

cve: BOE-A-2023-16925
Verificable en https://www.boe.es

Esta adenda tiene por objeto la modificación del convenio suscrito entre el Ministerio
de Agricultura, Pesca y Alimentación, y la Fundación Artemisan el 18 de abril de 2022,
en los términos detallados en la siguiente cláusula.