I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2023-16724)
Real Decreto 661/2023, de 18 de julio, por el que se regula la concesión directa de ayudas en 2023 para el desarrollo de proyectos innovadores relacionados con modelos, sistemas y componentes de vehículos híbridos y vehículos eléctricos de baterías y de pila de combustible de hidrógeno para avanzar en el proceso de descarbonización y mantener la competitividad del ecosistema de automoción.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 20 de julio de 2023

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caso, y con 0 en caso contrario. En cualquier caso, se tendrán en cuenta los siguientes
aspectos para la acreditación documental:
d.1) Cociente entre la suma de los pre-acuerdos de venta o pre-contratos
comerciales referidos a los productos objeto del proyecto de los primeros dos años de
producción que se presente junto con la solicitud y el presupuesto de inversión total.
Para puntuar en este subcriterio se deberán aportar los pre-acuerdos de venta o precontratos comerciales referidos a los productos objeto del plan de inversión de los
primeros dos años de la producción.
d.2) Cociente entre el presupuesto presentado y los pre-acuerdos de compra de los
conceptos financiables que se presenten junto con la solicitud. Aportación de factura proforma o preacuerdos de compra debidamente firmados.
Para puntuar en este subcriterio se deberán aportar las facturas pro-forma o los preacuerdos de compra de los conceptos financiables que se presenten junto con la
solicitud.
d.3) Acreditación de la titularidad o contrato de alquiler relativo a la ubicación (suelo
industrial o nave, en caso que exista) en la que se va a ejecutar el proyecto; Para
puntuar en este subcriterio se deberá aportar bien nota simple, bien escritura de compraventa que acredite la titularidad del inmueble por parte del solicitante. En el caso de que
el inmueble se encuentre arrendado se deberá aportar el contrato de alquiler en el que
figure como arrendatario la empresa solicitante.
d.4) Acreditación de la solicitud de la licencia de obra o acreditación de la solicitud
de la licencia de actividad.
Para puntuar en este subcriterio se deberá aportar bien la licencia de obra bien la
solicitud de la licencia de actividad. En caso de que la ejecución del proyecto no requiera
la tramitación de licencia de obra se aportará certificado emitido por técnico competente
que certifique la no necesidad de licencia de obra. En este último caso también se
puntuará con 1 punto.
d.5) Acreditación de la licencia de actividad o acreditación de la solicitud de la
licencia de actividad.
Para puntuar en este criterio se deberá aportar la licencia de actividad o solicitud de
la licencia de actividad.
d.6) Acreditación del uso del suelo donde se va a realizar la inversión como
industrial.
Para puntuar en este subcriterio se deberá aportar certificado de compatibilidad
urbanística o certificado firmado por el Ayuntamiento que acredite el uso industrial del
suelo en el que se emplaza el plan de inversión.
d.7) Para aquellos casos en los que el proyecto haya de someterse a procedimiento
de evaluación de impacto ambiental, de acuerdo con Real Decreto Legislativo 1/2016,
de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y
control integrados de la contaminación, acreditación de la solicitud de la licencia
ambiental correspondiente. La puntuación obtenida será acumulativa por presentación
de:
i) solicitud de licencia ambiental: 1 punto.
ii) resolución de licencia ambiental (trámite finalizado favorablemente): 1 punto.
En caso de que la ejecución del plan de inversión no requiera la tramitación de
licencia ambiental se aportará certificado emitido por técnico competente que certifique la
no necesidad de licencia ambiental. En este último caso también se puntuará con 2
puntos.
6. Los requisitos anteriores deberán acreditarse mediante una memoria presentada
junto con la solicitud que siga la estructura y contenido establecido en el anexo III de
este real decreto.

cve: BOE-A-2023-16724
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Núm. 172