III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-16925)
Resolución de 11 de julio de 2023, de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Fundación Artemisan, para la implementación de medidas de seguimiento de las aves cinegéticas y la recuperación de las poblaciones de tórtola europea (Streptopelia turtur) y de la perdiz roja (Alectoris rufa).
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 174
Sábado 22 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 106746
Tercera. Eficacia.
La presente adenda surtirá efectos una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles
desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del Sector Público Estatal. Asimismo, será publicada en el plazo de diez
días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2023-16925
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, y para la debida constancia de cuanto queda
convenido, se firma la presente adenda, en el lugar y fecha al inicio indicados.–El
Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas Puchades.–El Presidente de
la Fundación Artemisan, José Luis López-Schummer Treviño.
Núm. 174
Sábado 22 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 106746
Tercera. Eficacia.
La presente adenda surtirá efectos una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles
desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del Sector Público Estatal. Asimismo, será publicada en el plazo de diez
días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2023-16925
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, y para la debida constancia de cuanto queda
convenido, se firma la presente adenda, en el lugar y fecha al inicio indicados.–El
Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas Puchades.–El Presidente de
la Fundación Artemisan, José Luis López-Schummer Treviño.