I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Subvenciones. (BOE-A-2023-16811)
Real Decreto 656/2023, de 18 de julio, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Comunidad Foral de Navarra para la adecuación de túneles a la Directiva 2004/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de abril de 2004, sobre requisitos mínimos de seguridad para túneles de la red transeuropea de carreteras.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 173

Viernes 21 de julio de 2023

Sec. I. Pág. 105474

Esta norma se adecua a los principios de buena regulación previstos en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, entre otros, a los principios de necesidad y eficacia, al
estar justificada por razones de interés general; al principio de transparencia, al
identificarse claramente los fines perseguidos y resultar el instrumento más adecuado
para garantizar la consecución de sus objetivos; al principio de eficiencia, pues no
supone cargas administrativas accesorias y contribuye a la gestión racional de los
recursos públicos; así como a los principios de proporcionalidad y seguridad jurídica, ya
que la norma aborda los extremos exigidos por las normas que regulan este tipo de
subvención, estableciendo la regulación necesaria de acuerdo con dicha normativa.
Este real decreto se dicta al amparo de la competencia que al Estado atribuye el
artículo 149.1.13.ª de la Constitución Española, en materia de bases y coordinación de la
planificación general de la actividad económica.
En la tramitación de este real decreto se ha recabado informe del Ministerio de
Hacienda y Función Pública, de conformidad con el artículo 28.2 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, y la disposición adicional primera de la Ley de 31/2022, de 23 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana,
con la aprobación previa de la Ministra de Hacienda y Función Pública, con el informe del
Ministerio de Hacienda y Función Pública, y previa deliberación del Consejo de Ministros
en su reunión del día 18 de julio 2023,
DISPONGO:
Artículo 1.

Objeto.

Este real decreto tiene por objeto regular la concesión directa de una subvención a la
Comunidad Foral de Navarra para colaborar en la financiación de las obras necesarias para
que los túneles de Belate y Almandoz, pertenecientes a la red TEN-t y cuya titularidad
corresponde a la Comunidad Foral de Navarra, cumplan con la Directiva 2004/54/CE del
Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de abril de 2004, sobre requisitos mínimos de
seguridad para túneles de la red transeuropea de carreteras.
Artículo 2.

Régimen jurídico aplicable.

Esta subvención se regirá, además de por lo dispuesto en este real decreto y en la
correspondiente resolución de concesión, por lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, y en su Reglamento de desarrollo, aprobado
mediante el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, salvo en lo que afecte a los principios
de publicidad y concurrencia; por lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; por la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como por las
restantes normas de derecho administrativo que resulten de aplicación.

La subvención se concederá a la Comunidad Foral de Navarra para ejecutar las
obras necesarias para que los túneles de su titularidad y que pertenecen a la red TEN-t,
concretamente los túneles de Belate y Almandoz, cumplan con la Directiva 2004/54/CE
del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de abril de 2004.
Las actuaciones a subvencionar consistirán en:
a) Desdoblamiento del túnel de Belate. La nueva galería tendrá una longitud
aproximada de 2,9 km con cinco galerías de conexión con el túnel existente.
b) Desdoblamiento del túnel de Almadoz. La nueva galería tendrá una longitud
aproximada de 1,4 km con dos galerías de conexión con el túnel existente.

cve: BOE-A-2023-16811
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 3. Beneficiaria y actuaciones a subvencionar.