I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2023-16724)
Real Decreto 661/2023, de 18 de julio, por el que se regula la concesión directa de ayudas en 2023 para el desarrollo de proyectos innovadores relacionados con modelos, sistemas y componentes de vehículos híbridos y vehículos eléctricos de baterías y de pila de combustible de hidrógeno para avanzar en el proceso de descarbonización y mantener la competitividad del ecosistema de automoción.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 172
Jueves 20 de julio de 2023
Sec. I. Pág. 104587
una clara definición del proyecto y de los conceptos imputados en cada partida, deberá
establecerse su vinculación con la naturaleza y los objetivos del proyecto. Para cumplir
esta condición, en los proyectos establecidos en los párrafos a), b), c) y d) del
artículo 6.1, se deberán presentar ofertas en firme de los proveedores que vayan a
suministrar los activos incluidos en el proyecto, que contengan una descripción suficiente
de los mismos que permita garantizar el cumplimiento del artículo 7.2. Adicionalmente,
para proyectos encuadrable en el párrafo d) se deberán presentar ofertas
correspondientes al 50 % de los gastos imputados en la partida «Costes de investigación
contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de
fuentes externas en condiciones de plena competencia», en su caso.
5. Para acreditar la racionalidad de la propuesta presentada, se diferenciará entre
la tipología de proyectos:
a) Proyectos encuadrables en los párrafos a), b), c) y d) del artículo 6.1, se
acreditará mediante el cumplimiento de los siguientes requisitos:
i) Presentación del informe de calificación establecido en el artículo 21.2.i) de este
real decreto.
ii) Acreditación en el informe de la necesidad de las actividades de planificación de
las que está compuesto el proyecto, y que deberán ser concurrentes con las que se
detallen en la solicitud de ayuda.
iii) Acreditación de la adecuación del gasto aprobado por técnico experto que
realiza el informe de calificación. A los efectos, se aceptará cuando el gasto sea igual o
superior al 70 % del presupuesto solicitado.
Criterio
Puntuación máxima
Umbral de puntuación
Elegibilidad comercial y temporal (La puntuación se obtiene mediante la suma de d.1) a d.6).
10
3
d.1) Cociente entre la suma de los pre-acuerdos de venta o pre-contratos comerciales
referidos a los productos objeto del proyecto en los primeros dos años de producción que se
presente junto con la solicitud y el presupuesto de inversión total.
3
d.2) Cociente entre el presupuesto presentado y los pre-acuerdos de compra de los
conceptos financiables que se presenten junto con la solicitud.
2
d.3) Acreditación de la titularidad o contrato de alquiler relativo a la ubicación (suelo
industrial o nave, en caso que exista) en la que se va a ejecutar el proyecto.
1
d.4) Acreditación de la solicitud de la licencia de obra.
1
d.5) Acreditación de la licencia de actividad o acreditación de la solicitud de la licencia de
actividad.
1
d.6) Acreditación del uso del suelo donde se va a realizar la inversión como industrial.
1
d.7) Para aquellos casos en los que el proyecto haya de someterse a procedimiento de
evaluación de impacto ambiental, de acuerdo con Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de
diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control
integrados de la contaminación, acreditación de la tramitación de la licencia ambiental
correspondiente.
1
Para los criterios d.1) y d.2) se utilizarán las puntuaciones definidas en el anexo II. En
el criterio d.7), la especificación detallada en este artículo. Para el resto de criterios se
puntuarán con un punto si se presenta correctamente los documentos indicados en cada
cve: BOE-A-2023-16724
Verificable en https://www.boe.es
b) Proyectos encuadrables en el párrafo d) del artículo 6.1, se acreditará mediante
la superación del umbral establecido según los siguientes criterios:
Núm. 172
Jueves 20 de julio de 2023
Sec. I. Pág. 104587
una clara definición del proyecto y de los conceptos imputados en cada partida, deberá
establecerse su vinculación con la naturaleza y los objetivos del proyecto. Para cumplir
esta condición, en los proyectos establecidos en los párrafos a), b), c) y d) del
artículo 6.1, se deberán presentar ofertas en firme de los proveedores que vayan a
suministrar los activos incluidos en el proyecto, que contengan una descripción suficiente
de los mismos que permita garantizar el cumplimiento del artículo 7.2. Adicionalmente,
para proyectos encuadrable en el párrafo d) se deberán presentar ofertas
correspondientes al 50 % de los gastos imputados en la partida «Costes de investigación
contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de
fuentes externas en condiciones de plena competencia», en su caso.
5. Para acreditar la racionalidad de la propuesta presentada, se diferenciará entre
la tipología de proyectos:
a) Proyectos encuadrables en los párrafos a), b), c) y d) del artículo 6.1, se
acreditará mediante el cumplimiento de los siguientes requisitos:
i) Presentación del informe de calificación establecido en el artículo 21.2.i) de este
real decreto.
ii) Acreditación en el informe de la necesidad de las actividades de planificación de
las que está compuesto el proyecto, y que deberán ser concurrentes con las que se
detallen en la solicitud de ayuda.
iii) Acreditación de la adecuación del gasto aprobado por técnico experto que
realiza el informe de calificación. A los efectos, se aceptará cuando el gasto sea igual o
superior al 70 % del presupuesto solicitado.
Criterio
Puntuación máxima
Umbral de puntuación
Elegibilidad comercial y temporal (La puntuación se obtiene mediante la suma de d.1) a d.6).
10
3
d.1) Cociente entre la suma de los pre-acuerdos de venta o pre-contratos comerciales
referidos a los productos objeto del proyecto en los primeros dos años de producción que se
presente junto con la solicitud y el presupuesto de inversión total.
3
d.2) Cociente entre el presupuesto presentado y los pre-acuerdos de compra de los
conceptos financiables que se presenten junto con la solicitud.
2
d.3) Acreditación de la titularidad o contrato de alquiler relativo a la ubicación (suelo
industrial o nave, en caso que exista) en la que se va a ejecutar el proyecto.
1
d.4) Acreditación de la solicitud de la licencia de obra.
1
d.5) Acreditación de la licencia de actividad o acreditación de la solicitud de la licencia de
actividad.
1
d.6) Acreditación del uso del suelo donde se va a realizar la inversión como industrial.
1
d.7) Para aquellos casos en los que el proyecto haya de someterse a procedimiento de
evaluación de impacto ambiental, de acuerdo con Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de
diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control
integrados de la contaminación, acreditación de la tramitación de la licencia ambiental
correspondiente.
1
Para los criterios d.1) y d.2) se utilizarán las puntuaciones definidas en el anexo II. En
el criterio d.7), la especificación detallada en este artículo. Para el resto de criterios se
puntuarán con un punto si se presenta correctamente los documentos indicados en cada
cve: BOE-A-2023-16724
Verificable en https://www.boe.es
b) Proyectos encuadrables en el párrafo d) del artículo 6.1, se acreditará mediante
la superación del umbral establecido según los siguientes criterios: