III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-16789)
Resolución de 6 de julio de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Green Capital Power, SL, autorización administrativa previa para el parque eólico Bustatur, de 41,6 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, ubicados en los términos municipales de Las Rozas de Valdearroyo (Cantabria) y de Alfoz de Santa Gadea y Valle de Valdebezana (Burgos).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 20 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 105075
Se ha recibido contestación de la Subdirección General de Patrimonio del Ministerio
de Defensa en la que informa que se va a proceder a solicitar informe de carácter técnico
al Estado Mayor del Ejército del Aire, en el desarrollo de sus competencias, y que en
tanto no se reciba la contestación requerida, no se dará traslado del informe de
autorización de este departamento ministerial, observándose que el silencio
administrativo tendrá carácter desfavorable. Se ha dado traslado a GCP, el cual expresa
su conformidad. Se recibe informe del Estado Mayor del Aire, mediante el cual solicitan a
GCP información adicional para analizar la afección a servidumbres aeronáuticas, sin la
cual no pueden pronunciarse. Se da traslado a GCP el cual presenta información
adicional. Se recibe informe favorable a la actuación por parte de la Subdirección
General de Patrimonio del Ministerio de Defensa.
Se han recibido contestaciones del Concejo Abierto de Bimón y del Concejo Abierto
de Llano en las que no se muestra oposición a la autorización de la instalación, pero
hace constar la oposición de varios vecinos. Se ha dado traslado a GCP de dichas
contestaciones, el cual alega a las mismas solicitando su desestimación.
Se ha recibido informe del Concejo Abierto de Villanueva de las Rozas, en el que no
muestra disconformidad manifiesta, indicando una serie de solicitudes ante los posibles
daños que pueda causar el parque eólico al entorno del pueblo. Se ha dado traslado a
GCP de dicha contestación, el cual alega a la misma solicitando su desestimación.
Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Alfoz de Santa Gadea, en el que no
muestra oposición, pero manifiesta una serie de consideraciones. Se da traslado a GCP,
el cual responde a las mismas.
Se ha recibido informe del Concejo Abierto de la Aguilera y del Concejo Abierto de
Renedo, no dando conformidad a la implantación del parque eólico. Se ha dado traslado
a GCP de dichas contestaciones, el cual alega a las mismas solicitando su
desestimación. Se recibe nuevo informe tanto del Concejo Abierto de la Aguilera como
del Concejo Abierto de Renedo, los cuales se reafirman en su no conformidad. Respecto
a las consideraciones en materia de medio ambiente, son objeto del trámite de
evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la
Declaración de Impacto Ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben
ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto.
Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Valle de Valdebezana, no dando
conformidad a la implantación del parque eólico. Se ha dado traslado a GCP de dichas
contestaciones, el cual alega a las mismas solicitando su desestimación. Se recibe
nuevo informe del Ayuntamiento de Valle de Valdebezana el cual se reafirma en su no
conformidad. Respecto a las consideraciones en materia de medio ambiente, son objeto
del trámite de evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha
resuelto la Declaración de Impacto Ambiental y las condiciones y medidas adicionales
que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto.
Preguntados el Ayuntamiento de las Rozas de Valdearroyo, el Concejo Abierto de
Bustamante, el Concejo Abierto de La Costana, el Concejo Abierto de Villasuso, el
Concejo Abierto de Quintamanil, la Junta Vecinal de Alfoz de Santa Gadea, la Sección
de Vías y Obras de la Diputación Provincial de Burgos, la Dirección General de Energía y
Minas de la Junta de Castilla y León, no se ha recibido contestación por su parte, por lo
que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el
artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
La Agencia Estatal de Seguridad Aérea emitió, con fecha 18 de marzo de 2021,
Acuerdo en materia de servidumbres aeronáuticas por el que autoriza la instalación del
referido parque eólico, en el que se establece un condicionado técnico.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con las publicaciones el 28 de abril de 2014 en el
«Boletín Oficial del Estado», el 3 de mayo de 2021 en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cantabria y el 13 de mayo de 2021 en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos. Se
cve: BOE-A-2023-16789
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 172
Jueves 20 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 105075
Se ha recibido contestación de la Subdirección General de Patrimonio del Ministerio
de Defensa en la que informa que se va a proceder a solicitar informe de carácter técnico
al Estado Mayor del Ejército del Aire, en el desarrollo de sus competencias, y que en
tanto no se reciba la contestación requerida, no se dará traslado del informe de
autorización de este departamento ministerial, observándose que el silencio
administrativo tendrá carácter desfavorable. Se ha dado traslado a GCP, el cual expresa
su conformidad. Se recibe informe del Estado Mayor del Aire, mediante el cual solicitan a
GCP información adicional para analizar la afección a servidumbres aeronáuticas, sin la
cual no pueden pronunciarse. Se da traslado a GCP el cual presenta información
adicional. Se recibe informe favorable a la actuación por parte de la Subdirección
General de Patrimonio del Ministerio de Defensa.
Se han recibido contestaciones del Concejo Abierto de Bimón y del Concejo Abierto
de Llano en las que no se muestra oposición a la autorización de la instalación, pero
hace constar la oposición de varios vecinos. Se ha dado traslado a GCP de dichas
contestaciones, el cual alega a las mismas solicitando su desestimación.
Se ha recibido informe del Concejo Abierto de Villanueva de las Rozas, en el que no
muestra disconformidad manifiesta, indicando una serie de solicitudes ante los posibles
daños que pueda causar el parque eólico al entorno del pueblo. Se ha dado traslado a
GCP de dicha contestación, el cual alega a la misma solicitando su desestimación.
Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Alfoz de Santa Gadea, en el que no
muestra oposición, pero manifiesta una serie de consideraciones. Se da traslado a GCP,
el cual responde a las mismas.
Se ha recibido informe del Concejo Abierto de la Aguilera y del Concejo Abierto de
Renedo, no dando conformidad a la implantación del parque eólico. Se ha dado traslado
a GCP de dichas contestaciones, el cual alega a las mismas solicitando su
desestimación. Se recibe nuevo informe tanto del Concejo Abierto de la Aguilera como
del Concejo Abierto de Renedo, los cuales se reafirman en su no conformidad. Respecto
a las consideraciones en materia de medio ambiente, son objeto del trámite de
evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la
Declaración de Impacto Ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben
ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto.
Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Valle de Valdebezana, no dando
conformidad a la implantación del parque eólico. Se ha dado traslado a GCP de dichas
contestaciones, el cual alega a las mismas solicitando su desestimación. Se recibe
nuevo informe del Ayuntamiento de Valle de Valdebezana el cual se reafirma en su no
conformidad. Respecto a las consideraciones en materia de medio ambiente, son objeto
del trámite de evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha
resuelto la Declaración de Impacto Ambiental y las condiciones y medidas adicionales
que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto.
Preguntados el Ayuntamiento de las Rozas de Valdearroyo, el Concejo Abierto de
Bustamante, el Concejo Abierto de La Costana, el Concejo Abierto de Villasuso, el
Concejo Abierto de Quintamanil, la Junta Vecinal de Alfoz de Santa Gadea, la Sección
de Vías y Obras de la Diputación Provincial de Burgos, la Dirección General de Energía y
Minas de la Junta de Castilla y León, no se ha recibido contestación por su parte, por lo
que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el
artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
La Agencia Estatal de Seguridad Aérea emitió, con fecha 18 de marzo de 2021,
Acuerdo en materia de servidumbres aeronáuticas por el que autoriza la instalación del
referido parque eólico, en el que se establece un condicionado técnico.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con las publicaciones el 28 de abril de 2014 en el
«Boletín Oficial del Estado», el 3 de mayo de 2021 en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cantabria y el 13 de mayo de 2021 en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos. Se
cve: BOE-A-2023-16789
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 172